Luego de la aprobación de la “tenencia exprés” de armas de fuego y la baja de 21 a 18 años en la edad para ser legítimo usuario y comprar armas, el Gobierno dio otro paso al establecer un régimen de “control especial” para adquisición y tenencia de armas semiautomáticas.
Lo hizo por medio del Decreto 397/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
En la normativa, Nación argumenta que “resulta necesario reevaluar los mecanismos dispuestos” para su control y ordenó a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) a aplicar el sistema.
“Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios de armas de fuego”, estableció el presidente Javier Milei en el documento que también lleva la firma del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich.
La nueva normativa suplanta la reglamentación del Decreto N° 64 del 17 de enero de 1995, la cual prohibía su uso y acceso.
Además, encomendó: “La Anmac, organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional, podrá autorizar a legítimos usuarios de armas de uso civil condicional la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR. A tal efecto, los referidos legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas”.
A modo de justificación de la nueva normativa, el Gobierno señaló que el decreto cuenta con más de 30 años y es necesario “reevaluar” los mecanismos de control, los cuales deben “reflejar un particular equilibrio entre la posibilidad de la adquisición o transferencia de tales armas de fuego, con los recaudos derivados de la seguridad pública o común”.
“Durante más de 30 años, el ex Registro Nacional de Armas y la Anmac han elaborado una profusa doctrina administrativa en torno a las eventuales autorizaciones que, bajo un régimen de excepción al principio de prohibición general que dimana de la actual operatoria, ha experimentado variaciones a lo largo de su aplicación, que en las últimas décadas conllevaron a la aplicación de criterios más restrictivos y rigurosos tendientes a restringir al mínimo la concesión de tales permisos”, explicaron.
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