El año 2025 tendrá feriados inamovibles y otros trasladables, y también días “no laborables” con fines turísticos, que reemplaza a los feriados “puente” que existían hasta el momento.
A través del Decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció los tres días no laborables para el años entrante: los viernes 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei se basa en la Ley N° 27.399, que autoriza a la Nación a designar hasta tres días feriados o no laborables al año, los cuales deben coincidir con lunes o viernes, con el objetivo de fomentar el turismo interno en el país.
La normativa señala que estos días tienen como fin atenuar los efectos negativos de la estacionalidad en el sector turístico, procurando distribuir los flujos turísticos a lo largo del tiempo. El decreto está firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.
Los días no laborables
• El 2 de mayo de 2025 caerá un viernes, lo que generará un fin de semana largo, ya que el Día del Trabajador se conmemora el 1 de mayo.
• El 15 de agosto también será viernes, marcando el inicio de la conmemoración del Paso a la Inmortalidad de José de San Martín, una fecha dedicada a recordar al héroe que liberó a Argentina, Chile y Perú.
• El 21 de noviembre será igualmente un viernes, coincidiendo con el día siguiente al Día de la Soberanía Nacional, que recuerda la Batalla de la Vuelta de Obligado, un enfrentamiento ocurrido el 20 de noviembre de 1845, clave en la defensa de la soberanía del país.
Desde su inclusión en el calendario oficial, este último feriado suele trasladarse para crear fines de semana largos. Este año, el Día de la Soberanía se celebró el 18 de noviembre, un lunes.
Por qué no serán días feriados
Cabe destacar que las fechas establecidas por el Gobierno para 2025 no serán consideradas feriados, sino días no laborables con fines turísticos. Esto significa que las empresas tendrán la facultad de decidir si otorgan o no el día libre a sus empleados.
Además, según información oficial, la diferencia con los feriados radica en que los días no laborables no implican el cumplimiento de tareas adicionales o extraordinarias, por lo que el salario a abonar será el normal, independientemente de si se trabaja o no.
Los feriados de 2025
Por su parte, de cara a 2025, se confirmó que las fechas de Carnaval serán los días lunes 3 y martes 4 de marzo. Esto es porque las Pascuas serán recién el 20 de abril, por lo cual el 17 y 18 de ese mes será Semana Santa, ante lo cual se debe tomar en cuenta que solo el viernes 18 es considerado feriado nacional.
Feriados inamovibles
• Miércoles 1° de enero: Año Nuevo.
• Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval.
• Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
• Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
• Viernes 18 de abril: Viernes Santo.
• Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador.
• Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
• Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
• Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia.
• Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
• Jueves 25 de diciembre: Navidad.
Trasladables
• Martes 17 de junio (según la ley, se correría al lunes 16): Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
• Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
• Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
• Jueves 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional. (Se mantendría porque el 21 es “puente”)
Fuente: ElOnce.