A través de la Ordenanza N°35/2020, el Concejo Deliberante de esta ciudad aprobó la exceptuación del pago de la Tasa de Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor a todas las actividades que no están contempladas en las excepciones a la “cuarentena” nacional.
Este es un pedido que realizó la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de la Capital Nacional de la Madera, teniendo en cuenta la difícil situación que atraviesan muchos empresarios de la zona con motivo del aislamiento social preventivo que cumple un mes y medio en el país.
En el artículo 1 de la nueva norma expresa que se exceptúa “a todos los contribuyentes cuyas actividades no están contempladas en las excepciones establecidas en el DNU N° 297/2020 del Gobierno nacional y de las Decisiones Administrativas que se dicten en consecuencias, para el anticipo del mes de abril de 2020 y períodos subsiguientes hasta tanto dure la cuarentena, o hasta que las actividades estén autorizadas a realizar su normal y habitual giro comercial, lo que ocurra primero”.
Este beneficio no exceptúa la presentación de las Declaraciones Juradas de los contribuyentes, que se “deberá presentar habitualmente de acuerdo a las normas establecidas por el municipio”, dice en el artículo 2 de la misma ordenanza, que también establece que “los contribuyentes cuyas Declaraciones Juradas posean una base imponible mayor a 0 (cero) tendrán durante los períodos establecidos en el mismo artículo, una reducción del 50% del valor determinado de la Tasa de Derecho, Inspección y Servicio Contralor”.
“Todos los demás contribuyentes no incluidos en el artículo 1 tendrán una bonificación especial del 30% por el pago a término de la Tasa de Derecho de Inspección, Registro y Servicio al Contralor por los periodos indicados”, agrega el articulado aprobado.