COLONIA VICTORIA. El Concejo Deliberante de esta localidad sancionó una ordenanza a través de la cual se exceptúa el pago de la deuda de Tasa Retributiva a la Propiedad, con ciertos requisitos.El intendente de Colonia Victoria, Sergio Lenguaza explicó a PRIMERA EDICIÓN que, según la norma, tendrá vigencia para todos aquellos contribuyentes que se acerquen “voluntariamente al edificio municipal para regularizar su situación”. Allí se determinará cuál es la deuda que mantiene con el municipio y comenzará a pagar la tasa a partir del año 2012 por cinco años consecutivos. La deuda que se exceptúa es la deuda anterior a 2012 . Lenguaza continuó explicando que “es condición necesaria que los contribuyentes paguen religiosamente por los cinco años consecutivos, en el caso de que paguen dos años y después no lo hagan, el importe pasa a cuenta de la deuda anterior y en este caso no queda exceptuado del pago” .Los contribuyentes tendrán tiempo de acogerse al beneficio hasta julio de 2012. Al aceptar el beneficio deberán firmar una Declaración Jurada.Quienes estén al día con sus impuestos, que hoy son los menos, se les otorgará dos años de gracia.Respecto a la poca voluntad de los usuarios en tributar sus impuestos en general, Lenguaza manifestó: “Solamente el 5%, aproximadamente, de los usuarios, están al día con los impuestos. Esta ordenanza surge, porque en Victoria no existe la cultura de pagar impuestos. Al acumularse los impuestos, les resulta difícil el pago y hay que hacer entender al contribuyente que debe pagar al día para que no se acumule y después no lo pueda realizar, según nuestras estadísticas el 95% no paga sus impuestos, no son buenos contribuyentes.”La ordenanza hace 15 días que fue implementada y hasta el día de la fecha es poca la gente que se acercó al edificio municipal para acceder al beneficio. Desde la Municipalidad se está realizando una intensa campaña por los medios de difusión para hacer conocer esta ordenanza cuyo objetivo es tratar de recaudar “sobre todo de la parte de impuestos sobre todo de la Tasa Retributiva a la Propiedad”. Cabe aclarar que la TRP es únicamente para los contribuyentes que se encuentran en la zona urbana.





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