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Divorcio exprés: ¿puedo solicitar el divorcio si mi cónyuge no está de acuerdo?

¿Es necesario alegar los motivos que llevan a tomar esta decisión? ¿El divorcio puede solicitarse en cualquier momento? Puntos en los que la sanción del nuevo Código generó cambios importantes.

3 marzo, 2023

Nuestro interés en abordar este tema tiene que ver con las reiteradas preguntas acerca de los requisitos para divorciarse, los tiempos que han de transcurrir para solicitarlo, si es o no necesario alegar los motivos que te llevan a tomar la decisión y, lo más importante, ¿qué pasa si el otro cónyuge no está de acuerdo en divorciarse? ¿Puedo o no solicitar el divorcio?

En primer lugar, haciendo un poco de historia, queremos resaltar las diferencias entre el régimen antes y después de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en 2015, ya que muchas personas han quedado con las ideas que estuvieron vigentes durante mucho tiempo, más precisamente, desde 1987, fecha en que se promulgó la Ley 23.515 de divorcio vincular, hasta la sanción del nuevo Código.

En efecto, hoy el divorcio puede solicitarse en cualquier momento. Antes, debían estar casados al menos durante 3 años (art. 215, Ley 23.515).

Además, hoy no se requiere alegar motivos para divorciarse. Antes, se necesitaba acreditar los motivos que llevaban a uno de los cónyuges a solicitar el divorcio como, por ejemplo, el adulterio, las injurias graves, el abandono voluntario y malicioso, entre otras causas, a no ser que, lo solicitaran ambos cónyuges, mediante presentación conjunta ante el juez, manifestando que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común.

En consecuencia, a partir de la sanción del CCCN, el divorcio puede ser decretado judicialmente, tanto por petición de uno de los cónyuges (unilateral) o de ambos (de común acuerdo). Este último, es más rápido y económico que el segundo.

Por lo tanto, puedo divorciarme aunque el otro cónyuge no quiera, siempre y cuando presente la propuesta que regula los efectos del divorcio.

¿Qué ocurre con el cónyuge que no quiere divorciarse? La respuesta es que éste no puede oponerse al divorcio, pero puede presentar una propuesta reguladora distinta a la que presentó el peticionante.

Lo que se conoce como “Divorcio exprés”, si bien es cierto que dicha denominación no surge de la legislación, es este nuevo tipo de divorcio que permite el nuevo Código, de divorciarse mediante la voluntad de uno solo de los cónyuges, no teniendo que demostrar causa alguna y sin requerir tiempo mínimo de casados.

Para ello, es necesario presentarse ante el juez competente, con asesoramiento de un abogado y la documentación que surge del cuadro adjunto.

 

Documentación necesaria

DNI ambos esposos
• Libreta, Acta o Certificado de Matrimonio
• Partida de nacimiento y DNI de los hijos
• Fecha y lugar de la celebración del matrimonio y último domicilio conyugal donde convivieron.

 

Requisitos para el divorcio

Es obligatorio acompañar la petición del divorcio con una “propuesta” que regule los “efectos” del mismo. Tan importante es la propuesta, que la omisión de ella impide dar trámite a la petición del divorcio (art. 438 CCCN).

Si el divorcio es solicitado por uno de los cónyuges (unilateral), el otro puede ofrecer una “propuesta reguladora” distinta. En este caso, el juez evaluará las propuestas, pudiendo convocar a una audiencia a los cónyuges.

No obstante, el “desacuerdo” en el convenio de ninguna manera suspende el dictado de la sentencia de divorcio, dado que las cuestiones pendientes serán resueltas por el juez conforme al procedimiento establecido por la ley local.

 

Contenido de la propuesta reguladora

La misma contiene soluciones referidas a la vivienda, distribución de los bienes, posibles compensaciones económicas y el cuidado de los hijos.

El convenio homologado o la decisión judicial pueden ser revisados posteriormente, si la situación tenida en cuenta al momento de celebrarlo ha variado sustancialmente (art. 440 CCCN).

La compensación económica la puede solicitar el cónyuge a quien el divorcio le produce un desequilibrio manifiesto. Sin embargo, la acción para reclamarla caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.

Si bien es cierto que el tema es muy profundo, creemos haber abordado las respuestas a las preguntas más habituales de quienes se encuentren transitando estas situaciones de por sí, difíciles y complicadas, a la hora de poner fin a la relación matrimonial.

Tags: Divorcio ExprésJurídicos de Primera
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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