Es probable que, si buscas una propiedad para alquilar, te exijan un garante que tenga una propiedad a su nombre u otro bien registrable, con su correspondiente título de propiedad, para garantizar la posibilidad del incumplimiento de las obligaciones que surgen del contrato con relación al inquilino (locatario). La dificultad en cumplir con estas exigencias ha hecho surgir los seguros de caución.
¿Qué son los seguros de caución?
Son fianzas que se instrumentan a través de un contrato de seguro. En el caso de la locación, son las garantías que otorgan las compañías de seguro o los bancos a fin de cubrir el eventual incumplimiento del inquilino.
¿Cuáles son sus características?
En la práctica, las compañías de seguros cobran entre uno y dos meses de alquiler (prima de seguro) y firman el contrato como “garantes”. Si se produce un incumplimiento por parte del inquilino, el locador notifica al seguro y éste responde en pocos días. Luego, la compañía reclama al inquilino el pago de la deuda con más todos los accesorios (gastos administrativos, honorarios de abogados, etc).
Por tanto el seguro brinda, por una parte, garantía al propietario ante el incumplimiento del inquilino y, a la vez, permite suplir la garantía del título de propiedad inmueble que suele solicitarse para firmar el contrato de locación.
¿Cuál es el costo del seguro?
Normalmente las aseguradoras cobran al inquilino entre uno y dos meses de alquiler, que se abona en un único pago antes de la firma del contrato. Algunos bancos y compañías ofrecen la posibilidad de financiar en cuotas el costo del seguro
¿Cuál es la cobertura de estos seguros?
En esencia, se refieren al incumplimiento del inquilino en cuanto al pago de los alquileres, pero se puede ampliar la cobertura incluyendo también la sustitución del depósito de garantía, el pago expensas, servicios e impuestos. Algunas compañías incluyen la ocupación indebida, es decir, los pagos que correspondan con posterioridad al vencimiento del período de vigencia establecido en el contrato de alquiler y hasta la efectiva desocupación del mismo.
Es importante resaltar que hay compañías que se ocupan de la cobertura de los alquileres comerciales, como los locales, naves o depósitos industriales y también los alquileres para oficinas.
¿Cuáles son los requisitos?
Principalmente, el inquilino debe demostrar sus ingresos y la estabilidad laboral. Cada compañía o banco que ofrece este servicio tiene sus requisitos particulares, dependiendo de la situación laboral del inquilino, exigiendo al menos un ingreso neto mayor a 2 o 3 alquileres con una antigüedad mínima laboral de seis meses, en el caso de empleados en relación de dependencia y doce meses en caso de monotributistas o trabajadores autónomos. También aceptan a los jubilados sin antigüedad con el último recibo de sueldo.
Ventajas y desventajas
Para los inquilinos, el beneficio radica en que evitan la presentación de fiador o garante propietario, para quienes no cuentan con esa posibilidad.
Dentro de las desventajas, se encuentra el costo del seguro, aunque, ante el auge de esta figura, algunos bancos están ofreciendo la posibilidad de abonar el costo en tres cuotas sin intereses.
Para el propietario, la ventaja de este seguro es evidente, ya que en caso de incumplimiento del inquilino, tiene asegurada la respuesta económica rápida de la compañía, de modo tal que debilita en forma notable, el riesgo de los alquileres impagos, sumado a la posibilidad de incluir también el pago de los servicios e impuestos dentro de la cobertura.
Fuentes:
• https://www.inquilinosagrupados.com.ar/10-preguntas-y-respuestas-sobre-los-seguros-de-caucion/
• https://www.albacaucion.com.ar/productos
• https://www.bbvaseguros.com.ar/seguros-personas/seguros-de-caucion-para-alquileres/
• https://www.macro.com.ar/personas/seguros/caucion