La Justicia rechazó en las últimas horas la oposición de las defensas a que la causa de los dos policías imputados por el homicidio de la docente Mirta Carmen Rosa (47), pase a instancia de juicio oral, señalaron fuentes oficiales. La resolución del juez de Instrucción 7 de esta ciudad, Carlos Giménez, ahora podrá ser apelada por las partes. Se trata del oficial Aníbal Aldo Gabriel Villalba y el sargento primero Luis Albino Rotela.En ese contexto, Villalba se encuentra imputado por “incumplimiento de los deberes de funcionario público, abandono de persona agravado por el resultado de muerte en concurso ideal y falsificación ideológica de instrumento público en concurso real”. En tanto que el suboficial Rotela fue acusado por magistrado por los mismos delitos, salvo por “falsificación ideológica”. El crimen de Rosa fue perpetrado el jueves 14 de febrero de 2013. La infortunada víctima era docente jubilada y padecía esquizofrenia. Aquella tarde en la que ocurrió el hecho encontraron su cadáver en un descampado del barrio Los Potrillos de Garupá. Tenía lesiones gravísimas en el cráneo y otras partes del cuerpo. Pasaron los días y nada se sabía de las circunstancias de su muerte, hasta que la familia de la víctima aportó el testimonio revelador de un matrimonio que aseguró haberla asistido ese día, poco después del mediodía, porque se acercó a pedir agua para beber y estaba claramente desorientada.Por esa razón -según dijeron- llamaron a la Policía y una patrulla de la comisaría Seccional Quinta fue a buscarla. Justamente, en esa patrulla viajaban el oficial Aníbal Aldo Villalba y el sargento Luis Albino Rotela, quienes se la llevaron en la camioneta. Cuando encontraron el cadáver, ninguno de los dos reconoció que, horas antes, se la habían llevado del domicilio de aquellos vecinos. El expediente pasó por tres juecesLa situación procesal de ambos era tan complicada que el juez original -de Instrucción 6-, Ricardo Walter Balor, los procesó por el delito de “homicidio agravado”. Con posterioridad, el Tribunal Penal 1, que en ese entonces hacía las veces de Cámara de Apelaciones, revocó el auto de procesamiento y dispuso una nueva calificación. Dicho Tribunal entendió, en coincidencia con los planteos de la defensa, que no se había podido probar el dolo, es decir la intención de matar, y de esta manera no había fundamentos para sostener la hipótesis del homicidio. Fue entonces que Balor se apartó de la causa y ésta recayó en el Juzgado de Instrucción 7, que en ese momento estaba a cargo del juez José Alberto López. Este magistrado los excarceló posteriormente.Seguidamente y ante los planteos de las defensas el expediente pasó a la Cámara de Apelaciones. Debido a que ya formaba parte López como integrante de ese alto cuerpo, no pudo intervenir, en virtud de que lo había hecho en la etapa de instrucción. Tras la inhibición de Balor y la asunción de López como vocal de la Cámara en lo Penal y Correccional de la provincia, la causa quedó en manos del juez de Instrucción 7 de Posadas, Carlos Jorge Giménez. Fue este funcionario quien dio por terminada la investigación y giró el expediente a la fiscalía, que posteriormente concretó el requerimiento de elevación a juicio. Así las cosas ahora ambos efectivos quedaron más cerca de ir al banquillo de los acusados.
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