El Gobierno nacional emitió este jueves el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para disponer medidas preventivas generales y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario contra el COVID-19 desde este 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre próximo.
En dicho decreto, se estableció que el Ministerio de Salud definirá los corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres, determinando los puntos de entrada al país, trayectos o lugares que reúnen las mejores capacidades para responder a las necesidades sanitarias y epidemiológicas, los cuales serán notificados a las autoridades competentes para su implementación.
Cabe recordar que fuentes gubernamentales habían manifestado que Misiones esperaría “la publicación en el Boletín Oficial de las Decisiones Administrativas de Manzur sobre apertura fronteriza, los lugares que se han elegido para comenzar con esta revinculación con los países vecinos y, si no están Posadas – Encarnación y Bernardo de Irigoyen – Dionisio Cerqueira, se hará la solicitud formal para avanzar con ambos pasos“.
Por otra parte, mientras esté vigente la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, la Dirección Nacional de Migraciones podrá autorizar el tránsito vecinal fronterizo cuando se verifiquen las condiciones epidemiológicas y los requisitos que la autoridad sanitaria nacional considere necesarios.
Además, a partir del 1° de noviembre de 2021, se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, “siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro. El mismo se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del Decreto N° 260/20”.
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