En una reciente edición del Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió dos disposiciones que prohíben la venta y consumo de ciertas marcas de yerba y aceite de oliva en Argentina.
Yerba Prohibida por ANMAT
La Disposición 2879/2024 detalla la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “Hierbas para infusión, marca La Montañita, Nombre de fantasía Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien, Luyaba, San Isidro”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. Según la ANMAT, esta yerba carece de registros de establecimiento y de producto, siendo considerada ilegal por las autoridades.
ANMAT Sanciona una Marca de Aceite de Oliva
Mediante la Disposición 2880/2024, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Chacras del Olivo, Establ. N° 22628339, Rne 4379-162946-39, Rnpa 4552-3985-41, Origen de La Rioja”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. El organismo oficial ha señalado que este aceite carece de registros sanitarios de establecimiento y producto, y está falsamente rotulado al exhibir números de RNE y RNPA inexistentes.
Riesgos para la Salud Pública
La ANMAT advirtió que estos productos ilegales, al carecer de registros y desconocerse sus condiciones de producción, representan un potencial riesgo para la salud de los consumidores. Por lo tanto, se instó a la población a abstenerse de adquirir y consumir dichos productos mencionados en las disposiciones emitidas.
En consecuencia, se recomendó a los consumidores verificar siempre los registros sanitarios de los productos que adquieren, así como la información de etiquetado y trazabilidad, para garantizar su seguridad y la de sus familias.