
El caso en principio tuvo tres detenidos, pero sólo uno llegó al banquillo de los acusados. Julián Veloso (29), terminó condenado por el crimen de Juan Rodríguez Almeida (84). El Tribunal Penal 1 de Eldorado lo halló culpable, pero la decisión no fue unánime. Cuestionado por el defensor, este adelantó que apelará la sentencia.
El debate tuvo tres jornadas previas y el pasado 31 de julio se pasó a un cuarto intermedio. Retomada la audiencia, ayer le dieron la posibilidad al acusado de decir su última palabra sobre el caso antes que los jueces se retiraran a deliberar. Finalmente se abstuvo.
En la lectura de la sentencia, en un dictamen con voto en disidencia de Atilio León, las magistradas Lyda Gallardo (presidenta) y María Teresa Ramos, resolvieron condenar a Julián Veloso como autor penalmente responsable del delito de “homicidio criminis causa, robo calificado por el uso de arma blanca e incendio en concurso real”, a la pena de prisión perpetua, o sea, 35 años de cárcel.
El fallo coincidió con lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal, representado por la doctora Bibiana Alderice y también por la querella que patrocinaba a la familia del acusado. En cambio, Rodrigo Torres Muruat, defensor de Veloso, había pedido la absolución de su defendido, o que se le aplicara la figura “in dubio pro reo”, de manera que fuera exonerado por el beneficio de la duda.
Para el letrado no había quedado acreditado que su defendido haya sido el que robó la motosierra y un arma de la casa de la víctima, ni que tampoco haya sido el que lo mató de una puñalada para después incendiar la casa para ocultar el hecho.
En diálogo con PRIMERA EDICIÓN sostuvo que la víctima había perecido carbonizada y que nunca se halló la supuesta arma homicida.
“Todo los dichos acerca de un arma blanca son testimonios indirectos de oídas y lo mismo ocurre con la supuesta confesión del crimen en su entorno familiar”.
Además, Muruat remarcó que “durante el reconocimiento de pruebas, no se cumplió con ningún requisito legal”.
Por otra parte, señalo que cuando la fiscal solicitó que trajeran la motosierra, al no poder ser reconocida por los testigos en el juicio (porque desapareció del depósito judicial), “cambió su postura”, dijo el abogado.
Sobre esto cabe aclarar que la fiscal había considerado que las pruebas recolectadas y el reconocimiento de esa herramienta cuando se instruía la causa, eran suficientes para probar la autoría del hecho a Veloso.
“Ni siquiera está acreditado que la motosierra haya sido sustraída el día del hecho, porque hubo testigos que sostuvieron que ya se la habían robado antes. Es un fallo muy endeble y esto se va reflejar en un recurso de Casación”, cerró Torres Muruat.
Pruebas en contra del acusado
Durante las audiencias, una serie de testimonios habían trazado un perfil de la personalidad de Rodríguez Almeida, acerca de que era pacífico y que no hubiera sido necesario matarlo para robarle algo.
Los datos que se sumaron en contra de Veloso fueron, en principio, que estuvo prófugo durante cuatro meses y finalmente fue ubicado por la Policía en Chajarí, provincia de Entre Ríos.
También, esa tarde lo habían visto en compañía de Rodriguez Almeida, sumado a que las pericias de Bomberos sobre la vivienda dieron cuenta que el fuego se había iniciado de forma intencional.
Estas pruebas y otras más fueron las que tomaron las juezas para definir que Veloso era culpable.
El voto en disidencia de uno de los magistrados, junto a los argumentos expuestos en párrafos anteriores, serán algunos de los ejes sobre los que se basará el defensor para apelar el fallo.