En los últimos dos años, casi 10 mil parejas pronunciaron el “Sí quiero”. Con esa cifra, Misiones se ubicó entre las tres provincias del país con mayor porcentaje de casamientos en función de su población.
Según la última información oficial, correspondiente a 2018, en la Argentina se registra una tasa de 2,8 matrimonios por cada mil habitantes, pero Misiones tiene una tasa de 3,9.
Los datos de tasas de nupcialidad fueron publicados en diciembre último en el informe “Estadísticas Vitales 2018” de la Dirección de Estadísticas e Información del Ministerio de Salud de la Nación.
De acuerdo al informe, durante ese año se concretaron en Misiones 4.858 matrimonios por civil. Pero en diálogo con PRIMERA EDICIÓN, la directora del Registro Provincial de las Personas, Virginia Soto, actualizó esos datos al señalar que en 2018 se generaron 5.024 actas de matrimonio, mientras que en 2019 fueron 4.855. Notablemente, en 2017 se registró un número muy inferior: 2.051.
En el “podio” de la tasa de nupcialidad, los 3,9 matrimonios por cada mil habitantes en Misiones sólo son superados por San Luis (7,7) y Tierra del Fuego (4,3), mientras que en la región NEA, la tierra colorada supera a Chaco (3,7), Formosa (2,7) y Corrientes (2,2).
Menos uniones convivenciales
En paralelo a la alta tasa de nupcialidad en la provincia, en Misiones son muy pocas las parejas que optan por la otra figura familiar permitida: la unión convivencial, que rige en todo el país y tiene diferentes aspectos legales que el casamiento.
Según datos aportados por la directora del Registro Provincial de las Personas, en 2018 fueron 1.018 las parejas que eligieron esa fórmula y el número descendió a la mitad el año pasado, con 563.
Pero ¿cuáles son las diferencias entre estas dos figuras? “Los efectos jurídicos de cada instituto son totalmente distintos; desde la obligatoriedad para la herencia, los efectos patrimoniales, hasta la forma de disolución de las parejas”, indicó Soto.
Al hablar de las principales diferencias, se puede destacar que sólo el matrimonio genera vocación hereditaria. En cuanto a la unión convivencial, sólo a través del testamento puede heredar la pareja.
La funcionaria agregó que “tampoco se mezclan los bienes: son cuestiones separadas y aclaradas. Con el hecho de registrar la unión convivencial, si no se hace un pacto de convivencia, no hay comunidad de bienes como en el matrimonio”.
Por otra parte, Soto aportó el siguiente ejemplo: “Si uno de los dos es propietario de una vivienda, pueden realizar un pacto de convivencia con puntos. En ese pacto pueden establecer que en caso de separarse, se indicará quién vivirá en la casa; cómo se separan los bienes; cómo será la responsabilidad respecto a los hijos, los alimentos y cuidados personales. Ellos pactan estos ítems”.
Lo mío es mío
Otro fenómeno que se viene registrando es la separación de bienes en el contrato matrimonial. “Se ve mucho que algunas parejas dividen sus bienes y establecen cómo va a ingresar el patrimonio al matrimonio, cómo va a quedar conformado: si va a pasar a la comunidad o va a quedar separado”, finalizó la directora del Registro Provincial de las Personas.
Matrimonio vs. unión convivencial
Las figuras presentan ciertas similitudes y también los mismos impedimentos. Es decir, “si estás casado no podés registrar una unión convivencial. Y si estás viudo tenés que registrar que lo estás con el acta de defunción de la pareja. Si estás divorciado tenés que acreditar la inscripción de tu divorcio en tu acta de matrimonio”, detalló la directora del Registro Provincial de las Personas, Virginia Soto.
Respecto a los requisitos, la funcionaria puntualizó que “son iguales: se necesita documento de identidad, partida de nacimiento y para ambos casos es necesario contar con un mínimo de dos testigos que firmarán junto a la pareja al momento de la unión o casamiento”.
Uno de los limitantes, en el caso de las uniones, es que se exige un tiempo mínimo de dos años de convivencia para acceder. Esto no pasa con el matrimonio, donde el tiempo de relación no es tenido en cuenta al momento de firmar.