Jorge Antonio Rojas, Cristina Irene Leiva, Roberto Rubén Uset, Ramona Beatriz Velázquez, Cristian Marcelo Benítez, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, Froilán Zarza, María Laura Niveyro y Juan Manuel Díaz, los nueve ministros que integran el Superior Tribunal de Justicia de Misiones coincidieron y anularon la absolución de un posadeño de 38 años acusado de haber abusado sexualmente de una hija cuando tenía 3 años.
La causa se inició en el 2016 en la Primera Circunscripción Judicial provincial y llegó al Tribunal Penal 1 cuatro años después bajo la imputación de “abuso sexual sin acceso carnal calificado por el vínculo”.
La denuncia fue realizada por la madre de la víctima quien además se presentó como querellante en la instrucción del expediente, aportó pruebas y testigos y acompañó el proceso ya cuando se aguardaba por su esclarecimiento en debate oral, no público por tratarse de un delito contra la integridad sexual.
El juicio finalmente, se realizó en marzo de 2023 y tuvo como presidente del TP-1 a Ángel Dejesús Cardozo y como vocales a Viviana Gladis Cukla y Gustavo Arnaldo Bernie. Y tuvo un desenlace polémico, no porque la decisión unánime fue la de absolver por el beneficio de la duda al encartado, sino por la decisión de los jueces de considerar fuera del debate a la querella y no incorporar a la producción de prueba en las audiencias todo lo aportado, entre ello, el requerimiento con la acusación correspondiente.
¿Por qué tomó esa decisión el Tribunal Penal 1? Según pudo reconstruir PRIMERA EDICIÓN, consultando a fuentes en el quinto piso del Palacio de Justicia (de las avenidas Santa Catalina y Centenario), Cardozo, Cukla y Bernie ante la renuncia dos días antes del inicio del juicio del abogado patrocinante de la querella resolvieron que ese lugar clave debía considerarse como desistido.
Lo hicieron, se presume, sin considerar que la madre de la víctima se presentó al debate y solicitó, incluso con la anuencia de la Fiscalía, que se prorrogara por 72 horas al menos el arranque de las audiencias para que pudiera conseguir un letrado que asumiera el cargo. Había solicitado al Colegio de Abogado de Misiones y la delegación nacional de la Dirección de Acceso a la Justicia y Asistencia a las Víctimas una ayuda extraordinaria ya que no contaba con los recursos económicos para costear honorarios regulados de un nuevo penalista.
El juicio se inicio con estos planteos preliminares efectuados, o como se repiten en las series o películas: “Constando en actas”. Al día siguiente el presidente del TP-1 inició la jornada comunicando la negativa de los tres jueces a que el debate pase a un cuarto intermedio. Pero también anunció que la querella quedó desierta y que aceptaron el pedido de la defensa del acusado de no incorporar ‘ni una foja’ de las actuaciones aportadas por la querella en el expediente.
Sin poderse analizar y debatirse las voces e informes de los testigos acercados por la progenitora de la menor de edad, el juicio finalizó un días después con la absolución del acusado por el beneficio de la duda.
Para el Tribunal Penal 1 el abuso existió pero determinó que no habían pruebas necesarias y suficientes para determinar que el culpable era el padre.
Tampoco consideró en su fallo la necesidad de investigar al abogado que abandonó la querella horas antes del inicio del juicio y dejó a la madre y víctima en estado de desigualdad marcada. Vale remarcar que los tribunales están facultados en estos casos hasta para imponer duras sanciones o multas económicas por el abandono de la defensa asumida.
La apelación del fiscal Martín Alejandro Rau al fallo absolutorio se concretó en abril de 2023 ante el STJ y dentro del plazo establecido.
Durante la última semana de septiembre 2024, los ministros mencionados opinaron y coincidieron, entre otros puntos, en que fueron cercenados los derechos de la víctima, doblemente vulnerable porque se trata de una niña y por su género, y por haberse realizado un juicio en flagrante desigualdad de derechos y sin incorporar las evidencias y pruebas que tiempo y forma sumó la querella a la causa.
Definió anular sin más vueltas el juicio y que se realice uno nuevo con respeto y apego concreto a la ley y a los tratados de derechos nacionales e internacionales pero, ya no bajo las manos del tribunal de calle La Rioja sino a cuatro cuadras, en el Tribunal Penal 2, en calle San Martín casi 25 de Mayo.