viernes, mayo 8, 2026
Primera Edición
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
Primera Edición
No Result
View All Result

Emergencia previsional (última parte)

3 enero, 2017

 Señora Directora: Derogadas las dos primeras leyes 2.791 (1990) y 2.904 (1991), la Emergencia Previsional tuvo continuidad por las leyes 3.025 hasta el 30 de junio de 1993; 3.106 hasta el 31 de mañyo de 1995; 3.177 hasta el 31 de diciembre de 1996; 3.385 hasta el 31 de diciembre de 1997 fijando esta ley el haber máximo en 15 haberes previsionales mínimos, que a su vez derogó los artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 de la 2.910 sobre haberes máximos, aporte patronal, aporte personal policial, aporte personal penitenciario, depósito de aportes y jugada mensual del Iplyc “Tele 4”, reemplazados por otros articulados; leyes 3.460 hasta el 31 de diciebre de 1998; 3.551 hasta el 31 de diciembre de 1999; 3.635 hasta el 31 de diciembre de 2000; 3.734 hasta el 31 de diciembre de 2001; 3.841 hasta el 31 de diciembre de 2002; 3.923 hasta el 31 de diciembre de2003; 4.055 hasta el 2004; 4.167 hasta el 31 de diciembre de 2005; 4.295 hasta el 31 de diciembre de 2006; 4.337 hasta el 31 de diciembre de 2007.En la gestión de los gobernadores Federico Ramón Puerta y Carlos Rovira, en función a la continuidad de la emergencia, en sucesivos decretos entre fines de 1997 y 2003, a solicitud del Instituto de Previsión Social (IPS), se fue prorrogando el sistema de liquidación de haberes y aportes previsionales, en razón de la falta de equilibrio entre aportes y contribuciones.La Legislatura por Ley 2.992 derogó a partir del 1 de diciembre de 2003 la Emergencia Previsional (Ley 2.910) fijando el haber máximo en 15 haberes mínimos de la categoría 12 de la Administración Pública Provincial o equivalentes de los Poderes Judicial y Legislativo.Esta ley fue devuelta observada en forma total por el Poder Ejecutivo en la gestión del ingeniero Carlos Rovira, por los efectos perjudiciales a la Caja Previsional, y su vigencia ratificada por la Legislatura,que ordenó por Decreto 364/2003, su publicación en el Boletín Oficial 11.172/2003.Esto motivó la decisión del PE instruir a la Fiscalía de Estado provincial, de denunciar ante el Superior Tribunal de Justicia el conflicto de jurisdicción y competencia (conflicto de poderes), mediante Decreto 59 del 18 de diciembre de 2003.El Superior Tribunal de Justicia se expidió considerando de plena aplicación al atribución de la Legislatura provincial para establecer el tiempo de duración de la Emergencia Previsional y resolvió la no existencia de un conflicto de poderes.A partir de allí surgieron pedidos de amparo con orden judicial de pagar a beneficiarios jubilados ex legisladores, conforme lo expresado en la ley que derogó la emergencia.Desde el IPS, cuyo titular era Jorge Franco, se hizo pública la decisión del organismo de buscar alternativas jurídicas para frenar los reclamos y no afectar los recursos previsionales, en favor de 184 ex legisladores y 106 beneficiarios de otros regímenes.Luego por Ley 4.245 se derogó la 3.992 (2003) desde el 22 de diciembre de 2005 y restableció la vigencia de la anterior ley 2.910 hasta el 31 de diciembre de 2006, fijándose un techo de $ 3.034 como haber máximo.La continuidad de la emergencia fue fijada por Ley 4.337 (2006) hasta el 31 de diciembre de 2007, estableciéndose un haber máximo de $ 3.350; y para los que tuviesen 75 años de edad el máximo fue de $ 4.100 y se determinó el 19% de aporte para el personal policial.Por Ley XIX-28 (antes 2.910) sancionada el 27 de marzo de 1992, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de la Emergencia Previsional.En el Presupuesto General 2012, Ley VII-70, se asignó la suma de $ 1.000.000 mensuales destinado a la supresión progresiva de la Ley XIX-28 (antes 2.010) afectándose recursos de Rentas Generales, prorrogándose la misma hasta el 31 de diciembre de 2012. En esta misma ley se sustituyó el segundo párrafo del artículo 82 de la Ley XIX-2 (antes Ley 568/71) sobre el monto máximo que percibirán los beneficiarios que acumulen dos beneficios previsionales.En el Presupuesto General Ley VII Nro. 73 se asignó la suma de $ 1.300.000 mensuales con destino a la supresión progresiva de la Emergencia, con la afectación también de recursos de Rentas Generales y prorrogó la misma hasta el 31/12/2013.La justificación de la Emergencia expresada en el año 1990 por el Gobierno Provincial ante la situación límite que atravesaba el régimen previsional y la necesidad de correcciones coherentes y viables para recomponer la situación financiera del IPS; las sucesivas prórrogas; las afirmaciones en Cámara de Diputados durante el análisis y consideración de dichas prórrogas, que no había una real Emergencia, sino de poner topes a las grandes jubilaciones; los sucesivos Compromisos Federales; los Sinceramientos Fiscales; los Pactos por empleo; la disminución de la incidencia previsional en el costo laboral, tuvieron como correlato la sanción de la Ley 3380 el 20/12/1996 que sustituyó 5 capítulos del Sistema Previsional Provincial Ley 568/71, para ponerlo cercano con la Ley Jubilatoria Nacional 24241 del 23/11/1993.La decisión legislativa de mantener la Emergencia Previsional por estar atada a otras leyes, prueba que ella no fue derogada, como tampoco existe una ley que expresamente la derogue.La delegación legislativa de otorgar por leyes de presupuesto en la figura del Gobernador la facultad de una salida gradual, refiere a la elevación de topes que por sucesivos decretos se hicieron hasta este 2016, concluyendo con el Decreto 745 del 29/06/2016 eliminando topes sobre la Acumulación de Beneficios.Como síntesis, la Introducción al Derecho afirma que el principio general sobre la facultad de derogar una ley corresponde al mismo órgano que la dictó, a cuyo fin debe aprobarse otra norma de igual jerarquía que la que se quiere dejar sin efecto.En consecuencia, la Ley de Emergencia Previsional, es de plena vigencia, el desuso no afecta la Ley y no produce su derogación, pudiendo alcanzar vigencia en cualquier momento sea por aplicación judicial o por otro motivo.

ShareTweetSendShareShare
Previous Post

Jubilados del IPSM

Next Post

Proceso de transformación

Discussion about this post

Radio en Vivo

Videos

Vecinos de las chacras 176, 179 y 180 de Posadas advierten que la inseguridad y los robos aumentaron en los últimos años en los alrededores de la chacra 181. Ante la falta de respuestas, los residentes se organizaron en un grupo de WhatsApp para visibilizar los reclamos y exigir mayor presencia del Estado.

⚠️ También alertaron sobre el crecimiento del consumo problemático de drogas entre jóvenes, lo que genera preocupación en las familias del barrio. “A la noche hay que dormir con un ojo abierto porque todo el tiempo están dando vueltas para robar”, contó una residente que vive en la zona desde hace más de cinco décadas.
Los equipos de Misiones en las categorías +40 y +50 se entrenan con miras a la sexta edición del certamen, del que son las campeonas defensoras. “El básquet es una pasión que siempre llevamos presente”, aseguraron a EL DEPOR.
Vecinos en esa zona periférica de Posadas denuncian robos a toda hora, falta de patrullaje por conflictos de jurisdicción y graves deficiencias en los desagües que causan inundaciones y contaminación.

📌Toda la información en www.primeraedicion.com.ar
Yamilia pertenece al cuerpo de los Bomberos Voluntarios de Leandro N. Alem y dialogó con PRIMERA EDICIÓN para contar su historia y trabajo. Es la única mujer de Alem encargada de conducir los vehículos oficiales.
Thiago Laphitz (12) charló con EL DEPORTIVO sobre su reciente convocatoria al equipo nacional para competir en el Torneo Promesas Olímpicas 2026 de Chile. “Me siento muy feliz de representar a mi provincia y al país”, aseguró.
Con apenas 17 años, este artista posadeño presentará su primera muestra, donde comparte su universo creativo y un mensaje inspirador sobre el talento y la expresión en jóvenes con autismo.
Suscribirse

FM 89.3

📻 Más allá de las palabras es un programa que te hará pensar, cuestionarte y abrir tu mente a nuevas posibilidades. Es un programa para todos aquellos que estén interesados en explorar los misterios de la vida y del universo.

🎙️ No te pierdas  ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
📻 Más allá de las palabras es un programa que te hará pensar, cuestionarte y abrir tu mente a nuevas posibilidades. Es un programa para todos aquellos que estén interesados en explorar los misterios de la vida y del universo.

🎙️ No te pierdas  ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
Rolando Kegler, presidente de la Junta de Estudios Históricos de Misiones
Rubén Oscar Quagliozzi, Vicepresidente del colegio de Odontólogos de Misiones
📻 En Primera Plana, Silvia y Marcelo te informarán sobre lo que sucede en Misiones y el mundo. 

🎙️ No te pierdas "Primera Plana", de lunes a viernes de 18 a 20 hs. en la FM 89.3. ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
Marcelo Fernández   presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA)
Suscribirse

Lo más leído

  • Qué significa la señal de tránsito con fondo blanco y un círculo rojo alrededor

    Qué significa la señal de tránsito con fondo blanco y un círculo rojo alrededor

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Alertan por tormentas severas y brusco descenso térmico en Misiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • El Gobierno aumentó 38% la Prestación Alimentar: los nuevos montos

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Hay alerta por tormentas fuertes en Misiones para este jueves: a qué hora

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Escándalo: la diputada libertaria Lilia Lemoine posteó una foto semidesnuda

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Los reclamos en Defensa del Consumidor por los servicios financieros ya superan cifras del 2025

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Se dice que…

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Revés judicial: la Nación deberá cubrir el 100% del tratamiento de la enfermedad de Andrade

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Detienen a tres efectivos de Investigaciones por presunta extorsión a un comerciante

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Retiros voluntarios en el INTA: el gremio habla de ajuste encubierto

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario Primera Edición
Corrientes 2434, Posadas, Misiones
Todos los derechos reservados © 2022

[email protected]
[email protected]
+54(0376)4420407 / 4 440054 / 4427639 / 4426712
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores