Si bien intentó desligarse y culpar a otro en la responsabilidad por la muerte de quien era su pareja y el hijo de este, Yésica Anahí Lishnivez de 33 años resultó condenada a prisión perpetua por el hecho ocurrido el 30 de agosto de 2021 en el barrio Kubovicz de Leandro N. Alem.
En una sola jornada en la que comparecieron tres testigos, el Tribunal de Oberá llevó a cabo el debate contra Lishnivez, quien estaba acusada de incendiar la vivienda de la que no pudieron escapar las víctimas.
La primera en hablar ante los jueces fue ella. Reconoció que tomaba mucha bebida alcohólica. “Hasta que se le terminaba la plata. No podía parar”, manifestó.
En la lectura del caso se conoció el resultado de autopsia a Rosendo José Campos (30) y su hijo Alexander José Campos (8), quienes perecieron por “asfixia por calcinación y paro cardiorrespiratorio traumático”.
Divisoria mediante, el hombre y su hijo compartían la casa de madera con su hermana, el esposo de ésta y los hijos de ese matrimonio.
La primera testigo fue precisamente la hermana de Rosendo Campos. Señaló que esa noche sintió olor a combustible y que cuando se despertó por el humo salieron pero la casa ya estaba completamente tomada por el fuego. Quiso abrir la puerta pero no pudo. “Mi hermano no quería saber nada de ella, porque iba drogada y tomada”, señaló.
El segundo testigo fue el hermano del hombre con quien había compartido la tarde anterior con bebidas. Reunión en la que estaba Yésica. “Estuvimos en la casa de Yésica desde la media tarde. Estábamos tranquilos. Ellos tuvieron una discusión de pareja porque ella estaba medio tomada”, manifestó.
El tercer testigo fue el dueño de un comercio del barrio, quien se había negado a seguir dándole cerveza a Yésica Lishnivez. “Me fue a pedir que le aguante con la última cerveza pero después no le di. A las 21 más o menos fuimos a buscar comida con mi pareja y los vimos discutiendo a ellos”.
“Supe lo que había pasado porque hablé con un conocido que es policía. Me contó que ella había provocado el hecho con combustible y un pedazo de colchón”.
La imputada volvió a tomar la palabra y dio su versión: “Ese día yo había cobrado y le di plata para comprar cervezas porque iba a venir su pariente a jugar al truco. Después llegó su hermano con la señora. Compartí la tarde con ellos. Después veo que mi nena y el hijo de él salían del comercio con cervezas. Me acerqué y le dije al oído (a su pareja) si estaban sacando fiado. Le dije que estaba mal mandar a los chicos y encima la que iba a tener que pagar iba a ser yo. Esa situación fue la que generó que yo me disguste con él”.
“Después yo me sentí mal, estaba con vómitos y dolor de cabeza. Él ya se había ido. Le mandé audios para decirle que viniera”.
“Yo tenía el celular en modo avión. Recién al otro día supe lo que pasó. No pude pedirle disculpas. Publiqué en mi estado de Whatsapp que los extrañaba”.
“Después me dijeron que me habían denunciado. Se centró la investigación en mi persona. No investigaron a mi expareja que siempre peleaba con Rosendo. Se habían agarrado a las piñas y todo.Yo nunca provoqué ese incendio, ellos eran todo para mí”.
En su alegato la fiscal Estela Salguero pidió la pena máxima de prisión perpetua contra la mujer. Argumentó que en la declaración de la amiga en la etapa de instrucción, había dicho que la imputada estaba muy angustiada y le dijo que era su culpa lo que había pasado. Horas después, cuando la amiga estaba con su madre le preguntaron directamente y les dijo: “perdónenme, yo tengo toda la culpa del incendio. Solamente quería asustarlo para que se levante y vaya a dormir conmigo”.
En tanto, la defensa de la acusada sostuvo que el incendio pudo haber ocurrido porque la moto del imputado la guardaba dentro de la casa y él fumaba mucho. Pero también que la geolocalización del teléfono de Lishnivez marcó que nunca salió de su casa. Además, que el ex de Yésica había amenazado con “quemar y cortar” a Rosendo Campos.
Pidieron la anulación de la acusación de homicidio contra la defendida y en consecuencia la “absolución debido a la falta de certezas y endeblez probatoria, basado en el principio in dubio pro reo”.
Los magistrados Francisco Aguirre, José Rivero y Horacio Paniagua hicieron lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y la declararon culpable con condena de prisión perpetua.