La profundización del proceso de desregulación de la actividad yerbatera sumó esta semana un nuevo capítulo. A través de la Resolución 2/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Nación, el Instituto Nacional de la Yerba Mate avanzó en la derogación y modificación de normas clave vinculadas al control de calidad, fiscalización y almacenamiento de la yerba mate canchada.
Según explicó a PRIMERA EDICIÓN un histórico referente del sector, ex integrante del Directorio del INYM y con paso por el Gobierno provincial, el impacto de la norma puede resumirse de manera directa: “Mayor libertad y menor control para que las industrias impongan condiciones”. En esa línea, señaló que se trata de “modificaciones en distintas resoluciones de fiscalización” que reducen el poder de intervención efectiva del organismo.
La resolución abroga directamente las Resoluciones 152/2021, 373/2021 y su anexo, y 347/2021, además de derogar artículos específicos de normas vigentes desde 2017 y 2022. En los considerandos, el propio INYM fundamenta la decisión en los lineamientos del Poder Ejecutivo Nacional, en especial los Decretos 90/2025 y 812/2025, que ordenan una “simplificación normativa” y prohíben al Instituto dictar normas que “provoquen distorsiones en los precios de mercado” o “interfieran en la libre interacción de la oferta y la demanda”.
En ese marco, el Directorio del INYM reconoce que inició un relevamiento integral de su “stock normativo” para eliminar regulaciones que, a su criterio, podrían entorpecer la actividad. La Resolución 2/2026 es presentada como un primer paso de ese proceso, que continuará con otras normas “de mayor complejidad”.
Entre los cambios concretos, se modificaron artículos centrales del Reglamento de Control de Calidad de Materia Prima de Yerba Mate (Resolución 11/2017). Por ejemplo, el nuevo artículo 5 redefine las exigencias en la recepción de hoja verde, manteniendo la obligación de separar material defectuoso, pero acotando la intervención del inspector a esa instancia puntual. También se flexibilizan disposiciones vinculadas al estacionamiento o almacenaje de la yerba mate canchada, habilitando “cualquier otro continente” que evite el contacto con el suelo, siempre que se cumplan condiciones generales de higiene. Asimismo, se reformulan los artículos referidos a la separación de palo grueso, los parámetros físicos, microbiológicos e inorgánicos de la yerba canchada y los procedimientos de intervención preventiva.
Si bien el texto conserva exigencias técnicas y protocolos de muestreo, desde el sector productor advierten que la eliminación de normas complementarias y la simplificación del esquema de control reducen la capacidad real del INYM para fiscalizar de manera integral.
“La letra puede seguir hablando de calidad, pero el espíritu es otro: retirar al Estado del control fino de la actividad”, sostuvo el referente consultado, quien alertó que, en un mercado altamente concentrado, esta menor presencia regulatoria termina fortaleciendo la posición de los grandes molinos e industrias frente a los pequeños productores y secaderos.La decisión se inscribe en un proceso de desregulación más amplio que ya lleva dos años.
Desde el DNU 70/2023, el sector yerbatero fue escenario de medidas sucesivas que eliminaron el precio mínimo de referencia para la hoja verde y la yerba canchada, suprimieron la cupificación de nuevas plantaciones y habilitaron la importación de yerba mate desde otros países. Todo ello, en un contexto donde los productores denuncian precios por debajo de los costos, pérdida de rentabilidad y creciente concentración de la cadena.





