Quedó ratificada la declaración de insalubridad de la actividad de la celulosa en Misiones. Por lo cual la jornada laboral debe pasar de ocho horas a seis; como así también los trabajadores pueden anticipar su jubilación con 55 años de edad y 25 de aportes.
Fue a través del decreto N° 441 que salió publicado en el Boletín Oficial de Misiones donde se dio a conocer que se rechazó la apelación que había realizado “la firma Alto Paraná S.A, hoy en día Arauco, contra la resolución N° 109/13 del Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Misiones”.
El gobernador de la provincia, Oscar Herrera Ahuad dijo a PRIMERA EDICIÓN que “esto se dio está semana y pusimos en consideración de los ministros el trabajo en conjunto con las entidades que le corresponde este tipo de disposición que ha salido a nivel de la Justicia; por lo cual se trabajará en conjunto con ellos”.
Agregó que “se trabajará con el Ministerio de Trabajo, de Ecología, de Coordinación de Gabinete y el área de Industrias”.
Solicitud y rechazo
En 2008 se sancionó la Ley IX N° 7, a través de la cual se declaró “la insalubridad de la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en todo el territorio de la provincia”.
A la vez, por resolución del Ministerio de Trabajo y Empleo en abril de 2013 se declaró la “insalubridad laboral” en 12 áreas de la planta industrial de la empresa Alto Paraná, las que fueron determinadas por estudio técnico realizado por la Universidad Nacional de Misiones (UNaM) que estableció que “trabajar en la planta de dióxido de cloro, la caldera de recuperación, caldera de potencia, la planta química, la de lavado y depurado, deslignificación, la de preparación de madera, el taller central, la calderería, la línea uno, la planta de tratamiento de efluentes y la línea dos, resulta peligroso para la salud”.
Dicho estudio técnico de la UNaM se solicitó por denuncias efectuadas desde el sindicato sobre efectos en la salud de los trabajadores por la presencia de elevados índices de dióxido cloro y de altos niveles de ruidos.
Ante esto, la empresa Alto Paraná S.A, recusó la resolución de la cartera de Trabajo, tanto por la vía administrativa como por la judicial, y accionaron ante la Justicia Federal contra el Estado provincial por considerar la Ley IX N°7 que declara Insalubre la industria papelera como inconstitucional.
Más allá de las acciones que desde la empresa se habían encarado, la Procuración Fiscal consideró que se debe rechazar “el planteo interpuesto por la firma Alto Paraná S.A contra la Ley IX – N° 7 (resolución 044/13 y resolución 109/13 de la autoridad de aplicación respectiva-Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Misiones)”.
Considerandos del documento
En el documento publicado en el Boletín Oficial de Misiones, entre los considerandos se detalló que “como puede observarse, en materia de insalubridad laboral, la provincia de Misiones, conserva sus facultades plenas y en ejercicio de las mimas”.
Además, “en cuanto a las manifestaciones vertidas por el quejoso, sobre la supuesta regulación en materia de jornada laboral que habría efectuado Misiones mediante la ley de insalubridad laboral en la industria productora de pasta celulosa, papel u cartón, mediante la cual se habría violentado el ámbito de competencia, la misma no cuenta con sustento alguno”.
Se agregó que “en efecto es la propia ley de Contrato de Trabajo en su artículo 200 la que establece un máximo de seis horas diarias y 36 horas semanales, en tareas o condiciones declaradas insalubres, siendo ésta una consecuencia de la condición de insalubridad”.