En nuestra columna anterior, titulada “¿Cómo mejorar la seguridad de nuestras cuentas digitales?” abordamos como temática principal la seguridad de nuestras billeteras digitales. Un tema que genera gran preocupación en la sociedad actual, debido a los incontables casos de apoderamiento ilegítimo de estas cuentas. En esta ocasión, instruiremos al lector sobre el procedimiento para ejercer los derechos tendientes a proteger nuestros datos personales de carácter financiero.
Sin perjuicio de ello, recomendamos que dicho procedimiento sea dirigido por un abogado especialista. Los datos personales comprenden toda información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables. En simples palabras, se refiere a información acerca de una persona cuya identidad sea manifiestamente clara o se pueda determinar a partir de información adicional.
Los datos de carácter financiero o patrimonial se incluyen dentro de este concepto, es decir, son datos personales y pueden ser objeto de tratamiento siempre que quien los trate, o sea, quien los recopile, procese, almacene o transfiere, cumpla con determinados requisitos legales.
En nuestro país, la norma que establece las condiciones y los requisitos para el tratamiento de datos personales es la Ley N° 25.326, denominada Ley de Protección de Datos Personales, en adelante LPDP.
Dicha norma, instituye un procedimiento para que los titulares de los datos puedan conocer: qué información personal se está recolectando, para qué se está utilizando, con quién se está compartiendo y en determinadas circunstancias, cómo solicitar su rectificación, actualización o supresión.
Las empresas de servicios de información crediticia, por ej. Veraz, Nosis, etc. solo pueden tratar datos personales de carácter patrimonial relativos a la solvencia económica y al crédito del afectado de los últimos cinco años. Dicho plazo se reduce a dos cuando el deudor haya cancelado o extinguido la deuda.
Los datos personales que estas empresas tratan, deben ser obtenidos de fuentes de acceso público, facilitadas por el mismo deudor, o con su consentimiento. Usualmente estas empresas se nutren de la información que se publica en la Central de deudores del BCRA.
Derechos de los titulares de los datos
Los datos personales que se recojan a los efectos de ser tratados, deben ser: obtenidos lícitamente, ciertos, exactos, actuales, adecuados, pertinentes y no excesivos.
En el caso de que no se cumpla con alguno de estos requisitos, por ejemplo, sean parcialmente inexactos o incompletos, o se haya cumplido el plazo mencionado anteriormente, el titular del dato puede solicitar su actualización, rectificación o supresión, en cualquier momento, y de forma gratuita, siempre que no exista una disposición legal que lo impida.
Derecho de acceso
El titular de los datos, previa acreditación de su identidad, tiene derecho a solicitar y obtener información de sus datos personales incluidos en los bancos de datos públicos, o privados destinados a proveer informes.
Para hacer efectivo este derecho, el titular de los datos debe solicitar por escrito, que le informen los datos personales que se encuentran en el banco de datos. El responsable del banco de datos debe proporcionar, de forma clara y en un lenguaje accesible, la información solicitada dentro de los diez días corridos de haber sido intimado fehacientemente.
Derecho de rectificación, actualización o supresión
Toda persona tiene derecho a que sean rectificados, actualizados y, cuando corresponda, suprimidos o sometidos a confidencialidad los datos personales de los que sea titular, que estén incluidos en un banco de datos.
En caso de que corresponda, el titular de los datos debe enviar una solicitud por escrito a la entidad responsable del tratamiento de los datos. En dicha solicitud, se deberá detallar de manera precisa los datos que se desean rectificar, suprimir o actualizar, adjuntando la documentación necesaria que acredite la corrección de los mismos.
Una vez recibida la solicitud, la entidad responsable deberá analizarla y responder al titular en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si la solicitud es aceptada, la entidad deberá proceder a la rectificación de los datos personales patrimoniales en un plazo máximo de 5 días hábiles. Si la solicitud es denegada, la entidad deberá informar al titular los motivos por los cuales se ha denegado la solicitud. Allí, el titular de los datos podrá recurrir a la Agencia de Acceso a la Información Pública para hacer valer sus derechos.
En suma, desde nuestro Estudio Jurídico “eAbogados.com.ar” recomendamos que, bajo el patrocinio de un abogado matriculado, se realice el siguiente procedimiento:
1- Ejercer el derecho de acceso para conocer qué datos personales están siendo tratados.
2- Verificar si el tratamiento se ajusta a las disposiciones legales.
3- En caso de que corresponda, solicitar su rectificación, actualización o supresión.
(*) Abogado especialista en Derecho Informático.
Email: [email protected]
Cel: 3764529898