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¿SAS o Monotributo? El desafío de elegir el “traje jurídico” ideal para emprender

Elegir la figura legal adecuada puede marcar la diferencia entre crecer o quedar estancado: cada emprendimiento tiene su propio momento y estructura ideal.

20 octubre, 2025

I. El punto de partida del emprendedor

Emprender implica tomar muchas decisiones, y una de las más importantes es elegir la forma jurídica adecuada. En Argentina, el monotributo es la puerta de entrada más común para quienes inician una actividad económica. Sin embargo, con el crecimiento del negocio o la necesidad de incorporar socios, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) aparece como una opción moderna, flexible y con respaldo legal.
La elección del “ropaje jurídico” no es menor: de ella dependen los costos, las responsabilidades, la posibilidad de acceder a créditos, contratar empleados y proyectar crecimiento.

II. Monotributo: simple, económico y personal

El monotributo es un régimen simplificado que unifica impuestos nacionales (IVA, Ganancias) y aportes previsionales.

Ventajas principales:
• Inscripción rápida y económica.
• Bajos costos administrativos y contables.
• Ideal para actividades unipersonales con facturación limitada.
• Acceso a cobertura previsional y obra social.

Limitaciones:
• Tope de facturación anual.
• No permite tener socios.
• El patrimonio personal no está separado del empresarial.
• Dificulta proyectar crecimiento o participar en licitaciones y contratos grandes.

III. La SAS: un traje más formal, pero con ventajas a largo plazo

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), fue creada por la Ley 27.349. Permite constituir una sociedad de manera ágil, incluso digital, y con un único socio si se desea.
Efectivamente, dicha ley, sancionada en el año 2017, se denomina precisamente “Ley de Apoyo al Capital Emprendedor”. Su objetivo fue apoyar la actividad emprendedora en el país y extender la mirada a la expansión internacional, así como generar capital emprendedor en la Argentina, considerando que dicha actividad tiene presencia geográfica en todas las provincias del país, buscando fomentar su desarrollo a través de las distintas actividades productivas.
Tan es así que la propia ley se encarga de definir qué se entiende por “Emprendimiento”, y a quienes se considera “Emprendedores”. (Art. 2) Nos interesa enfatizar esta última definición, dado que la ley considera “Emprendedores”: a aquellas personas humanas que den inicio a nuevos proyectos productivos en la República Argentina, o desarrollen y lleven a cabo un emprendimiento en los términos de esta ley”.

IV. ¿Qué es una SAS y para qué sirve?

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es una forma societaria o tipo social destinada a que uno o más emprendedores puedan constituir una empresa de manera ágil, flexible y con responsabilidad limitada. La idea fue simplificar la creación de sociedades por parte de emprendedores, tal como surge de la ley de creación.

Principales beneficios:

• Responsabilidad limitada: el patrimonio personal queda separado del empresarial.
• Rapidez y simplicidad de constitución: se puede constituir en muy poco tiempo.
• Flexibilidad: puede tener un solo socio o varios, sin tope.
• Bajo capital mínimo: solo dos SMVM (mucho menor que una SA tradicional).
• Menos burocracia: no exige rubricar libros en papel.
• Protección patrimonial: limita la responsabilidad al capital aportado.
• Facturas A: desde el primer día.
• Imagen profesional: otorga respaldo y confianza a la marca.

V.- ¿Puedo constituir una SAS siendo una única persona?

Sí, lo podés hacer ya que las SAS admiten un único socio. Es más, fueron pensadas justamente para estos casos, dando la opción de limitar la responsabilidad al emprendedor individual. No obstante, aunque haya un solo accionista, necesitás al menos dos personas para la administración, con lo cual tendrás:
– Un administrador titular: que serás vos mismo, que decidís emprender.
– Un administrador suplente: que tiene que ser otra persona.

Ambos firmarán el instrumento constitutivo

Un dato importante es que el administrador suplente no necesita ser socio: puede ser un familiar o una persona de confianza.

VI.- Costos para constituir y para mantener una SAS

Si bien es cierto que el costo de constitución de una SAS es mucho menor al de constitución de una SA o de una SRL, el verdadero costo viene después:
• Aportes Autónomos del administrador.
• Honorarios del contador.
• IVA mensual, Ganancias anual (no podés optar por monotributo), e Ingresos Brutos.
• Impuesto al cheque, con posibilidad de tomarlo como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias
• Declaraciones juradas fiscales obligatorias, aunque no tengas movimientos.
Por lo tanto, el mantenimiento de una SAS no es para cualquier emprendimiento por lo que, si tu facturación no lo amerita, es probable que te convenga seguir como o monotributista.
VII.- Otras obligaciones
Una SAS debe llevar libros digitales obligatorios: Libro Diario, Inventario y Balances, Registro de Acciones, Actas. También debe confeccionar Estados Contables anuales, aunque desde el año 2024, no es obligatorio presentarlos ante el Registro de Comercio. Además, todas las decisiones societarias deben documentarse en actas digitales.
Otro punto no menor es que, incluso sin movimientos, estás obligado a presentar las declaraciones juradas impositivas y pagar aportes autónomos del Administrador. Si no lo hacés, ARCA puede suspender la CUIT y aplicar multas.

VIII. ¿Cuándo conviene pasar del monotributo a una SAS?

El paso es recomendable cuando:
• El negocio quedó grande para manejarlo informalmente.
• La facturación se acerca o supera los topes del monotributo.
• Se incorporan socios o empleados.
• Se busca financiamiento o formalizar relaciones comerciales con grandes clientes.
• Se desea separar el patrimonio personal del riesgo empresario.
• Se proyecta expansión, profesionalización del negocio o exportar bienes o servicios.
Antes de saltar a una SAS conviene evaluar un paso intermedio que sería la posibilidad de pasarte de Monotributista a Responsable Inscripto.
Un dato clave resultaría evaluar entre la simplicidad administrativa y necesidad de formalidad.

IX. ¿Cuáles son los beneficios que SI te aportan las SAS?

La SAS puede inscribirse en el Registro MiPyME y acceder a ventajas como pagos de IVA a 90 días, pueden acceder a la reducción de contribuciones patronales y al acceso a créditos preferenciales.
Además, la limitación de responsabilidad es un factor clave, ya que no estará en juego todo tu patrimonio porque los socios responden sólo hasta el monto de sus acciones suscriptas, protegiendo tu patrimonio personal, salvo los casos de fraude o de abuso.

X. Errores que debes evitar

Uno de los más importantes es dejar la sociedad abandonada sin darle de baja formal, ya que en este caso las multas se acumulan rápidamente. Si no vas a tener actividad por un tiempo, lo mejor es dar de baja los impuestos y seguir cumpliendo con las presentaciones mínimas

XI. Conclusión: cada etapa, su forma jurídica

La SAS puede ser una herramienta muy útil o aportarte un gran problema. Cada etapa de tu emprendimiento deberá evaluarse y acomodarse a la forma jurídica adecuada. La SAS no se ajusta a todos los casos, aunque puede darte formalidad, protección y facilidades financieras para desarrollarte.
Si estás facturando bien como monotributista y no necesitás socios ni inversión, quizás todavía no es tu momento. Tené en cuenta que los errores en la constitución o en la operatoria diaria pueden resultar muy caros.
Debes evaluar tu situación actual, hacer una proyección para tus próximos 12-24 meses y luego decidir, con el debido asesoramiento profesional, evaluando los objetivos, el tipo de actividad y el horizonte de crecimiento.

Fuentes:
• Ley 27349 Apoyo al Capital Emprendedor. Recuperada en https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27349-273567/actualizacion
• Contablix (18 de septiembre de 2025). “¿Realmente necesito una SAS? Y…capaz sí”. Contablix.ar. blog. Recuperado en https://contablix.ar/blog/sas-en-argentina-todo-lo-que-necesitas-saber-antes-de-armar-una-sociedad-guia-completa-2025/

Tags: MonotributoSAStraje jurídico
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Primera Plana en la FM 89.3! 🎙️📻¡Actualidad, música y buena energía!
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El escritor posadeño Roberto Lagier presentará  su  libro “Posadas, su historia”, una obra que busca rescatar los orígenes y la identidad de la capital misionera.Siempre me enojó que se subestimara tanto a Posadas como ciudad nueva. Quise demostrar que tenemos mucha más historia de la que creemos, que no somos una ciudad ni una provincia reciente”, explicó. El libro parte de los tiempos de Roque González en 1615, recorre la etapa jesuítica —“una época tremenda, con más de 200 mil habitantes en la zona cuando en Montevideo había apenas 35 mil”— y llega hasta 1954, año de la provincialización de Misiones.Lagier detalla que el trabajo combina relatos y fotografías antiguas para facilitar la lectura y generar conexión emocional con la ciudad. “Queríamos que la gente vea, entre imágenes y anécdotas, cómo fue que llegamos hasta hoy”, comentó.
Gerardo Strejevich, corresponsal de FM de las Misiones, analizó desde Buenos Aires el debate legislativo en torno a la regulación de la inteligencia artificial. El diputado cordobés Oscar Carreño advirtió que “faltaron consensos” y pidió “actualizar las leyes sin crear más burocracia estatal”.
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Misiones (CIM), Jorge Ferreira, analizó la situación del mercado de alquileres en Posadas y sostuvo que el cierre de 2025 encuentra al sector con menor movimiento que otros años. “Se nota un retraimiento de la demanda. Normalmente en noviembre y diciembre ya empiezan las consultas por los cambios de vivienda, pero ahora el mercado está bastante quieto”, explicó en diálogo radial.Ferreira indicó que, pese a que la inflación se desaceleró, los alquileres se ajustan con índices que contemplan la variación inflacionaria y salarial, y que los precios “se están adaptando a la situación actual”. “Tengo inmuebles que no se están alquilando y en esos casos planteamos la posibilidad de una rebaja. No conviene tener la propiedad vacía, es preferible bajar el precio y alquilar más rápido”, afirmó.
Nicolas Maradona  - periodista de PRIMERA EDICIÓN
La periodista Gisela Fernández analiza la creciente tensión educativa en Misiones: salarios docentes sin aumento, falta de diálogo con el Gobierno y denuncias judiciales contra gremialistas por protestas. El FETEL organiza nuevas medidas de fuerza (12, 18, 25 y 26 de noviembre) mientras el poder judicial avanza contra dirigentes. Situación inédita que expone el uso de la justicia como presión política sobre el sector educativo. 🎓🔥
A pocas semanas de las fiestas, los panaderos misioneros vuelven a encender los hornos con la esperanza de que diciembre traiga un respiro tras un año complicado. “El 2025 fue difícil, las ventas bajaron mucho y la gente tiene menos dinero. Pero seguimos con la esperanza de que las fiestas sean buenas”, señaló Omar Acosta, presidente del Centro de Industriales Panaderos.Acosta reconoce que el consumo se resintió: “Antes la gente se llevaba una docena de facturas, ahora compra media. Se compra lo justo, lo que alcanza”. Sin embargo, en los mostradores ya se empieza a sentir el aroma del pan dulce y los budines, productos que marcan el pulso de esta época.
El Gobierno nacional publicó el decreto 787, que elimina el control del Ejecutivo sobre el valor de las cuotas de los colegios privados. Sin embargo, desde el Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM) aclararon que la medida no tendrá impacto en la provincia.📻 En diálogo con FM de las Misiones 89.3, en el programa #ElAireDeLasMisiones, la periodista Gisela Fernández, de Primera Edición, explicó que Misiones cuenta con una legislación propia que regula las instituciones educativas privadas.🗣️ “El decreto 787 no posee aplicación práctica ni jurídica en Misiones, porque la materia arancelaria de la educación privada constituye competencia exclusiva provincial”, señaló al citar el comunicado oficial del SPEPM.📄 Fernández recordó que la Ley VI-46 (ex Ley 2987) otorga al SPEPM la facultad de supervisar, clasificar y reglamentar los establecimientos de gestión privada, incluyendo la autorización de los porcentajes de aumento en las cuotas.💬 “Cuando se conoció la publicación del decreto, muchos pensaron que los colegios podrían fijar libremente sus valores. Pero el SPEPM aclaró que nada cambia en Misiones: sigue siendo el ente que regula los incrementos”, explicó.📈 Actualmente, el último aumento autorizado por el SPEPM fue del 60%, aunque desde el organismo reconocen que los ajustes buscan compensar los años en los que no se permitieron incrementos pese a la inflación.💰 En cuanto a las inscripciones para el ciclo 2025, Fernández advirtió que no están dentro del control del SPEPM, motivo por el cual “están bastante elevadas, en algunos casos casi el doble del valor de una cuota mensual”.#Educación #ColegiosPrivados #SPEPM #Misiones #FMDeLasMisiones #ElAireDeLasMisiones #Decreto787 #CuotasEscolares #PrimeraEdición
A pocos días de cumplirse dos años de la desregulación del mercado yerbatero —implementada por el presidente Javier Milei mediante el DNU 70/2023—, productores de Misiones aseguran que la situación del sector “empeoró” y que aún mantienen una “remota esperanza” de que se restituyan las facultades del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).“Estamos próximos a cumplir ese tiempo y lamentablemente la situación de la actividad viene cada vez peor”, expresó el productor yerbatero Jorge Skripczuk, quien advirtió que la medida “golpeó principalmente a los pequeños y medianos productores, a los cosecheros y a las industrias chicas”.El misionero sostuvo que “no se pierde la esperanza”, aunque admitió que “se ve muy lejos la posibilidad de que el Gobierno retroceda en su modelo económico”. En ese sentido, lamentó la falta de respuestas por parte del Estado: “No vemos mucho interés y tampoco la justicia respondió a los planteos que hicimos. La tendencia es a monopolizar la actividad”.
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