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Murió la Ley de Alquileres: desde enero inquilinos pagarán monto extra

Con la extinción de la norma, los contratos se actualizan bajo otro esquema. El marco vigente al inicio es el que define qué dinámica de variación aplicar.

27 diciembre, 2025

En Argentina, actualmente, casi todos los alquileres de vivienda prevén actualizaciones periódicas en el monto mensual a abonar, pero la manera de realizarlos puede ser muy diferente según lo acordado en cada contrato y según cuál era la regulación vigente al momento de la firma, que deberá respetarse hasta el final.

Así, por ejemplo, los alquileres en marcha iniciados antes del 17 de octubre de 2023 todavía están regidos por la ley 27.551, que determinaba realizar un solo ajuste cada 12 meses usando el Índice para Contratos de Locación (ICL) del Banco Central.

Los alquileres comenzados entre el 18 de octubre de 2023 y el 29 de diciembre de 2023, en tanto, deben seguir respetando la ley 27.737, que definía ajustes cada 6 meses por el Coeficiente Casa Propia (CCP).

Por su parte, los contratos celebrados del 30 de diciembre de 2023 en adelante se rigen por el “Mega DNU” 70/23 de Javier Milei, que permitió acordar libremente entre las partes tanto la frecuencia como el índice. A partir de 2024, entonces, lo más común pasó a ser el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC cada 3 o 4 meses, aunque las partes también pueden pactar actualizaciones por ICL, CCP y otras fórmulas.

En cualquier caso, si el próximo ajuste se aproxima, tanto el inquilino como el dueño de la vivienda pueden emplear una calculadora online elaborada por Clarín para conocer fácilmente el nuevo monto, o bien una estimación si las estadísticas necesarias aún no estuvieran totalmente disponibles.

El 1° de enero de 2026 tendrán su actualización trimestral por IPC muchos contratos que comenzaron el 1° de octubre de 2025 o que tuvieron en esa fecha su último ajuste. El problema aquí es que todavía no está disponible toda la información para calcular el nuevo aumento. Ya se conoce el índice inflación del primer mes (octubre, 2,3%) y del segundo mes (noviembre, 2,5%), pero el dato de diciembre aún es una incógnita: será publicado recién el 13 de enero.

Por el momento, entonces, la calculadora estima una suba acumulada del 7,5%, que debe tomarse como un resultado meramente orientativo, ya que se obtiene proyectando la información faltante a partir del último dato mensual publicado. Ante esta dificultad que surge en cada actualización, hay quienes acuerdan postergar el vencimiento hasta mediados del mes. Otra opción es que el pago se realice sin ajuste en el plazo normal y que luego el inquilino abone la diferencia cuando sea posible calcularla con exactitud.

Hay contratos, finalmente, en los que las partes acuerdan otra solución: calcular el ajuste al final de cada período tomando la inflación de los últimos tres meses publicados por el INDEC.

En esos casos, como ya se sabe que la inflación fue del 2,1% en septiembre, del 2,3% en octubre y del 2,5% en noviembre, la suba acumulada será del 7,05%, llevando, por ejemplo, un alquiler que venía en $750.000 a $802.874 para enero, febrero y marzo.

Según el último informe del portal especializado Zonaprop, en la Ciudad de Buenos Aires el valor publicado promedio de alquiler de un monoambiente (40 m²) subió a $624.727 por mes para el primer período del contrato.

Asimismo, un departamento de dos ambientes (50 m²) pasó a costar unos $729.916 por mes y una unidad de tres ambientes (70 m²) se ubicó en $987.205 por mes.

Esos precios promedio, relevados durante noviembre, marcan que los alquileres en Capital tuvieron una suba del 2,2% en el último mes y que acumularon un aumento del 32,6% en 12 meses.

Claves

Cómo calcular el aumento de alquiler por IPC paso a paso

En los contratos atados al IPC, el mecanismo es simple:

  • Identificar el período de ajuste (tres, cuatro o seis meses).
  • Sumar los porcentajes de inflación publicados por el INDEC durante ese período.
  • Aplicar ese porcentaje acumulado sobre el valor actual del alquiler.
  • El resultado será el nuevo monto que el inquilino deberá abonar a partir de enero.

¿Qué tener en cuenta tras la derogación de la Ley de Alquileres?

Con la eliminación del marco anterior, ya no existe la obligación de ajustes anuales ni de utilizar un índice específico. Cada contrato define:

  • El plazo de actualización.
  • El índice de ajuste (IPC, ICL u otro).
  • La forma de cálculo del aumento.

Por eso, desde enero, muchos inquilinos comenzarán a pagar un monto extra, determinado exclusivamente por lo acordado al momento de firmar el contrato.

Fuente: Medios Digitales

Tags: AlquileresCiudad de Buenos AiresContratos De AlquilerINDECInflaciónIPCmercado inmobiliarioVivienda
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