El juez de Instrucción de Puerto Rico, Leonardo Manuel Balanda Gómez, elevó a juicio oral el expediente por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos personas” en el que está acusado un joven de 22 años, hijo de un exintendente de General San Martín. También tiene un prófugo de la misma edad, con domicilio en Jardín América.
La víctima del delito contra la integridad sexual tenía 19 años el 5 de septiembre de 2020 cuando fue embriagada, drogada, golpeada y abusada sexualmente en su departamento de Jardín América hasta donde la habrían conducido los sospechosos luego de una fiesta clandestina ya que regía entonces el aislamiento social y preventivo por la pandemia de COVID-19.
Balanda Gómez, en carácter de subrogante del juez de Jardín América, Roberto Sena, acompañó la opinión de Jorge Francisco Fernández, fiscal de Instrucción y notificó a las partes el pasado jueves del auto respectivo.
PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso a los fundamentos de Balanda Gómez sobre lo sucedido hace casi dos años. Sostiene que ambos jóvenes entre las 5 y 7 del sábado 5 de septiembre, luego de una fiesta en la casa de uno de ellos, “habrían mantenido relaciones sexuales (con la víctima), en el domicilio de la misma sito en calle Rubén Darío intersección con calle Jose Isaac de Jardín América (…) Ambos la llevaron en automóvil a su domicilio y se habrían aprovechado de la situación de indefensión de la víctima, su falta de discernimiento libre y voluntario producido por el consumo de bebidas alcohólicas y la ingesta de cocaína, suministradas por los sospechosos”.
Agrega que en esta situación, el acusado habría accedido carnalmente a la denunciante, y le habría causado lesión equimótica de cuatro centímetros en el cuello, escoriaciones y hematomas en ambas piernas, en la cintura y pelvis.
“Comparto el criterio sustentado, tanto por el querellante particular (Hugo Zapana) y por el representante del Ministerio Público Fiscal en su calificación legal, quienes requirieron la elevación de la causa a juicio calificando la conducta en la figura de ‘abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos personas’”, previsto y penado por el artículo 119, tercer párrafo en función del cuarto párrafo inciso d del Código Penal.
Evidencias para ambos
Para el juez, “las evidencias colectadas resultan suficientes para tener acreditado en el grado requerido”, del joven mencionado como también del imputado declarado “rebelde de la Justicia” desde el 24 de septiembre de 2020 habrían invitado a dos muchachas a una fiesta en la vivienda del hoy prófugo luego del horario de cierre del bar “Estación Sarmiento” en Jardín América.
“A las 3 de del 5 de septiembre de 2020, le habrían convidado bebidas alcohólicas y cocaína a la denunciante. Su amiga se habría descompuesto y la trasladaron a su domicilio para luego dirigirse, aproximadamente a las 5.30, al departamento de calle Rubén Darío (…) Ambos imputados advirtieron que no se encontraría en un estado que le permitiera consentir libremente ningún tipo de acción, producto del consumo de cocaína y bebidas alcohólicas. Una vez llegados al lugar abusaron de ella sexualmente valiéndose del estado de vulnerabilidad. A las 7.45 se retiraron”.
En cuando al dolo directo, Balanda Gómez resaltó que existió por “el resultado causado como consecuencia directa y necesaria de sus conductas, no pudiendo la damnificada consentir libremente la acción de decidir sobre el acto de relaciones sexuales, puesto que se encontraría bajo los efectos del alcohol y cocaína en su sistema nervioso”.
“Pedí que me llevaran a mi casa (…) me sentí mal y perdí la consciencia y desperté al mediodía en mi casa, acostada en mi cama con varios moretones en el cuerpo, por lo que inmediatamente me sentí sucia y me entre a bañar. Yo no me encontraba consciente en ese momento y no recuerdo haber accedido a tener relaciones con ellos”.
“Estaba en shock me dolía todo el cuerpo, el piso estaba todo sucio, había latas de cerveza, la cama estaba toda sucia, me fui a bañar y siento que me dolía la zona anal y vaginal, sentía como un ardor”.
Balanda Gómez contextualizó tras el detalle de los testigos que declararon en la instrucción del expediente: “Estamos en presencia de un delito de abuso sexual, los que se caracterizan por el restringido ámbito de privacidad en los que suelen perpetrarse, con ausencia de testigos presenciales, y con la consecuente dificultad de recolectar los elementos probatorios determinantes, motivo por el cual, en la gran mayoría de las ocasiones la declaración de la víctima suele ser la piedra angular del cuadro probatorio”.
Rastros genéticos de uno de los dos imputados fueron confirmados en las muestras tomadas a sábanas. Los del restantes no se cotejaron porque no se presentó a ninguna de las citaciones y tampoco fue encontrado por los investigadores. Hasta hoy se baraja que cruzó el río Paraná y se estima que se oculta por la zona porque posee familiares con recursos económicos suficientes para esquivar la acción policial.
La ingesta de cocaína fue detectada en los exámenes de orina a la víctima no así en el único imputado habido. Para Balanda Gómez “no constan elementos que me indiquen acabadamente que se encontraba bajo efectos de estupefacientes lo que me lleva a considerar que la conducta desplegada por el sujeto ha sido con el pleno uso de razonamiento crítico de sus actos. Le cabe el reproche penal a sus conductas puesto que existió posibilidad exigible de comprensión de la criminalidad. Actuó voluntariamente con plena autodeterminación”.
Mientras que al joven considerado rebelde se le rechazaron todos los pedidos de eximición de prisión, en julio pasado Balanda Gómez le otorgó la excarcelación al otro acusado. Le prohibió cualquier tipo de contacto con la víctima que también reside en esta capital después de la denuncia y por la persecución que sufrió junto a sus familiares para que retirara la acusación.
El fiscal Andrés Poujade, de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores, ya opinó en coincidencia a lo planteado por Hugo Zapana para que se revoque el beneficio y el encartado aguarde en prisión el juicio respectivo.