El Tribunal Penal N° 1 de Oberá condenó a Alejandro “Cacho” Santa Andrea, de 71 años, a ocho años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal, en una resolución que revierte la absolución dictada una década atrás en el mismo expediente.
La nueva sentencia se inscribe en el marco de la revisión ordenada por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que anuló el fallo de 2016 y dispuso un nuevo análisis integral de las pruebas. Aquella decisión había sido apelada por el Ministerio Público Fiscal tras considerar que no correspondía aplicar el beneficio de la duda.
En esta oportunidad, con otra integración, el tribunal volvió a examinar el material probatorio reunido durante la instrucción y el debate oral, y concluyó en la responsabilidad penal del imputado, imponiendo una pena de cumplimiento efectivo. No obstante, el condenado continuará en libertad de manera provisoria, a la espera de que se resuelva un pedido de prisión domiciliaria presentado por su defensa.
El caso se remonta al 19 de agosto de 2013, cuando la madre de una niña de ocho años denunció que su hija había sido víctima de abuso. A partir de allí se inició una causa que derivó en la detención del acusado y, años más tarde, en un juicio oral que culminó con su absolución.
En aquel fallo, el Tribunal había considerado que las pruebas reunidas no alcanzaban para acreditar con certeza la materialidad del hecho ni la autoría. Entre los principales fundamentos, se mencionaban inconsistencias en el testimonio de la menor, especialmente en la descripción del lugar donde habría ocurrido el abuso, así como la ausencia de elementos que corroboraran sus dichos durante las inspecciones realizadas.
También se habían cuestionado aspectos de la investigación inicial, como la demora en el allanamiento del domicilio señalado, que se concretó varios días después de la denuncia, y la falta de estudios médicos específicos que pudieran aportar evidencia concluyente. A eso se sumaban diferencias en la determinación del horario del hecho y la inexistencia de objetos mencionados en el relato.
Sin embargo, esa interpretación fue revisada en instancias superiores. La fiscalía sostuvo desde un inicio que el testimonio de la víctima, especialmente en Cámara Gesell, tenía entidad suficiente y que las inconsistencias señaladas no eran determinantes para descartar la acusación. Ese planteo derivó en la intervención del Superior Tribunal, que finalmente dejó sin efecto la absolución.
Con el nuevo fallo, la causa da un giro significativo tras más de diez años de trámite judicial. El tribunal actual valoró nuevamente el conjunto de pruebas y resolvió condenar al imputado como autor del delito, modificando de manera sustancial el desenlace que había tenido el caso en su primera instancia.
Santa Andrea, quien al momento de los hechos se desempeñaba como funcionario del Concejo Deliberante de Oberá y era conocido por su rol como locutor en la Fiesta Nacional del Inmigrante, quedó ahora a disposición de la Justicia mientras se avanza en la ejecución de la pena.





