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Planes de ahorro: “Quiero mi auto 0Km, lo pago y no me entregan. ¿Qué puedo hacer?”

20 abril, 2024

Esc. Cecilia Silva
Notaria. Abogada. Mediadora
Matrícula Nº 506
Pasante en el Registro Notarial Nº 42

 

Son muy comunes los inconvenientes con los que nos encontramos al adquirir vehículos mediante la suscripción de planes de ahorro, que es la forma más común de llegar a la adquisición de un cero kilómetro.

Para abordar esta temática, aclararemos qué es un contrato para luego referirnos al plan de ahorro previo y algunas de las situaciones que se pueden plantear con la entrega de la unidad y los gastos relacionados con la entrega.

 

¿Qué es un contrato?

Es importante saber qué es lo que estamos firmamos al momento de acordar la compra u otro tipo de relación jurídica que afecte nuestro patrimonio.

Nuestro Código Civil y Comercial, lo define de la siguiente manera: “Contrato es el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales” (art.957).

Los contratos están regidos por Principios generales, entre los cuales podemos mencionar la libertad de contratación (art.958), el efecto vinculante que sus cláusulas tienen para las partes (art. 959), la buena fe con la que deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse (art.961) y la autonomía de la voluntad establecida en el art.962 del CCCN, con la salvedad que, en estos casos se trata de contratos de adhesión, regulados tanto por el Código Civil y Comercial de la Nación (art.984 a 989) como por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en los cuales existe menor aplicación de la autonomía de la voluntad y de la libertad de contratación.

 

¿Qué es un plan de ahorro?

Es un sistema que funciona mediante la formación de grupos de consumidores, en los cuales, con el aporte que cada uno de ellos realiza, permiten la adquisición de la unidad en cada período, lo cual habilita que cada consumidor reciba la unidad, aun cuando no haya terminado de pagar un bien entero por mes. Con el monto que se paga mensualmente, la entidad administradora de los planes puede pagar una unidad entera en el mes que es entregada a un consumidor (elegido por sorteo o licitación).

Debido que, además del costo de la unidad, se agregan los gastos de administración de los planes, seguros, incumplimientos de algunos suscriptores, en realidad, el valor de la unidad es mayor al estimado originalmente.

Actualmente, este sistema es utilizado por los fabricantes para asegurarse cuotas de fabricación, pero éstos -los fabricantes- han perdido su relación con los consumidores e intentan desentenderse de los administradores del sistema y de las concesionarias que los comercializan, lo cual ha traído distorsiones que son controladas por la Inspección General de Justicia (IGJ) que es la autoridad de contralor de estos sistemas.

 

¿Cuáles son las prácticas abusivas que están prohibidas?

El art.37 de la Ley de Defensa del Consumidor (LDC Nº 24.240) establece las cláusulas que se tendrán por no convenidas, además de las normas específicas de la IGJ. Entre los problemas más recurrentes están:

  • Negar la responsabilidad de la administradora por las acciones de la concesionaria. Conforme al art. 40 de la LDC, toda la cadena de comercialización es responsable ante el consumidor por los incumplimientos, tanto el fabricante, como el distribuidor, el importador (en caso de unidades importadas), el vendedor y aun el transportista, por lo cual, ninguno puede exceptuarse de responsabilidad, que es solidaria.
  • Negar el cambio de modelo o extender el plazo de entrega, excepto las regulaciones específicas relativas al cambio de modelo.
  • Omitir toda regulación sobre cambios respecto del bien a entregarse o mecanismos de consulta previa a los suscriptores sobre estos cambios cuando ellos tengan como consecuencia el incremento del valor de la cuota o disminución de las prestaciones a favor del suscriptor.
  • Permitir la modificación retroactiva de las cuotas.

 

¿Se puede cambiar el modelo del auto?

El consumidor puede cambiar el modelo al momento de la adjudicación por una unidad de mayor o de menor valor. Este cambio NO HABILITA UNA DEMORA EN LA ENTREGA DEL VEHÍCULO.

Por su parte, el proveedor puede modificar la unidad si ésta cesara de fabricarse o de importarse, pero debe NOTIFICAR al consumidor en el talón de pago de la cuota posterior a la modificación, y solamente es válida cuando el precio del nuevo bien no supere el 20% del anterior.

En caso que la diferencia fuera mayor, se debe notificar fehacientemente al consumidor y ofrecerle propuestas de pago por la diferencia

 

¿Cuáles son los gastos que se deben abonar con la entrega?

Los gastos deben estar aclarados en el contrato y se refieren a:

  1. Flete por transporte hasta el lugar de entrega.
  2. Seguro sobre el transporte.
  3. Constitución e inscripción de prenda sobre la unidad, patentamiento, inscripción de dominio, constitución de garantías, gastos de gestoría, impuestos, tasas y aranceles, informes de la situación patrimonial del deudor.
  4. Depósito o guarda del bien en caso de demora para retirar (más de 15 días).

 

¿Qué debo hacer en los casos de incumplimiento?

En primer lugar, los contratos plasman lo que estamos adquiriendo y lo que estamos renunciando, es decir, derechos y responsabilidades entre las partes, respecto a las cuales, muchas veces desconoce el suscriptor del plan.

Así, volviendo al inicio de la nota, ¿qué firmamos al momento de celebrar el contrato? Debemos ir al contrato suscripto para informarnos cuáles son los pasos a seguir de acuerdo a nuestro plan, ya que siempre las “letras pequeñas”, nos dejan grandes consecuencias. Partiendo de allí sabré si el reclamo es legítimo y, en ese caso, a dónde recurrir para realizarlo: primeramente ante la agencia oficial, con los comprobantes y documentos correspondientes, y, en caso de no obtener respuesta, podré enviar una carta documento y seguir la vía legal que corresponda. Hay que tener en cuenta el tipo de plan que suscribí ya que puede ser un plan ahorro por el cual se financia el 100% de la unidad o un porcentaje menor (70%, 80%).

También tenemos otras vías para efectuar los reclamos, como el Derecho del Defensa del Consumidor, donde podremos presentarnos con la documentación que avale la legitimidad del reclamo, directamente, sin la necesidad de un representante legal.

Recordemos que, al tratarse de un contrato celebrado por adhesión a cláusulas generales predispuestas, el suscriptor tiene amparo legal por ser la parte más débil y estar incluido, como consumidor, en los derechos que le corresponden establecidos en la Ley de Defensa al Consumidor.

 

FUENTES:
• Rivera J.C.; Medina G. (Dir.) (2015) “Código Civil y Comercial de la Nación Comentado” (Tomo III) (1ª ed., 2da. reimpresión) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Ley
• Justicia Colectiva: “Los mil y un problemas de los planes de ahorro para compra de autos”. Recuperado en https://justiciacolectiva.org.ar/problemas-comunes-en-la-comercializacion-de-planes-de-ahorro-previo-resolucion-general-82015-anexo-a/
• Ley Nº 24.240. Defensa del Consumidor. Recuperado en https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/638/texact.htm

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Tags: 0KMAutomóvilesCecilia SilvaJurídicos de PrimeraMisionesPlanes de ahorro
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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