Los aires acondicionados que ingresen al mercado argentino deberán dar un importante salto en eficiencia energética. La Secretaría de Energía elevó el estándar mínimo que tendrán que cumplir los equipos destinados a refrigeración de hasta 10,5 kilovatios (kW), llevando el Índice de Eficiencia Energética Estacional (IEEE) de más de 5,60 a más de 8,50.
La modificación fue oficializada este miércoles mediante la Resolución 242/2026, publicada en el Boletín Oficial, y supone pasar del nivel que actualmente corresponde a la clase B de la nueva escala de eficiencia a la categoría A, la máxima disponible. En la nomenclatura anterior, esa misma categoría superior era identificada como A+++.
El cambio no significa, sin embargo, que desde ahora dejen de poder venderse los equipos que no alcanzan ese rendimiento. La propia resolución establece que la aplicación efectiva del nuevo límite deberá esperar una fecha que todavía tiene que fijar la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, organismo que incluso podrá disponer una implementación gradual.
Para el mercado actual, el salto no es menor. Una revisión de modelos ofrecidos por fabricantes y tiendas oficiales muestra que varios equipos inverter disponibles actualmente están clasificados como B en la nueva escala o A++ con la denominación anterior, por lo que se encuentran por debajo del nuevo estándar que la Nación pretende establecer.
De 5,60 a 8,50: qué significa el cambio
El IEEE busca medir el rendimiento del aire acondicionado durante una temporada de funcionamiento y no solamente bajo una condición puntual. Cuanto mayor sea el índice, mayor será la capacidad de refrigeración obtenida en relación con la energía utilizada.
La tabla oficial aprobada por la Resolución 438/2024 permite ver con claridad la magnitud del cambio:
| Escala anterior | IEEE | Nueva escala |
|---|---|---|
| A+++ | superior a 8,50 | A |
| A++ | superior a 5,60 y hasta 8,50 | B |
| A+ | superior a 3,60 y hasta 5,60 | C |
| A | superior a 3,39 y hasta 3,60 | D |
| B | superior a 3,18 y hasta 3,39 | E |
| C | superior a 2,97 y hasta 3,18 | F |
| D | hasta 2,97 | G |
Es decir, el estándar actual admite equipos ubicados desde B hacia arriba, mientras que cuando comience a aplicarse la nueva exigencia sólo alcanzarán el piso aquellos que entren en la clase A de la escala actual, con IEEE superior a 8,50.
El reglamento alcanza a equipos compactos y split de uso doméstico o similar, con una sola unidad interior y hasta 10,5 kW de capacidad. Quedan fuera, entre otros, los multisplit y los equipos portátiles. Además, cada modelo debe ser ensayado conforme a la norma IRAM 62406 y su ficha debe informar expresamente la clase energética, el consumo anual y el IEEE.
Ser inverter ya no será suficiente
Este es probablemente uno de los aspectos más interesantes de la modificación. Tener tecnología inverter no garantiza por sí solo alcanzar el futuro estándar.
Samsung, por ejemplo, ofrece actualmente en su tienda oficial argentina el AR40F12C0AM2BG, un split inverter frío/calor de 3 kW con refrigerante R32. La propia compañía lo identifica con eficiencia energética B. Según la escala oficial, eso significa que su IEEE se ubica por encima de 5,60 pero sin superar 8,50: cumple el estándar vigente, pero no alcanzaría el nuevo piso cuando éste se vuelva obligatorio.
Hay incluso una curiosidad que permite entender la transición de etiquetas. Ese mismo Samsung aparece en la tienda oficial de BGH -que también comercializa productos de otras marcas- como A++, mientras Samsung ya lo identifica como B. No hay contradicción técnica: de acuerdo con la tabla oficial, A++ de la escala anterior y B de la nueva representan exactamente el mismo rango de eficiencia.
Algo similar ocurre con la nueva línea Surrey Split Inverter Smart R-32. El fabricante informa expresamente que sus modelos de 2.300, 3.100, 5.000 y 5.900 kcal/h tienen clase B bajo la Resolución 438/2024, es decir que también se encuentran un nivel por debajo de lo que exigirá la nueva resolución.
Cuánto cuestan hoy los equipos que están un escalón debajo
Los valores actuales también sirven para dimensionar el mercado sobre el cual comenzará a operar la modificación. En su tienda oficial, BGH ofrece el BSI37WCNX, un split inverter frío/calor de 3.650 W de capacidad de refrigeración y clase B, a $999.999. Otro equipo de potencia muy similar, el BGH BSI36WCIV Full Inverter 3DC, tiene 3.600 W, también figura como clase B, pero su precio oficial asciende a $1.421.999.
Hay, por lo tanto, $422.000 de diferencia entre dos equipos de potencia semejante y pertenecientes a la misma categoría energética. Eso muestra también por qué no sería correcto atribuir el precio solamente a la eficiencia: intervienen tecnología, equipamiento, línea de producto, funciones y estrategias comerciales.
En el caso de Samsung, su canal oficial para estudiantes publica actualmente el modelo AR40F12 de 3 kW, también clase B, a $1.049.999 en promoción, frente a un precio de lista de $1.629.999.
¿Y uno que ya cumpla el nuevo estándar? Ahí aparece una dificultad que hoy es relevante para el consumidor.
En una revisión realizada sobre la normativa nacional y los catálogos oficiales de Samsung, BGH, LG y Surrey, no fue posible localizar una nómina oficial centralizada de equipos actualmente a la venta que certifiquen públicamente un IEEE superior a 8,50, con modelo y precio verificables, que permita realizar una comparación homogénea.
Sí puede determinarse con certeza qué debe buscarse: clase A bajo la nueva etiqueta o A+++ si el producto todavía exhibe la nomenclatura anterior, además del valor IEEE superior a 8,50 consignado en su ficha técnica.
La normativa obliga a fabricantes e importadores a contar con ensayos por modelo y establece que la información del producto debe incluir precisamente el IEEE en modo refrigeración. También exige desde el 5 de marzo de este año la incorporación de la nueva etiqueta para los equipos introducidos al mercado y su utilización en los canales de publicidad y venta.
Sin embargo, existe todavía un período de transición: los productos con etiquetas anteriores pueden continuar comercializándose hasta el 5 de marzo de 2028, aunque los vendedores deben informar la equivalencia entre ambas escalas.
Por eso hoy un comprador puede encontrarse con expresiones como A++, B o incluso distintas clasificaciones para un mismo modelo dependiendo del sitio consultado. El dato decisivo será el IEEE: para cumplir con el futuro estándar deberá estar por encima de 8,50.
Todavía no cambia
La Resolución 242 entra formalmente en vigencia al día siguiente de su publicación, pero eso no implica que los equipos B o A++ pasen inmediatamente a quedar fuera del mercado. La Secretaría de Energía dejó expresamente pendiente la fecha desde la cual comenzará a exigirse el IEEE mayor a 8,50. La Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos deberá establecer ese plazo y podrá fijar etapas para permitir la adecuación del sector productivo y comercial.
En consecuencia, los modelos que hoy cumplen con el estándar superior a 5,60 pueden continuar comercializándose mientras no se haga efectiva la nueva exigencia.
La actualización se vincula además con otro proceso que atraviesa la industria. En los fundamentos de la resolución, Energía menciona los compromisos asumidos por Argentina dentro de la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal y la reconversión de la fabricación desde equipos que utilizan HFC-410A hacia refrigerantes de menor potencial de calentamiento global, entre ellos el R32.
No casualmente, buena parte de las nuevas líneas inverter que ya se comercializan incorporan R32. Pero nuevamente, usar ese refrigerante tampoco significa automáticamente superar un IEEE de 8,50: tanto el Samsung relevado como la nueva línea Surrey utilizan R32 y permanecen actualmente en clase B.
El cambio que prepara la Nación, por lo tanto, no apunta únicamente a extender la tecnología inverter o modificar el gas refrigerante, sino a elevar el rendimiento mínimo del equipo completo hasta la máxima categoría prevista por el actual sistema de etiquetado.






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