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Ya no rige la Ley de Alquileres, ¿a partir de ahora cómo es alquilar?

30 diciembre, 2023
“HACINADOS”. Así marcó Adrián Torres que muchas familias están viviendo debido a la caída del poder adquisitivo y los altos precios de los alquileres.

“HACINADOS”. Así marcó Adrián Torres que muchas familias están viviendo debido a la caída del poder adquisitivo y los altos precios de los alquileres.

Ayer, viernes 29 de diciembre, se cumplió el plazo de ocho días a partir del cual empieza a regir el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación de la economía que firmó el presidente Javier Milei la semana pasada.

Mientras que el DNU no sufra de un revés en el Congreso o la Justicia que interrumpa su validez, los 366 artículos que modifican un sinnúmero de actividades económicas cotidianas tienen vigencia. Y, con ellos, dejó de regir toda normativa vigente en relación a los contratos entre el mercado inmobiliario y los inquilinos.

En este marco, y junto al envío de la Ley Ómnibus, el Gobierno avanza con una reforma estructural del Estado y de la economía, que contempla privatizaciones, cierres de organismos, desfinanciamientos, modificaciones en los haberes jubilatorios, educativos y de seguridad, entre otras medidas.

Infobae elaboró una guía con los puntos básicos de cómo deberán ser los contratos ahora, cuáles son los principales cambios en comparación con las dos leyes que pesaron sobre la actividad en los últimos dos años y cuáles eran los marcos legales que, este viernes, se eliminaron.

 

Cómo serán los alquileres a partir de ahora

Estos son los principales puntos de la nueva legislación, producto de la entrada en vigencia del DNU 70/2023:

• Plazo de Contratos:
Ahora, el plazo de los contratos de alquiler de viviendas es acordado por las partes sin un mínimo legal. Si no se especifica el plazo en el contrato, será de dos años, en lugar de tres.

• Ajuste del Valor de Alquileres:
Las partes pueden pactar libremente el ajuste del valor de los alquileres utilizando cualquier índice, público o privado, en la misma moneda del contrato. Esto elimina la obligación de usar el Índice de Contratos de Locación (ICL) o el índice Casa Propia.

• Periodicidad de Ajustes:
Se otorga libertad para determinar cada cuánto tiempo se actualizará el contrato, eliminando el mínimo semestral previo.

• Moneda del Contrato:
Los contratos pueden realizarse en pesos o en moneda extranjera, y el inquilino no puede exigir el pago en una moneda diferente a la acordada.

• Intervención Judicial Limitada:
Los jueces no pueden modificar la forma de pago, la moneda pactada ni las estipulaciones de los contratos, salvo a pedido de una de las partes y cuando lo autoriza la ley.

• Fianzas y Depósitos en Garantía:
Las partes determinan libremente las cantidades y moneda de las fianzas o depósitos en garantía, así como su devolución.

• Periodicidad de Pagos:
Se mantiene la libertad para pactar la periodicidad del pago, con la restricción de que no sea inferior a mensual.

• Rescisión del contrato:
El inquilino puede rescindir el contrato en cualquier momento, abonando el 10% del saldo del canon locativo futuro, o si el propietario no mantiene la unidad en condiciones aptas. El propietario también puede hacerlo, pero el DNU no establece costos para ese caso. Deberá acordarse en cada contrato.

• No Inscripción en AFIP:
Ya no es necesario inscribir los contratos de alquiler en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

• Mayor Autonomía y Flexibilidad:
En general, el DNU otorga una mayor autonomía y flexibilidad en la negociación y formulación de contratos de alquiler, permitiendo acuerdos más personalizados y adaptados a las necesidades de propietarios e inquilinos.

 

Principales diferencias

• Plazo de Contratos:
Antes del DNU, el plazo mínimo era de tres años (Ley de 2020) y luego no se especificaba (Ley de 2023). Ahora, el plazo es acordado por las partes o, por defecto, de dos años.

• Ajuste del Valor de Alquileres:
Previamente, los ajustes eran anuales bajo el ICL (Ley de 2020) o semestrales bajo el índice Casa Propia (Ley de 2023). Actualmente, se pueden pactar libremente utilizando cualquier índice.

• Moneda del Contrato:
Antes, los contratos debían realizarse en pesos argentinos, con la publicidad de alquileres en esta moneda (Ley de 2023). Ahora, se permite cualquier moneda.

• Registro en AFIP:
Antes del DNU, era obligatorio registrar los contratos en la AFIP. Esta obligación ya no existe.

• Rescisión del Contrato:
La ley de 2020 establecía condiciones específicas para la rescisión por parte del inquilino, mientras que ahora se permite la rescisión con el pago del 10% del saldo del canon locativo futuro. Sin embargo, en cuanto al propietario, el DNU no especifica, dejando espacio para la autonomía de la voluntad y la libertad contractual.

 

Cómo eran hasta octubre

• Plazo mínimo de tres años.
• Ajuste anual bajo el ICL.
• Ampliación de las garantías posibles.
• El inquilino no pagaba expensas extraordinarias ni impuestos que gravan la propiedad.
• Depósito de garantía limitado al importe del primer mes de alquiler.
• Condiciones específicas para la rescisión del contrato por parte del inquilino.
• Posibilidad de que el inquilino pague reparaciones de emergencia y las descuente del alquiler.
• Obligación del propietario de declarar el contrato en la AFIP.

 

Como eran con los cambios que se aplicaron en octubre

• Ajustes semestrales bajo el índice Casa Propia.
• Prohibición de solicitar pagos adelantados y publicidad de alquileres en pesos.
• Exenciones fiscales para propietarios e inquilinos bajo ciertas condiciones.
• Mantenimiento de la obligación de registrar los contratos en la AFIP.

Fuente: infobae.com

Tags: AlquileresArgentinaDerogaciónDNU 70/2023
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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