
Oscar Dlutowski, padre de Viviana, habló con la prensa luego de haber escuchado el fallo condenatorio contra el chofer que provocó el deceso de su hija, una joven de 21 años que cursaba el tercer año del Profesorado y Traductorado de Portugués.
“Me siento un poco mejor, quería que se haga Justicia, porque casi siempre la mayoría de los casos quedan impunes y sigue pasando lo que no tenía que pasar”, reflexionó.
“Siempre recomiendo a la gente y a los pasajeros de esos colectivos que no se suban porque no tienen nada de seguridad”.
Sobre el interno 09 modelo 1994 de Águila Viajes que provocó la tragedia, Dlutowski advirtió: “El otro día salí del Juzgado y me cruce en la ruta con ese mismo colectivo”.
Dios quiera que este fallo cambie la forma en que operan las empresas, porque quedó en evidencia que a ellos les interesaba más la continuidad de la firma que la seguridad de los pasajeros. Es una vergüenza lo que dijo el representante de la Cámara de Transportistas”.
Dlutowski fue el único de los familiares de las víctimas que se animó a presentar una demanda en el juicio. Al respecto dijo: “Teníamos que haber tomado un poco más de conciencia, ser más unidos, así hubiera sido más fácil”.
Finalmente señaló: “Ojalá que cumpla los cinco años de prisión. Yo creo que a partir de ahora mi hija va descansar en paz. Estos seis años luché porque se hiciera Justicia. Ahora sólo deseo que nadie más pase por esto. Que la gente tome conciencia y que miren bien la seguridad de los transportes a los que se suben”.
El juez pidió que se investigue el accionar de la empresa
En su fallo, el magistrado Jiménez pidió a la fiscalía de Instrucción en turno que se investigue “la actuación de la empresa y organismos de control de los servicios de transporte de la provincia de Misiones, a efectos de que se expida respecto si hubo delito penal alguno que no se encuentre prescripto a la fecha”.
Esto quiere decir que la investigación podría continuar a los fines de determinar las responsabilidades penales tanto de Águila Viajes como de la Secretaría de Transporte, tal como exigió el defensor Paredes.
Tras dictar condena a cinco años de prisión, que se harán efectivos una vez que el fallo quede firme, Jiménez también ordenó una inhabilitación de diez años para conducir cualquier tipo de vehículo.
En otro de los puntos, el fallo estipula una indemnización a la familia Dutlowski -único actor civil- de 2.955.000 pesos, que deberán ser afrontados en los próximos diez días tanto por Zarski como por Águila Viajes y la empresa aseguradora del colectivo.
Por último, Jiménez instó al Ejecutivo provincial para que “se sirva extremar los recaudos a fin de garantizar el debido contralor respecto de la seguridad de los terceros transportados por las concesionarias del servicio público”.
Tras cuatro días de debate
Las coartadas como “desde la empresa nos apuraron para que llegáramos a destino”, “nunca nadie me dijo que fuera más despacio” y “manejaba el colectivo en esas condiciones porque necesitaba trabajar”, no fueron suficientes para contrarrestar los dichos de los testigos, ni de el mismo guarda que iba con él en el interno 09 de Águila Viajes, aquella mañana del 7 de noviembre de 2012.
El juez en lo Correccional César Jiménez, resolvió condenar al chofer de la tragedia de la “curva del tacuaral”, a la pena de cinco años de prisión efectiva por el delito de “homicidio culposo, cuatro hechos”. Sin embargo, Víctor Zarski (41) se fue caminado de la sala. Quedará preso sólo una vez que el fallo quede firme en instancias superiores. En tanto, también se ordenó el resarcimiento al familiar de una de las víctimas.
La última jornada de debate comenzó a las 9.30 con los alegatos de las partes. La primera en presentar sus argumentos fue la representante del Ministerio Público Fiscal, la letrada María Laura Álvarez, quien subrayó que Zarski era un chofer profesional, no era la primera vez que hacía el recorrido entre Apóstoles y Concepción de la Sierra, conocía la ruta y sin embargo tomó la curva a 140 kilómetros por hora, provocándole la muerte a Mario Barrozo (78), Armando Gómez (65), Marcía Ríos (22) y Viviana Dlutowski (21).
Hizo “responsable por omisión” a la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CRNT), por permitir que salga a la ruta un colectivo que no tenía velocímetro, tacómetro de registro, salidas selladas con soldaduras y pegamento, cubiertas gastadas, sin martillo para romper vidrios en caso de emergencia y hasta la máquina expendedora de boletos clausurada.
Destacó que tanto las víctimas como los ocho heridos del siniestro vial, eran personas comunes, empleadas domésticas, estudiantes, jubilados, de fuerzas de seguridad, algunos de ellos iban a hacer trámites. “Lo que debía ser un viaje de corta distancia terminó convertido en un viaje de la muerte”, dijo la fiscal por las responsabilidades antes mencionadas.
“Tampoco podemos obviar al empresario, que hacía trabajar a su empleado en turnos de 17 horas”, destacó. Remarcó que en 2012, el colectivo siniestrado superó una revisión técnica con todas las irregularidades que tenía.
Sobre la mecánica del hecho, apuntó a que la calzada estaba seca, limpia, había carteles de señalización con la velocidad máxima y sin embargo entró a la curva “como mínimo a 125 kilómetros por hora”. “Debió prever y no ir a excesiva velocidad. Si iba a 40, la tragedia no hubiera ocurrido”, dijo.
En otro de los puntos resaltantes de su alegato, Álvarez indicó que no hubo “obediencia debida”, ya que según ella el dueño no pidió que se apuraran a terminar el recorrido.
Antes de finalizar y señalando la cantidad de víctimas por siniestros viales citó: “En lo que respecta al tránsito, somos un desastre como sociedad”. Y aclaró: “Solamente con condenas de prisión efectiva se logra un efecto disuasivo. La sociedad exige este tipo de penas”.
Por ello, pidió que Víctor Zarski sea sentenciado a 5 años de prisión efectiva y la inhabilitación para conducir por el lapso de diez años. En su cierre aludió a las palabras de Sara Acosta, madre de Marcía Ríos. Pidió que el acusado “pague por lo que hizo”.
“El último eslabón de la cadena”
A continuación fue el turno de la defensa, a cargo de Pablo Luján y Eduardo Paredes, quien se hizo presente para acompañar al acusado en el alegato.
Paredes puso la atención en que las penas que se dictan en la provincia de Misiones deberían ajustarse a la doctrina nacional. Para ello, en varios pasajes de su alocución mencionó los casos conocidos como la Tragedia de Once y la Tragedia de Lapa, cada una de ellas por motivos específicos respecto a las culpas y las penas de prisión dictadas.
Cuestionó lo actuado en la etapa de instrucción de la causa, donde “por omisión, debería haberse imputado al Secretario de Transporte provincial y al titular de la empresa de colectivos”. Para fundamentar esa crítica se basó en el fallo de la Tragedia aérea de Lapa (1999), donde fue acusado el dueño de la empresa y también el piloto de avión, quien de haber sobrevivido, a su entender, la acusación hubiera sido mínima, “porque la firma vivía una cultura del riesgo y el desorden”, en clara comparación con Águila Viajes.
En ese punto, Paredes mencionó que en la Tragedia de Once fue imputado Claudio Cirigliano, dueño de la empresa de ferrocarriles TBA, y Juan Pablo Schiavi, quien era Secretario de Transporte. “Ese caso es equiparable a la de la empresa de colectivos, donde el chofer es el último eslabón de una cadena de errores”, subrayó el letrado.
“Este mes, a Marcos Córdoba (el maquinista), la Cámara de Casación le aplicó una pena de tres años y tres meses de prisión por un siniestro que dejó 58 muertos y más de 800 heridos. Por eso no se puede pedir cinco años de condena para Zarski”, remarcó el defensor.
Sobre las empresas de colectivos a cargo de familiares, que son financieramente inviables y por eso trabajan en condiciones mínimas de seguridad, apuntó “al Estado como el garante de que el colectivo siga circulando”.
Dijo también que Ghiglione (el guarda), “mintió, porque no puede haber llegado a alta velocidad a la curva. Mi defendido no es un suicida, tenía familia que mantener”.
Finalmente pidió la “absolución” de Zarski por el “principio de la duda”. Y en caso de ser condenado, Paredes exigió la cancelación de la pena por el “estado de necesidad disculpante” o en su defecto, por el “principio de proporcionalidad”, la prisión mínima en suspenso.