El Gobierno nacional oficializó hoy la prórroga por un año de la vigencia del Presupuesto 2023, con la publicación de Decreto 88/2023 en el Boletín Oficial.
“Dado lo avanzado del Ejercicio Presupuestario 2023, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 27 de la mencionada ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente. Teniendo en cuenta tal circunstancia, y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde prorrogar los recursos, fuentes financieras y créditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023“, señala la norma en sus considerandos.
En tanto, en el artículo 2 instruye al jefe de Gabinete de Ministros, Nicolás Posse, a “adecuar, oportunamente, el presupuesto que se prorroga mediante el artículo 1° del presente decreto con el fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias”. En ese sentido, también modificó el decreto 1344 de 2007, que regula la autorización de gastos y desembolsos.
La inclusión de “sus modificatorias” alude a todas las ampliaciones y reasignaciones de gastos y recursos dispuestas a lo largo del año por medio de decretos de necesidad y urgencia y decisiones administrativas, por más de $ 11 billones.
Así, estableció en 8 mil pesos el módulo con el que se fijan las bases de las autoridades competentes de aprobar gastos, suma que puede ser modificada por Posse con la previa intervención de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.
De acuerdo con el anexo que acompaña la normativa, todos los gastos que sean superiores a los 800 millones de pesos (el equivalente a 100.000 módulos) deberán ser autorizados por el jefe de Gabinete de Ministros para todas las jurisdicciones o máximas autoridades de organismos descentralizados.
En tanto, los ministros, funcionarios con rango y jerarquía de ministros, dentro de sus jurisdicciones, o máximas autoridades de organismos descentralizados podrán autorizar los gastos que estén por debajo de esa suma.
Por otro lado, los secretarios de la Jefatura de Gabinete, de la Presidencia, así como de cada una de las carteras podrán hacerlo siempre y cuando el importe no supere los 400 millones de pesos.
Los subsecretarios de cada área tendrá la autoridad de aprobar gastos de hasta los 120 millones de pesos, mientras que los directores nacionales, directores generales o funcionarios de un nivel equivalente tendrán un límite de 24 millones de pesos.
Por último, los funcionarios en quienes se delegue la facultad tendrán la autoridad de aprobar gastos con un límite de 8 millones de pesos.
De acuerdo con el análisis de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), la ley 27.701 estableció un crédito presupuestario inicial de 28 billones 954.031 millones de pesos y el vigente hasta la última modificación ascendía a 40 billones 75.656 millones, con un incremento del 38,4% respecto de la autorización inicial.
El decreto que formaliza la prórroga de la vigencia del Presupuesto 2023 lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del ministro de Economía, Luis Caputo.
Fuente: Agencia de Noticias Télam e Infobae.