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Licencias médicas: Bullrich admite “un error” en el artículo 44 y el proyecto vuelve al Senado

La senadora de LLA aseguró que se modificará ese artículo del proyecto. El oficialismo tendrá una travesía de 10 días por ambas cámaras del Congreso para aprobar al reforma laboral en extraordinarias.

17 febrero, 2026

La jefa del bloque de senadores de LLA, Patricia Bullrich, reconoció que fue “un error” no diferenciar las enfermedades graves de las leves en el artículo 44 de reforma laboral, donde se rebaja el salario en caso de que el trabajador presente licencia médica por enfermedad o accidente.

Con este “mea culpa” del oficialismo, Bullrich reiteró que se modificará ese artículo en la discusión en Diputados, por lo que el proyecto deberá aprobarse este miércoles en plenario de comisiones para el jueves tratarse en la cámara baja. Luego volverá modificado al plenario del Senado y la semana que viene finalmente será tratado en el recinto, una travesía a contrarreloj que deberá sortear el oficialismo en 10 días, antes de que finalicen las sesiones extraordinarias.

Bullrich dijo que tuvieron “un error porque la ley original no distingue entre enfermedades” al no haber realizado una división al disponer que en caso de accidente o enfermedad ajenas al trabajo se iban a pagar entre el 50 y el 75% del sueldo que cobra cada trabajador.

La modificación de ese artículo obligará a que el proyecto vuelva de nuevo al Senado ya que los bloques dialoguistas no aceptaron que se pueda hacer por una ley complementaria o la reglamentación como aspiraba el oficialismo, según señalaron fuentes parlamentaria.

 

A contrarreloj

Imagen ilustrativa

El 28 de febrero se cierran las sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación, por lo que el oficialismo tendrá los tiempos justos para aprobar el proyecto, junto al del acuerdo UE-Mercosur y el de Reforma Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad. Se trata de una meta ambiciosa, que pondrá a prueba la solidez de las alianzas parlamentarias de La Libertad Avanza en el Congreso.

En menos de 10 días, el oficialismo deberá conseguir que el plenario de comisiones de mañana, en Diputados, acepte el cambio en la redacción del proyecto, que el pleno de la Cámara baja lo apruebe este jueves, que el viernes sea enviado al Senado y, con el dictamen que exige el reglamento de ese cuerpo, se acepte discutirlo en una sesión una semana después.

El cronograma ajustado exigirá que los bloques dialoguistas de Diputados y el Senado acompañen el ritmo que necesita el Gobierno para coronar el principal objetivo político que se trazó la administración de Javier Milei: lograr una reforma laboral que no tiene antecedentes en los más de 40 años que tiene la democracia recuperada. El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, tendrá un rol clave en los días que viene, según Infobae. 

La decisión de activar este operativo político se tomó después que la mesa política y los principales negociadores de la Casa Rosada encontraron en el parlamento una fuerte resistencia a aprobar a libro cerrado lo que había llegado del Senado. “No pasa”, fue la respuesta que encontraron los emisarios del Ejecutivo en el radicalismo, el PRO y los representantes de gobernadores aliados.

El oficialismo reconoció que este “error” en el artículo 44 podía poner en riesgo los otros 200 artículos de la reforma laboral. “Esperamos aprobarlo en extraordinarias, pero no dependemos de nosotros mismos”, dijo una fuente parlamentaria la madrugada de este martes.

Es que La Libertad Avanza tiene 95 votos propios, lejos de los 129 exigidos para tener la mayoría en Diputados. Y 21 senadores, más lejos todavía de los 37 que necesita en el Senado. Para coronar el objetivo político de tener la reforma, requerirá de un compromiso de todos los sectores dialoguistas. Además, depende de que la vicepresidente Victoria Villarruel acompañe al oficialismo en apurar los trámites burocráticos del Senado.

 

El polémico artículo 44

“El error no fue haber aclarado las enfermedades severas, degenerativas o irrecuperables. Ahí tuvimos un error… Te puede pasar en 210 artículos que tiene la ley, te puede pasar, nos pasó, porque tomamos la estructura de la vieja que no distingue entre un esguince y un cáncer”, explicó Bullrich, para aventar dudas respecto de un tema que no termina de definirse a quién debe adjudicársele. Porque en efecto, en el texto original que se había dictaminado en diciembre del año pasado, esa modificación del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo no figuraba, al menos de esa manera. La corrección apareció en vísperas del tratamiento en el recinto del Senado y ya entonces se alertó sobre el tema. Las modificaciones circularon la noche anterior a la sesión en un texto donde figuraban los cambios.

¿Qué decía el texto? “Artículo 44.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones por el siguiente”, y ahí aparecía el agregado que desató la discordia: “Artículo 208.- En caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida dicha prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% (cincuenta por ciento) de su remuneración básica que perciba al momento de la interrupción de los servicios si la imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante un período de tres (3) meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o de seis (6) meses si las tuviera. La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada una enfermedad distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los dos (2) años.

Si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la salud, percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) de tal remuneración, en cualquier caso, durante el mismo periodo de tiempo dispuesto en el párrafo precedente.

La suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a percibir la remuneración parcial por los plazos previstos, sea que aquella se dispusiera estando el trabajador enfermo o accidentado, o que estas circunstancias fuesen sobrevinientes”.

No es como dijeron muchos durante estos días, que los senadores no leyeron ese texto. Hubo mucha discusión en torno al título donde figura el tema de las licencias

Fuente: Noticias Argentinas, Infobae y Parlamentario.

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Tags: Artículo 44Descuento de sueldoJavier MileiLicencias Por EnfermedadModificacionesPatricia BullrichReforma Laboral
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