La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este jueves un régimen especial de facilidades de pago destinado a clínicas, sanatorios y demás establecimientos de salud con internación, con el objetivo de que puedan regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5858/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde el organismo argumentó que el sector atraviesa una situación económica y financiera que justifica la adopción de herramientas específicas para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y garantizar la continuidad de la prestación de servicios sanitarios.
Según la norma, podrán incorporarse al régimen las obligaciones vencidas y las multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026, aunque la adhesión no implicará reducción de intereses ni liberación de sanciones.
El plan permitirá financiar las deudas en hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un pago a cuenta equivalente al 3% del monto consolidado. Además, cada cuota deberá tener un valor mínimo de $50.000.
La tasa de financiación será equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Economía.
Qué obligaciones podrán regularizarse
Para acceder al beneficio, los contribuyentes deberán estar incluidos en la nómina que el Ministerio de Salud remitirá a ARCA y contar con la caracterización “481 – Establecimientos de Salud con Internación” dentro del sistema registral del organismo recaudador.
La resolución excluye del régimen, entre otros conceptos, los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, las cuotas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), los anticipos y pagos a cuenta, determinadas obligaciones vinculadas al IVA y los planes de facilidades de pago que ya se encuentren vigentes.
Tampoco podrán adherir personas o empresas con condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o vinculados al incumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.
El acogimiento podrá realizarse entre el 9 de junio y el 30 de septiembre de 2026 a través del servicio “Mis Facilidades” de ARCA.
La norma establece además que los planes caducarán automáticamente cuando se registren dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, o cuando quede sin cancelar la última cuota del acuerdo durante más de 60 días. En esos casos, ARCA quedará habilitada para iniciar acciones judiciales por el cobro de la deuda pendiente.






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