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Caso Jordi Díaz: absolvieron a cuatro de los cinco imputados

17 septiembre, 2015

 ELDORADO. Cuatro de los cinco imputados por la muerte de Jordi Díaz fueron absueltos. Al quinto acusado, Juan Alberto “Kike” Da Silva, se le declaró la responsabilidad penal y, además, pagar a la familia de la víctima un resarcimiento. Quienes quedaron en libertad fueron los hermanos Julio César y Lucas Alejandro Colman; Eduardo Michael De Sa y Esteban Fabián Rojas. “Kike” Da Silva, menor de edad al momento del hecho, fue condenado a resarcir a la familia de Díaz un total de 160 mil pesos, en concepto de daño moral.De esta manera nadie irá preso por el hecho, ocurrido el 20 de mayo de 2012. El fallo fue dado a conocer ayer al mediodía en el Tribunal Penal 1 de Eldorado, en el marco del juicio oral y público que se le siguió a los cinco acusados desde el pasado 4 de agosto. La posibilidad de que nadie termine tras las rejas comenzó a vislumbrarse desde el martes último, cuando en su alegato el fiscal Federico Rodríguez desistió de acusar a los cinco imputados por homicidio simple y cambió la calificación del hecho, solicitando tres años de cárcel por el delito de lesiones en riña. Finalmente el Tribunal, presidido por el magistrado Atilio León, secundado por sus pares Lyda Gallardo y Eduardo Jourdan, resolvió por unanimidad absolver a cuatro de los imputados y le declaró la responsabilidad penal al restante.Todos los que estuvieron en el banquillo de los acusados llegaron en libertad a esta instancia procesal (durante la investigación estuvieron detenidos poco más de seis meses).Porqué se descartó la acusaciónA partir del pedido del citado fiscal, donde descartó la acusación con la cual llegaron a juicio los imputados, es decir “homicidio en riña”, y pidió que se califique como “lesiones en riña”, cuatro de los imputados pudieron respirar aliviados. Es que el máximo de la pena prevista para ese último delito es de tres años en suspenso. No obstante, para el Tribunal no hubo culpabilidad o participación de cuatro de los imputados.  La clave en cuanto al fallo fue que durante el desarrollo del debate no se pudo probar el dolo, es decir la intención deliberada del agresor de causarle la muerte al joven Jordi Díaz. En cuanto a la situación de “Kike”, quien fue declarado como responsable, pero en virtud de que era adolescente al momento del hecho, no puede ser condenado, se supo que quedó a disposición del Juzgado Correccional y de Menores de Eldorado. Familia de la víctima anunció que apelará el fallo Tras conocerse la sentencia, la familia de Jordi Díaz no se mostró conforme con el fallo. Visiblementes decepcionados  adujeron que ahora apelarán la resolución. Desde la fiscalía también se supo que se realizará una presentación similar. Es que el Tribunal hizo lugar parcialmente a la acción civil interpuesta por el padre de Jordi, Rubén Díaz, por lo que se le condenó a “Kike” Da Silva a abonar al actor civil, en el término de 10 (diez) días de quedar firme la sentencia, a pagar 160.000 pesos en concepto de daño moral. En su momento por este concepto, el actor civil pretendió casi dos millones de pesos. Trágico final Alrededor de las 4 del domingo 20 de mayo de 2012 en un inmueble emplazado sobre la avenida Silveira del barrio Villa Alta de Iguazú se desarrollaba una fiesta de cumpleaños en la que había más de cien personas y a la que también asistía Díaz. En esas circunstancias se produjo una pelea en la calle entre dos grupos y allí fue que la víctima fue agredida a golpes de puño. El joven acabó con contusión en la nariz y desviación del tabique nasal, fractura del hueso nasal, entre otras lesiones. La golpiza dejó inconsciente a Díaz, quien cayó en un arroyo de escasa profundidad que cruza el barrio. El infortunio quiso que cayera boca abajo y la cabeza quedara sumergida en un hilo de agua. Eso fue determinante: más allá de la golpiza, los médicos determinaron luego que la muerte fue por asfixia por inmersión. 

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