La compraventa de vehículos, especialmente en la zona norte de Misiones, presenta un alto grado de informalidad: en más del 60% de los casos la operación se limita a la confección del formulario 08, que muchas veces queda sin completar, y la transferencia queda indefinidamente postergada. Este escenario genera múltiples complicaciones legales y administrativas para los compradores, sobre todo cuando los vehículos son retenidos por infracciones. La situación se volvió más compleja desde que el Juzgado de Faltas de Eldorado perdió acceso a la base de datos de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA), tras la caída del convenio ocurrido en marzo último.
“Antes podíamos verificar la denuncia de venta en la base de datos nacional, lo que nos permitía tener cierta certeza sobre el poseedor. Ahora ya no tenemos elementos para confirmar la titularidad, y corremos el riesgo de entregar el bien a cualquier persona”, explicó a PRIMERA EDICIÓN la jueza de Faltas, Noelia Ortiz.
En los últimos días, según relató, aparecieron personas con formularios 08 firmados por titulares ya fallecidos, o con documentos duplicados y contradictorios. Frente a ese panorama, el municipio resolvió aplicar con mayor rigor el cumplimiento de la ley: los vehículos retenidos solo serán entregados a su titular registral, quien deberá presentar cédula verde, licencia de conducir, seguro, y verificación técnica vehicular (VTV).
En los casos en que el titular no coincida con quien cometió la infracción, se exigirá un formulario 08 cerrado, además del inicio del trámite de transferencia.
“No podemos entregar vehículos sin tener certeza de su titularidad. La información que brindaba la DNRPA es mucho más completa y no puede ser suplida por la base de datos de la Agencia Tributaria de Misiones (ATM), que solo indica datos por la patente y no hay forma de comprobar a quién pertenece el bien”, señaló Ortiz.
“La denuncia de venta es clave”
La jueza también subrayó la importancia de realizar la denuncia de venta al desprenderse de un vehículo. Si no se informa oficialmente esa operación, quien figura en el registro sigue siendo civil y penalmente responsable.
“No es poca la gente que no se acostumbra a hacer esa gestión, y eso le trae consecuencias en caso de accidentes, robos o uso indebido de la patente”, alertó.
Gabriela Fernández, mandataria de Eldorado, confirmó que muchas personas compran vehículos -especialmente motos- sin completar correctamente los trámites: “Hay quienes no tienen ni siquiera el formulario 08, o lo pierden, se les vence, o directamente no saben cómo usarlo. Cuando está cerrado, transferir implica más pasos, y la gente no quiere complicarse. Pero no lo hacen y después aparecen los problemas”, advirtió.
Según Fernández, se han detectado incluso formularios 08 duplicados, fojas notariales falsificadas y documentación apócrifa. Por eso, los gestores comenzaron a verificar exhaustivamente cada documento: “La mejor forma de evitar conflictos es hacer las cosas bien desde el principio”, sostuvo.
Nuevos obstáculos
Otro obstáculo, aseguró la mujer, es que ya no se puede consultar el estado de un formulario 08 en cualquier registro. “Por ejemplo, el registro de Eldorado no tiene acceso a datos de un registro de Corrientes. Eso también limita nuestro margen de acción si el bien retenido en Eldorado se registró en Corrientes”, advirtió.
Por su parte, Roberto Delgado, presidente de la Cámara de Mandatarios y Gestores de Misiones planteó que aún persisten las trabas actuales con la emisión de cédulas y chapas patentes en el momento de la inscripción de una moto o auto.
“Si un vehículo es retenido por una infracción, en algunas comunas es muy difícil recuperarlo si no está transferido, pese a que no existe una norma nacional que exija que la transferencia esté hecha para retirarlo”, afirmó Delgado.
El mandatario aclaró que circular con un formulario 08 vencido -es decir, con más de 90 días sin hacer la transferencia- es motivo de detención del vehículo. Sin embargo, “si el 08 está vigente y bien confeccionado, no hace falta haber hecho la transferencia para recuperar el bien: solo hay que demostrar que uno es el poseedor legítimo”.
“Todo depende, en última instancia, de las normativas locales. Hay municipios donde la única persona facultada de retirar un vehículo que fue retenido es el titular registral, mientras que en otros lo puede hacer quien demuestre que es el poseedor legal”, concluyó.