La reciente creación de la Oficina de Respuesta Oficial, anunciada por el Gobierno nacional como una herramienta para “desmentir información falsa”, abrió un nuevo frente de discusión sobre los límites del Estado en materia de libertad de expresión. Mientras desde el oficialismo se presenta como un mecanismo de transparencia, especialistas en derecho constitucional advierten que su funcionamiento podría derivar en formas de censura indirecta, prohibidas por la Constitución y los tratados internacionales.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez cuestionó duramente la creación de la Oficina de Respuesta Oficial y advirtió que, desde una mirada constitucional y convencional, se trata de un intento de ejercer censura indirecta sobre las expresiones públicas, tanto periodísticas como individuales, en redes sociales y otros espacios de comunicación.
En diálogo con FM 89.3 Santa María de las Misiones, Gil Domínguez explicó que la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional -en especial la Convención Americana sobre Derechos Humanos- son explícitos al prohibir cualquier forma de censura, ya sea directa o indirecta. En ese marco, señaló que la censura indirecta es la más compleja, porque no se manifiesta a través de prohibiciones formales, sino mediante prácticas estatales que generan temor a expresarse, produciendo un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión.
Según su análisis, el Estado no necesita silenciar de manera explícita para restringir el debate público: alcanza con desplegar instrumentos institucionales que, por su peso simbólico y político, condicionen el ejercicio de la opinión crítica. En ese sentido, sostuvo que la creación de una oficina dedicada a monitorear publicaciones y señalar supuestas falsedades puede derivar, en la práctica, en descalificaciones, persecuciones o ataques a voces críticas del Gobierno.
Gil Domínguez remarcó que este tipo de mecanismos no afectan por igual a todos los actores. A su criterio, los comunicadores o usuarios alineados con el oficialismo no enfrentarían consecuencias, mientras que quienes sostienen una mirada crítica podrían ser objeto de interrupciones, estigmatización u hostigamiento, lo que erosiona uno de los pilares centrales del sistema democrático.
En esa línea, planteó una diferenciación tajante entre modelos de poder: sostuvo que un gobierno democráticamente fuerte, confiado y no autoritario no le teme a la crítica, mientras que los gobiernos con rasgos autoritarios son los que buscan controlar o disciplinar el disenso mediante herramientas institucionales.
El constitucionalista también alertó sobre una paradoja institucional en el modo en que fue presentada la Oficina de Respuesta Oficial, al señalar que su lanzamiento se realizó a través de la red social X, plataforma que ha sido utilizada por el propio presidente Javier Milei como espacio de expresión personal e interacción política. Según explicó, la coexistencia entre una oficina estatal de este tipo y el uso activo de redes por parte del Presidente abre una zona gris en términos de responsabilidades institucionales y libertad de expresión.
Consultado sobre los cuestionamientos de entidades periodísticas como ADEPA y FOPEA, Gil Domínguez consideró que la preocupación es fundada y recordó que los antecedentes del actual Gobierno frente a expresiones críticas incluyen respuestas basadas en descalificaciones, ataques coordinados en redes sociales y hostigamientos personales, una dinámica que -según advirtió- podría reproducirse y potenciarse con la creación de un organismo estatal específico.
Finalmente, sostuvo que el verdadero problema no es el anuncio formal de la oficina, sino cómo funcionará en la práctica, y bajo qué lógica política se aplicarán sus intervenciones. Desde su perspectiva, lejos de fortalecer la democracia, la iniciativa corre el riesgo de debilitar el debate público y afectar el libre ejercicio de la expresión ciudadana.
En ese mismo sentido, Gil Domínguez advirtió que la creación de la Oficina de Respuesta Oficial no puede analizarse de manera aislada, sino en un contexto más amplio de decisiones estatales que, a su entender, debilitan las garantías para el ejercicio del periodismo. Como por ejemplo la eliminación del Estatuto del Periodista, parte de una normativa regresiva, que deja a los trabajadores de prensa sin una protección específica, lo que impacta directamente en las condiciones en las que se ejerce la libertad de expresión.
Según explicó, la supresión de ese marco legal no fue reemplazada por una norma superadora, lo que implica -desde su mirada- una reducción de la tutela jurídica sobre la tarea periodística. Para el constitucionalista, a menor protección del periodista como trabajador, mayor vulnerabilidad en el ejercicio pleno de la profesión, especialmente frente a un Estado que concentra poder institucional y comunicacional.




