La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) publicó este lunes la Resolución 111/2026 con los nuevos valores de las Asignaciones Familiares vigentes a partir de mayo de 2026. El ajuste del 3,38%, que refleja la variación del Índice de Precios al Consumidor de marzo según el régimen de movilidad establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24, se aplica sobre los montos y los límites de ingresos del grupo familiar (IGF) que determinan el acceso a cada prestación.
El régimen alcanza a trabajadores en relación de dependencia registrados, beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo, titulares del Seguro de Desempleo, monotributistas, jubilados y pensionados del SIPA, beneficiarios de pensiones no contributivas, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social. Para todos ellos, los hechos generadores ocurridos a partir de mayo se liquidan con los nuevos valores.
Los montos base más relevantes para la mayoría de los beneficiarios son los siguientes:

El acceso a las asignaciones por hijo y prenatal para trabajadores registrados y jubilados está escalonado según el ingreso mensual del grupo familiar. Quienes tengan un IGF de hasta $1.093.852 cobran el monto completo ($70.651 en valor general); a medida que el ingreso aumenta, el beneficio se reduce progresivamente hasta desaparecer cuando el IGF supera los $5.792.488. Para la AUH y las prestaciones por protección social, en cambio, no rige este escalonamiento: el monto es fijo mientras se cumplan los requisitos de elegibilidad.
La resolución también actualiza el tope individual de ingresos que excluye del cobro: si una sola persona del grupo familiar percibe más de $2.896.244 mensuales, el núcleo queda fuera del régimen, independientemente del ingreso total. Este criterio busca focalizar las prestaciones en hogares con menores recursos.
Para los monotributistas, ANSeS aclaró que las categorías de ingreso que determinan el acceso a las asignaciones se actualizan con el mismo coeficiente del 3,38%, conforme lo establecido por la Ley 27.743. Los beneficiarios del Seguro de Desempleo perciben las asignaciones por hijo y prenatal con los mismos valores generales que los trabajadores registrados, mientras que las prestaciones por nacimiento, adopción y matrimonio mantienen montos fijos sin escalonamiento por ingresos.
La ayuda escolar anual, que se paga en febrero y marzo de cada año, también fue actualizada a $55.672 (valor general), aunque su monto no se ajusta mensualmente sino una sola vez al año, conforme lo dispone el Decreto 63/25. Para hijos con discapacidad, esta ayuda mantiene el mismo valor y no tiene tope de ingresos familiares.
Los nuevos valores se aplican de oficio en los sistemas de liquidación de ANSES. Los beneficiarios pueden consultar el monto exacto que les corresponde a través de la web de ANSeS, la aplicación “Mi ANSeS” o la línea 130, sin necesidad de realizar trámites adicionales. La resolución faculta a las áreas técnicas del organismo para emitir las normas complementarias necesarias para su implementación operativa.
El ajuste del 3,38% busca preservar el poder adquisitivo de las prestaciones frente a la inflación, aunque su efectividad depende de la convergencia entre el período de medición del IPC (marzo) y el momento efectivo del pago. Para las familias que dependen de estas asignaciones como complemento esencial del ingreso, la actualización representa un componente clave en la planificación del gasto mensual.
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