La veda electoral comenzó este viernes a las 8 y se extenderá hasta el cierre de los comicios del domingo a las 18. Durante este período, no se podrá difundir publicidad electoral ni realizar actos públicos de campaña, entre otras restricciones, con el objetivo de garantizar un proceso transparente y proteger el voto ciudadano, según lo establece el Código Electoral Nacional (Ley 19.945).
El artículo 71 de la norma prohíbe los actos de proselitismo político, la publicidad de partidos o candidatos, la publicación de encuestas o sondeos preelectorales y la venta de bebidas alcohólicas desde la noche previa a la elección. Quienes incumplan estas disposiciones podrían recibir sanciones o penas de prisión.
Además, durante la jornada electoral y hasta tres horas después de su finalización, no podrán realizarse espectáculos públicos, ya sean al aire libre o en recintos cerrados, como fiestas, eventos teatrales, deportivos o reuniones que no estén vinculadas al acto electoral.
También se prohíbe el funcionamiento de locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas de votación. En caso de infracción, la Junta Electoral Nacional puede ordenar su cierre transitorio.
Respecto al consumo de alcohol, se dispone el cierre de los establecimientos destinados a su venta hasta tres horas después del cierre de los comicios.
Por otra parte, no está permitido tomar fotografías de la Boleta Única de Papel (BUP) durante el proceso de votación. Quienes violen esta disposición o el secreto del voto, u ofrezcan boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas, podrían enfrentar penas de prisión de 1 a 3 años.
En los casos más graves, el Código Electoral prevé penas de entre 1 y 10 años de prisión para quienes cometan delitos penados durante el proceso electoral.
Fuente: Agencia de Noticias NA





