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Firma digital: ¿Qué es? ¿Puedo tener certificado de firma digital?

JURÍDICOS DE PRIMERA.

5 enero, 2025

En nota anterior nos referimos a la firma digital y su diferencia con la firma electrónica, su valor como prueba y otros aspectos interesantes sobre este tema tan actual (https://www.primeraedicion.com.ar/nota/100949399/la-importancia-de-la-firma-en-los-documentos/)

En esta, abordaremos que NO es firma digital, la posibilidad para cualquier persona de acceder a un certificado de firma digital y cómo efectuar el trámite.

Recordemos que la Ley 25.506 es la que regula todo lo atinente a firma digital, firma electrónica y documento digital entre otras cuestiones, entendiéndose por Firma digital el “… resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma…”. Quiere decir que la comprobación, realizada en base a operaciones matemáticas, permite saber que la firma, colocada en un documento digital, es única, auténtica y puede ser verificada por la persona que recibe ese documento.

La firma digital funciona a través de criptografía ASIMÉTRICA o de clave pública por lo cual para encriptar y desencriptar se utilizan dos claves distintas, que son claves numéricas que se denominan clave privada y clave pública. 

 

¿Por qué es segura mi Firma Digital?

Porque se basa en la generación de dos claves (una Pública y una Privada), que estarán relacionadas matemáticamente entre sí, donde se utiliza una de ellas para firmar y otra para Verificar la misma.

Este mecanismo matemático impide que sabida una de las claves se pueda calcular la otra clave. Este procedimiento es conocido como Criptación asimétrica o de clave pública.

 

¿Qué NO es Firma digital?

• Una firma digitalizada, es decir, una firma manuscrita escaneada.

• Una contraseña o password.

• Un sistema biométrico.

• Un sistema de autenticación.

• Una firma electrónica.

• Un documento encriptado, ya que éste solo garantiza la confidencialidad.

 

¿Es posible tener ¿Cuáles son los requisitos?

Cualquier persona puede tener Firma digital para lo cual se necesita un CERTIFICADO DIGITAL que es  un documento otorgado por un certificador autorizado, que puede ser empresas, registros u organismos públicos autorizados especialmente al efecto, que vincula los datos de verificación de firma a su titular (art.13 Ley 25.506).

 

¿Tiene plazo de validez?

Sí. Dado que el Certificado de firma digital tiene un plazo de vigencia, la firma digital solamente es válida cuando es hecha dentro de ese plazo.

 

¿Cuál es el período de validez de un Certificado de Firma Digital?

Los certificados emitidos tienen un período de validez de cuatro (4) años a partir de su fecha y hora de emisión.

 

¿Quiénes pueden ser CERTIFICADOR LICENCIADO?

Toda persona de existencia ideal, registro público de contratos u organismo público que expide certificados, presta otros servicios en relación con la firma digital y cuenta con una licencia para ello, otorgada por el ente licenciante (art.17 de la Ley 25.506).

Por lo tanto, las firmas digitales, así como los certificados que permiten su verificación, son herramientas fundamentales, para otorgar validez a los documentos electrónicos. Es por eso que la tecnología que permite su utilización requiere de especial cuidado, para lo cual se utilizan estándares tecnológicos basados en normas y protocolos internacionalmente aceptados, lo cual asegura la interoperabilidad de las aplicaciones y entre Certificadores Licenciados nacionales con las infraestructuras de Claves Públicas de otros países.

En consecuencia, frente a cualquier transacción que involucre el uso de una firma digital o de un certificado digital, la adopción de estándares tecnológicos internacionalmente aceptados permite asegurar un proceso de verificación de dichas firmas, otorgando seguridad técnica y legal a las transacciones electrónicas.

 

¿Qué es la Plataforma de Firma Digital Remota?

Es una plataforma en línea que centraliza el uso de la firma digital y da certificados digitales gratuitos para usar firma digital, plataforma que protege las firmas digitales del uso no autorizado y asegura la confidencialidad y confianza en los servicios.

 

¿Cuáles son sus características?

• Seguridad la que está garantizada por la criptografía asimétrica que asegura la autenticidad de la firma.

• Validez jurídica, ya que tener tu firma digital te permite firmar documentos electrónicos digitalmente con la misma validez jurídica que una firma de puño y letra, con las salvedades que abordamos en la nota “La importancia de la firma en los documentos”.

• Múltiples usos, ya que podés realizar trámites en entidades públicas y privadas, pudiendo firmar digitalmente cualquier archivo en formato PDF.

• Autenticidad e integridad del documento, ya que podrás identificar al autor fácilmente y verificar si ese documento fue alterado, lo cual asegura la autoría e integridad del mismo.

 

¿Cómo solicitar la firma digital remota?

En el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-firma-digital-remota-sin-token podrás PEDIR TURNO y seleccionar las autoridades de registro (AR).

Para el resto de las autoridades de registro, podrás comunicarte con la que corresponda según el trámite, consultando el listado de Autoridades de Registro en este link  https://firmar.gob.ar/RA/info, pudiendo seleccionar la sucursal, donde conocerás también quienes son los oficiales de registro autorizados.

Tené en cuenta que hay certificados que se otorgan con token -AC-ONTI- que es la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información, entidad que ejerce las funciones de Autoridad Certificante

Los certificados que se otorgan sin token, son los certificados de la AC-MODERNIZACIÓN, que se dan UNICAMENTE A PERSONAS HUMANAS.

La firma digital remota (sin token) sirve únicamente para firmar digitalmente archivos en formato PDF a través del Firmador.

 

¿Qué necesito?

• Tener acceso a una cuenta de correo electrónico.

• Tener un teléfono inteligente con una aplicación instalada para generar el OTP (One Time Password). Esta app te permitirá generar contraseñas temporales que utilizarás como uno de los tres (3) mecanismos de autenticación.

• Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de CUIL o CUIT.

 

¿Cómo hago el trámite?

1. Sacá un turno en la Autoridad de Registro más cercana o consulta en AR con turnero propio.

Podés consultar el listado de todas las Autoridades de Registro del país, en el siguiente link https://firmar.gob.ar/RA/info

2. El Oficial de Registro te solicitará la documentación requerida, te tomará los datos biométricos y te guiará en el proceso.

3. Una vez finalizado el trámite, podés firmar digitalmente a través del FIRMADOR de la Plataforma de Firma Digital Remota (PFDR) https://firmar.gob.ar/firmador/#/

 

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite? ¿Cuál es su costo?

El trámite lleva solamente 30 minutos y es gratuito.

La Autoridad Certificante no percibe arancel alguno por la emisión del certificado. No obstante, no quedan incluidas dentro del concepto de gratuidad la gestión administrativa que pueda desarrollarse en las Autoridades de Registro.

 

¿Cuáles son los beneficios de la firma digital?

Firmar digitalmente documentos electrónicos sin token, permite mayor eficiencia y rapidez, con reducción de costos, siendo de fácil verificación, pudiendo acceder desde cualquier dispositivo electrónico, otorgando seguridad jurídica a las transacciones.

 

 

Fuentes:

• Ley 25.506. Firma Digital. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-25506-70749/actualizacion

• Firma digital. Recuperado en  https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/firma-digital

• Preguntas frecuentes PFDR. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/firma-digital/plataforma-de-firma-digital-1

• Plataforma de Firma Digital Remota PFDR. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/firma-digital/plataforma-de-firma-digital

Solicitar Firma Digital Remota sin Token Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-firma-digital-remota-sin-token

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Tags: CertificadoDocumentosEncriptaciónFirma DigitalJurídicos de Primera
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FM 89.3

Las ventas por las fiestas de Navidad dejaron un balance positivo para el comercio de Posadas, con un consumo que mostró planificación previa, búsqueda de precios y una marcada preferencia por segundas marcas y alternativas más rendidoras.
Así lo aseguró el comerciante posadeño Nelson Lukowski, quien destacó que el movimiento superó las expectativas y se mantuvo en niveles similares, e incluso levemente superiores, a los del año pasado
En una jornada atípica para el calendario legislativo, el Senado de la Nación sesionó este viernes 26 de diciembre para avanzar en el tratamiento del Presupuesto 2026, una ley clave para el Gobierno nacional. La sesión estuvo atravesada no solo por el debate económico, sino también por un fuerte cruce político y un episodio interno que generó tensión en el recinto.Desde el Congreso, el corresponsal de FM de las Misiones y Primera Edición, Gerardo Strejevich, explicó que “nadie preveía que íbamos a estar sesionando un 26 de diciembre, pero el Senado está tratando el Presupuesto 2026, que ya tiene media sanción de Diputados y ahora busca convertirse en ley”.
La creciente cantidad de siniestros viales en Misiones, especialmente aquellos que involucran a motociclistas, volvió a encender las alarmas. Desde la Asociación de Motociclistas Misioneros, su presidente Alejandro Melgarejo trazó un duro diagnóstico de la situación actual y cuestionó con firmeza las políticas de seguridad vial que se vienen aplicando en la provincia.“Estamos hablando de aproximadamente 300 víctimas fatales en lo que va del año, más de 80 víctimas más que el año pasado. Son 300 familias destruidas, y eso es gravísimo”, advirtió Melgarejo, al remarcar que el escenario es aún más preocupante por la falta de información oficial y de un plan de contingencia claro. “No tenemos datos oficiales, no hay responsables a la vista y tampoco respuestas para las familias”, sostuvo.
A pesar de la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia sonora, la noche del 24 y la madrugada del 25 de diciembre volvieron a estar marcadas por estruendos en distintos barrios de la ciudad. Desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) advirtieron que este año se registraron más reclamos que en 2024 y que, en algunas zonas, “no hubo prácticamente ninguna diferencia con los tiempos previos a la normativa”.Así lo expresó Eduardo Sisto, presidente de la fundación, quien lamentó que “volvimos a unos años atrás porque un grupo importante de ciudadanos no entiende lo que es la convivencia respetuosa”. “A mucha gente le importó muy poco la salud integral de las personas con autismo, de los niños, de los ancianos y de las mascotas, y tiraban cohetes como si nada”, señaló.
El tradicional mercado La Placita vivió una Navidad con un movimiento comercial positivo que sorprendió incluso a los propios comerciantes. Así lo afirmó María Eva Duarte, referente y locataria del paseo, quien destacó que las ventas estuvieron por encima de lo que se esperaba en un contexto económico complejo.“La verdad es que no nos podemos quejar, fue más de lo que nos imaginábamos”, aseguró Duarte al hacer un balance de los días previos a la Navidad. Si bien reconoció que el nivel de ventas no alcanzó al de otros años, remarcó que “estuvo bien, estuvo bien, gracias a Dios”, lo que permitió cerrar las fiestas con alivio y optimismo.
El Parque Nacional Iguazú y el Área Cataratas celebraron la Navidad con una noticia que reafirma la fortaleza del destino turístico: el 25 de diciembre se alcanzó el ingreso del visitante número 1.500.000 en lo que va de 2025. El dato fue confirmado por Nicolás Benítez, director de Marketing del Ente Municipal de Turismo de Iguazú (ITUREM), quien destacó el buen nivel de ocupación y las perspectivas alentadoras para la temporada de verano.“Estamos gratamente sorprendidos por el movimiento que se está dando en el destino. Hace bastante tiempo no teníamos una ocupación tan notable en estas fiestas”, señaló Benítez, al referirse al flujo turístico registrado durante Nochebuena y Navidad.
Los siniestros viales vinculados al consumo de alcohol volvieron a ocupar un lugar central en la agenda durante el último fin de semana, especialmente en la noche del 24 de diciembre. Frente a este escenario, la jueza de Faltas de la dependencia N.º 3 de Posadas, Bettina Alejandra Balbachán, advirtió que el problema excede ampliamente a las sanciones y puso el foco en un cambio cultural profundo.“No hablamos de accidentes, hablamos de siniestros, y lamentablemente venimos viendo un incremento sostenido, sobre todo en fechas festivas”, señaló la magistrada, al tiempo que remarcó que los niveles de alcoholemia detectados no son excepcionales. “Un dosaje de 1,57 no es el más alto que he visto, es un número habitual, y en fechas festivas suele ser incluso mayor”, afirmó.
En el marco de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) renovaron el pedido de evitar el uso de pirotecnia sonora y apostar por festejos más empáticos e inclusivos. Así lo expresó Patricia Caramuto, integrante de la entidad, quien remarcó la importancia de “ponerse en el lugar del otro” a la hora de celebrar.“Cuando hablamos de festejos, de compartir y de inclusión, también hablamos de la importancia de evitar la pirotecnia justamente en estas fiestas y celebrar con un poco más de empatía”, sostuvo Caramuto, al señalar que el impacto del ruido no afecta solo a personas con autismo, sino también a adultos mayores y mascotas.
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