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Ley de Medios: prorrogaron la cautelar y se diluyó el 7D

7 diciembre, 2012

BUENOS AIRES (NA-DyN-La Nación). La Cámara Civil y Comercial Federal prorrogó la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín que suspende la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios “hasta que haya sentencia definitiva”.Se trata de la llamada cláusula de desinversión, que obliga a las empresas de radio y televisión por cable y por aire a desprenderse de las licencias que superen el límite establecido por la normativa. La decisión de la Justicia de extender la cautelar le impide al Poder Ejecutivo avanzar desde mañana, como había anunciado, sobre el Grupo Clarín para que se desprenda de algunas de sus licencias.Según la sentencia de la Cámara, la medida estará vigente hasta que “haya sentencia definitiva” en la causa en la que el Grupo Clarín plantea la inconstitucionalidad de la ley. El fallo fue firmado por los camaristas María Susana Najurieta y Francisco De las Carreras.En otra sentencia, los magistrados rechazaron la recusación masiva que hizo el Gobierno a los jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal.“A efectos de un mejor tratamiento lógico de las cuestiones, la Sala resolverá en primer término la solicitud de ampliación del plazo de la medida cautelar ordenada el 7 de diciembre del 2009”, manifestó la Cámara en el primer párrafo de su fallo.Los magistrados entendieron: “La naturaleza de la medida cautelar que se examina es, claramente, una medida dependiente de la acción principal, destinada a asegurar la eficacia de la sentencia que pudiera dictarse en el proceso de fondo”.E instaron: “No puede presumirse que la Administración obre ilegalmente afectando las licencias señales vigentes y demás activos protegidos por la medida cautelar. Una decisión en tal sentido podría ser considerada de desobediencia”.Lo que vieneLa aplicación de dos artículos fundamentales de la Ley de Medios continuará suspendida para el Grupo Clarín, a la espera de que la Justicia resuelva, en forma definitiva, si es o no constitucional el plan de desinversión y la posesión de licencias contenidos en esos puntos de la norma impulsada por el Gobierno.En cuanto a la apelación por la prórroga de la cautelar que benefició hoy a Clarín, el Estado podría llegar hasta la Corte.El primer paso para la resolución de fondo tendrá que darlo, en lo inmediato, el juez Horacio Alfonso designado el año pasado como titular de un juzgado en lo Civil y Comercial y elegido recientemente al frente de la causa clave para el diario Clarín y el Gobierno.Alfonso fue instado la semana pasada por la Corte Suprema a resolver cuanto antes la constitucionalidad de dos artículos de la ley 26.522: el 45 que regula la multiplicidad de licencias y el 161 (desinversión), que impone plazos de un año para aquellos grupos que excedan la cantidad de licencias permitidas.Fuentes del caso señalaron que el juez ya tendría escrito un borrador de ese fallo aunque era imposible que lo diera a conocer antes de hoy, -en el llamado “7D”- por cuestiones obligatorias de los tiempos procesales.Se espera no obstante que el magistrado difunda su resolución en los próximos días.Pero cualquiera de las decisiones que tome generará la apelación de la parte que se sienta afectada.En ese marco, ya sea el Gobierno o el Grupo Clarín, tendrán la posibilidad de recurrir ante la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial, la misma que hizo lugar a la cautelar, pese a las recusaciones.Y una vez que esa instancia resuelva -en los tiempos tribunalicios- el caso tiene aún la última escala en el pilar judicial: la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, en definitiva, será la que dé la posición final sobre lo que deba hacer Clarín.En ese marco, el Gobierno podría también recurrir a un planteo de per saltum, establecido recientemente mediante una ley aprobada por el oficialismo.Pero más allá del pedido para que la Corte tome la causa apenas haya una decisión de primera instancia, será la misma Corte la que resuelva si acepta o no intervenir en el caso sin respetar la escalera tribunalicia.  “Un fallo vergonzoso”El titular de la Afsca criticó la resolución de la Cámara Civil y Comercial Federal.Sabbatella consideró que el fallo de la Cámara Civil y Comercial “demuestra que teníamos razón cuando dijimos que los jueces que viajan a Miami financiados por Clarín, terminan convertidos en su equipo jurídico”.En el mismo sentido, el funcionario añadió: “La Justicia argentina no está preparada para pelear con las corporaciones, porque gran parte está colonizada por esas mismas corporaciones”.El titular de la Afsca lo expresó a poco de ser notificado del fallo de la Sala 1 de la Cámara, que a un día de la fecha fijada por la Corte para el vencimiento de la cautelar que beneficiaba al Grupo Clarín, decidió prorrogar la medida que mantiene suspendido el artículo 161 de la Ley de medios “hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa”.  Exhorto al Gobierno por “presionar” a juecesLa Comisión Nacional de la Independencia Judicial, un organismo que depende de la Corte Suprema, exhortó al Poder Ejecutivo “a cumplir estrictamente con la Constitución y a ejercer sus facultades como poder del Estado dentro del marco de las reglas procesales, evitando el uso de mecanismos directos o indirectos de presión sobre los jueces”.El organismo reivindicó esa garantía para los jueces “se encuentra protegida por la Constitución Nacional y es un principio fundamental del Estado de Derecho que es sustancial para el funcionamiento de la democracia”.La Comisión subrayó que la independencia de los jueces “constituye una garantía fundamental para la defensa de los derechos de los ciudadanos”.En ese sentido, el organismo advirtió que la independencia “no puede ser confundida con la defensa de intereses corporativos, puesto que se trata de hacer pública la preocupación de la magistratura como Poder del Estado por la afectación que recibe al tener que decidir sobre cuestiones que atañen a intereses de terceros y no los propios”.“A las autoridades competentes para que se cubran los cargos de tribunales vacantes en tiempo oportuno, mediante el procedimiento adecuado” y a “los demás poderes públicos del Estado, para que no avancen en la modificación de legislaciones locales en perjuicio de la estabilidad de los magistrados”.También, “exhortó a titulares de medios de comunicación públicos y privados a ejercer el derecho de crítica sobre la base de opiniones y argumen
taciones, evitando el agravio personal o familiar, siendo mesurados y prudentes al imputar faltas éticas o criminales que luego quedan en la nada, pero que lesionan gravemente a las personas y sus familias”.El documento fue firmado por: La Comisión Nacional de Protección de la Independencia Judicial. La Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y la Federación Argentina de la Magistratura.  

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