Un referente en asistencia social, de trayectoria como encargado de un comedor comunitario y una granja en la zona oeste de Posadas, firmó durante los últimos días un acuerdo de suspensión por juicio abreviado y deberá cumplir once años de prisión por haber abusado sexualmente de su hijastra en reiteradas ocasiones cuando esta era menor de edad.
De fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, se pudo saber que la propuesta del fiscal del Tribunal Penal 1, Martín Alejandro Rau, fue aceptada hace poco más de una semana por el encartado por “abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo” y por la propia víctima, representada por la abogada Olga Aguirre en condición de querellante en la causa.
De esta manera, el debate oral que debía realizarse el 6, 7 y 8 de junio ante el Tribunal Penal de calle La Rioja, entre 3 de Febrero y Rivadavia, no se concretó y ahora se espera la homologación del acuerdo, con las respectivas audiencias de visu de los camaristas con el acusado. Las mismas fuentes remarcaron que sería ratificada la decisión.
La aceptación de la querella apuntó en coincidencia con el monto y calificación de pena computado por el fiscal Rau, pero también a la necesidad que expresó la víctima de no estar en condiciones emocionales para enfrentar volver a declarar y ratificar el calvario al que fue sometida desde niña y adolescente. Esta opción por evitar la revictimización fue pieza fundamental, de lo contrario el juicio debía realizarse como estaba previsto.
En el expediente el relato de la víctima es abrumador en cuanto al contexto de vulnerabilidad en el que fue sometida a la violencia sexual de una persona que luego se convirtió en un referente vecinal en cuanto a la distribución y elaboración de alimentos a los sectores más carenciados, en sectores próximos a Villa Cabello.
En 2017, la hijastra del hoy detenido de 59 años, al enterarse de la presentación de la candidatura de su abusador para las elecciones de concejales posadeños, rompió el silencio de manera pública en varios medios de comunicación.
“Me indignó saber que podía estar impune y tener acceso a una mínima posibilidad de poder político”, aseveró entonces la mujer hoy de 35 años, la misma que cuando tenía 16 años fue ultrajada: “Hasta que no estuve segura que no corría peligro, me callé y no hice la denuncia. A medida que fue avanzando la causa se agregaron más testimonios. El historial de abuso es aterrador”.
“Mi indignación fue mucho más grande cuando me enteré que le pedía favores sexuales a las mujeres que se acercaban a pedirle un plato de comida, no podía dejar que siga impune”.
Pata clave para el desenlace
En este caso la voz de la denunciante, patrocinada por la abogada Olga Aguirre, constituida como querellante, fue pieza fundamental. Sin la aceptación de la víctima, el acuerdo ofrecido por el fiscal del Tribunal Penal 1, Martín Rau, no habría avanzado y el juicio oral tendría que haberse realizado la semana pasada.
Encuadre legalDe acuerdo al artículo 119 del Código Penal Argentino, “será reprimido con reclusión o prisión el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción (…) La pena será de seis a quince años cuando hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías (…) La pena será de ocho a veinte años cuando el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda y cuando el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”. |