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Presión fiscal: cuántas horas por día se trabaja para el Estado

Un joven quiso exponer a través de un video de TikTok cuánto trabajamos realmente para nosotros mismos.

12 mayo, 2022

Tanto los emprendedores como los profesionales autónomos y los trabajadores en relación de dependencia sufren la fuerte presión impositiva por parte del Estado en la Argentina.

Incluso siete de cada diez argentinos piensan que los impuestos van a subir en los próximos meses, según reflejó una encuesta realizada por la Fundación Libertad y Progreso que advirtió que la alta presión tributaria en el país y la expectativa de nuevos aumentos de gravámenes es “un desincentivo a la inversión y, por consiguiente, un golpe directo al crecimiento económico de largo plazo”.

Según estimaciones del Banco Mundial, la presión impositiva en Argentina es la segunda más alta del mundo -el primer puesto lo ocupa Islas Comoras- y en nuestro país, la presión efectiva sobre las utilidades de las empresas es del 106%.

Frente a estos datos de la realidad, un joven usuario de TikTok quiso mostrar a través de un video a quienes trabajan, cuánto de su tiempo laboral lo destina a pagar impuestos.

El usuario Adrimandolesi preparó un video destinado a los trabajadores para que vean cuánto del tiempo que ocupan en su actividad laboral, está destinado al Estado a través de los distintos impuestos.

“Hoy te cuento cuántas horas trabajás para vos y cuántas para el Estado”, comienza el joven. Y avanza: “Entre los descuentos y todos los tributos (nacionales, provinciales y municipales), el 60% de lo que trabajás, es para el Estado”.

“Entonces, si sos un empleado que trabaja de 9 a 18, hasta las 14:25 no trabajás para vos, trabajás para el Estado. Si preferís calcularlo anualmente, por ejemplo, el IARAF tiene un estudio que dice qué día es la independencia tributaria. ¿Sabés que fecha fue el año pasado? El 28 de junio para un trabajador que gana 50.000 pesos de bolsillo”, continúa.

Posteriormente, se refiere a una serie de cargas tributarias que abona cada trabajador y, en definitiva, la cantidad de días al año que debe trabajar para pagar las mismas: “Aportes patronales, cargas sociales, Ingresos Brutos, IVA, ganancias, bienes personales, sellos, tasas municipales, y contribuciones sociales, entre otros impuestos, todo eso pagás por año”.

“En definitiva, desde el 1 de enero y por 181 días, o 214, dependiendo de tu nivel de ingresos, no trabajás para vos sino para pagar impuestos entre los tres niveles del Estado: nacional, provincial y municipal. ¿Te parece que eso se redistribuye de alguna manera?”, concluyó.

 

Los 165 impuestos, tasas y contribuciones que soportan los argentinos

El Instituto Argentino de Análisis Fiscal dio a conocer a través de un flamante informe el “Vademécum tributario 2022”. Puntualmente, hay 41 impuestos nacionales, 26 provinciales y 98 “derechos, tasas y contribuciones” municipales. Sin embargo, ocho de esos impuestos concentran el 82% y doce el 91% de la recaudación consolidada de los tres niveles de gobierno

El informe aclara que se denomina tributo “al pago que se realiza al Estado para que éste lo administre a través de las operaciones mediante las cuales provee a la ciudadanía de bienes y servicios”.

Por lo tanto, los tributos pueden clasificarse como impuestos, tasas y contribuciones. La diferencia fundamental entre un impuesto y una tasa, derecho o contribución, se explica, “es que en los primeros se grava una manifestación de capacidad contributiva que no precisa ser acompañada de una contraprestación específica por parte del Estado, en tanto que en el caso de tasas y contribuciones la obligación de pago se origina en la prestación estatal de un bien, obra o servicio que beneficia de manera concreta al contribuyente”.

Este último es, o al menos debiera ser, en el caso de las 98 tasas, derechos o contribuciones que con enorme inventiva y avidez recaudatoria administran los municipios, el tercer nivel del esquema de ingresos fiscales del estado argentino.

El estudio llevado adelante por el IARAF identifica la cantidad de tributos, la recaudación generada, su grado de concentración y la distribución de la misma entre el Gobierno nacional, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS, la agencia gubernamental que administra el sistema previsional y paga una amplia variedad de programas que más con la previsión tienen que ver con la imprevisión individual o estatal), los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y los municipales.

El informe identifica165 diferentes tributos en el territorio nacional. Una exacción, define, “es un tributo si implica que un agente del sector privado debe realizar un pago a un organismo estatal”.

A partir de ese criterio, contabiliza unitariamente según el hecho imponible, es decir el nacimiento de la obligación tributaria. Por caso, la obtención de una cierta ganancia es el “hecho imponible” del impuesto a las Ganancias, y la posesión de un inmueble el del impuesto inmobiliario.

Aunque se aclara que en algunos casos la contabilización tiene en cuenta que ciertos tributos tienen en la práctica mecánicas de liquidación diferentes según a qué persona (física o jurídica, en Ganancias) o a qué bien o servicio (en el caso de Impuestos Internos) se apliquen. En cuyo caso funcionan como tributos distintos y así los computa el Vademécum.

Más allá de que los tributos sean 165, la recaudación efectiva se concentra en relativamente pocos instrumentos. En efecto, el estudio precisa, en base a la recaudación del año 2021 de IVA, Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social, Ganancias de personas humanas, Ganancia de sociedades, Derechos de exportación, Débitos y créditos bancarios (cheque) e Impuesto provincial a los Ingresos Brutos, que 8 tributos explican el 82% de la recaudación tributaria consolidada (esto es, de los tres niveles de gobierno) del país.

Y si a esos ocho tributos le sumamos el impuesto sobre los Combustibles, los Derechos de Importación, el impuesto a los Bienes Personales y la Tasa de Seguridad e Higiene Municipal, se obtiene que el 91% de la recaudación consolidada argentina se concentra en doce tributos. De ellos, diez son nacionales y los dos restantes los principales a nivel provincial y municipal respectivamente.

Los 153 tributos restantes aportan a las arcas fiscales el 9% de la recaudación consolidada, lo cual abre un amplio espacio de posibilidades a la simplificación del sistema tributario, que no sólo pesa por lo que detrae de los ingresos de personas, empresas e instituciones, sino también por el enorme tiempo y recursos asociados a satisfacer requerimientos legales y burocráticos no siempre sencillos o precisos.

El 91% de la recaudación total, en cabeza de Nación, debe repartirse a su vez, en función del esquema vigente de coparticipación y leyes y acuerdos modificatorios, entre el nivel nacional (Tesoro y ANSeS), las provincias, CABA y municipios, fuente de tironeos y controversias como la que actualmente involucra a los Gobiernos nacional y porteño.

Las provincias, a su vez mediante sus propios esquemas legales de coparticipación, distribuyen a sus municipios los fondos ingresados tanto por coparticipación de tributos nacionales como por impuestos provinciales, de los cuales el más relevante, por lejos, es Ingresos Brutos, el segundo tributo de mayor recaudación en todo el país.

En el agregado de los 165 tributos considerados, señala el informe del IARAF, de cada $100 de la recaudación total en toda la geografía del país, $54 quedan en el nivel nacional ($28 en caja de ANSeS y $26 en el Tesoro), $36 ingresan a las arcas de alguna provincia o CABA, y $10 a los Municipios en su conjunto.

Otra observación del flamante documento, sobre la base de los tributos de mayor recaudación, es que $91 de cada $100 de la recaudación consolidada se distribuyen de manera automática: $31 a las provincias y CABA, $27 a la ANSeS, $25 al Tesoro nacional y $8 a los Municipios.

 

La situación de los municipios

Los intendentes y concejos deliberantes compensan esa posición de convidado de piedra con una frondosa creatividad a la hora de crear y administrar “tasas, derechos y contribuciones”, cuya recaudación no comparten con los demás niveles de gobierno.

Así que a las habituales tasas “por servicios generales”, o “de limpieza e higiene”, los “derechos de construcción” y las contribuciones “por pavimentos y veredas” o “alumbrado, barrido y limpieza” se agregan “derechos de cementerio”, de “habilitación de comercio e industria” y de “derecho a los espectáculos públicos” y “de timbre” y “tasas por desagote de pozos ciegos y cámaras sépticas” o por “desinfección, desinsectización y desratización” o por “inspección de pesos y medidas”, hasta llegar a los 98 tributos que pueden observarse en los cuadros del Vademécum y que afectarán a ciudadanos y empresas según el lugar donde residan, compren, vendan, transiten y vayan de vacaciones.

 

La lista completa de impuestos

A continuación, el listado completo, uno por uno, de los tributos, tasas e impuestos que se cobran en Argentina elaborado en base al informe del IARAF.
1. Impuesto a las ganancias sobre personas humanas y sucesiones indivisas
2. Impuesto a las ganancias sobre sociedades
3. Gravamen de emergencia sobre premios de determinados juegos de sorteos y concursos deportivos
4. Régimen para los trabajadores en relación de dependencia Aportes
5. Régimen para los trabajadores en relación de dependencia Contribuciones
6. Régimen de trabajadores Autónomos
7. Régimen para el personal de casas particulares
8. Impuesto sobre los Bienes Personales
9. Contribución especial sobre el Capital de las Cooperativas
10. Impuestos a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas
11. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias
12. Impuesto al valor agregado (IVA)
13. Tabaco
14. Bebidas alcohólicas
15. Cervezas
16. Bebidas analcóholicas
17. Jarabes
18. Extractos y concentrados
19. Champañas
20. Objetos suntuarios (bienes de lujo)
21. Vehículos automóviles y motores
22. Embarcaciones y aeronaves de recreo o deportes
23. Productos electrónicos
24. Seguros
25. Telefonía satelital
26. Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono
27. Impuesto a la Energía Eléctrica
28. Impuesto Adicional de Emergencia sobre cigarrillos
29. Fondo Especial del Tabaco
30. Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos
31. Impuesto a los Videogramas Grabados
32. Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual
33. Recargo al Gas Natural
34. Impuesto Específico sobre la Realización de Apuestas
35. Impuesto Indirecto sobre apuestas online
36. Derechos de Importación
37. Derechos de exportación
38. Tasa de estadística
39. Impuesto a los Pasajes al exterior
40. Monotributo
41. Impuesto PAIS
42. Percepción RG 4515
43. Aporte Solidario a las Grandes Fortunas
44. Impuesto Inmobiliario
45. Impuesto sobre los Ingresos Brutos
46. Impuesto a los sellos
47. Impuesto a los automotores
48. Impuesto a las Loterías
49. Impuesto a la transmisión gratuita de bienes
50. Impuesto a la generación de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclable
51. Impuesto a la generación de residuos áridos y afines no reutilizable
52. Impuesto por el uso y la ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo de la vía pública
53. Impuesto a los combustibles derivados del petróleo
54. Canon de riego
55. Derecho de Timbre
56. Impuesto al ejercicio de profesiones liberales
57. Derecho de delineación y construcción
58. Impuesto sobre la nómina salarial
59. Derecho de capacidad constructiva
60. Gravámenes sobre estructuras, soportes o portantes de antenas
61. Contribución por publicidad
62. Tasa de uso de agua de dominio público
63. Impuesto a los productos forestales
64. Contribución que incide sobre compañías de electricidad
65. Derecho de extracción de minerales
66. Derecho de explotación de minerales
67. Derechos de Explotación de Áridos
68. Tasa por depósito de mercaderías en infracción
69. Tasa por limpieza de ferias
70. Tasa de pesca
71. Fondo de Solvencia Social
72. Fondo de emergencia agropecuaria
73. Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales
74. Fondo Social de Reactivación Productiva
75. Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional
76. Tasas retributivas de servicios (judiciales)
77. Tasas retributivas de servicios (servicios Administrativos)
78. Tasas retributivas de servicios (otras)
79. Contribución por mejoras
80. Impuesto sobre las actividades de hipódromos, similares y agencias de apuestas
81. Tasa por Servicios Generales
82. Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene
83. Tasa por Habilitación de Comercio e Industria
84. Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene
85. Derechos por Publicidad y Propaganda
86. Impuesto Automotor
87. Derecho de Oficina
88. Derecho de Construcción
89. Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Públicos
90. Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales
91. Derecho a los Espectáculos Públicos
92. Patentes de Rodados
93. Tasa por control de Marca y Señales
94. Derecho de Cementerio
95. Tasa por inspección de Pesas y Medidas
96. Tasa por Servicios Varios
97. Contribución por Mejoras
98. Contribución especial por Pavimentos y Veredas
99. Tasa por Conservación de la Red Vial Municipal
100. Tasa por Control de Calidad de Obra en la vía pública
101. Derechos de registro por emplazamiento de estructuras, soporte de antenas, equipos complementarios y de publicidad y propaganda, telecomunicaciones
102. Derechos de verificación por emplazamiento de estructuras, soporte de antenas, equipos complementarios y de publicidad y propaganda, telecomunicaciones
103. Contribuciones especial por Acciones de Seguridad
104. Tasa por servicios de limpieza y desmalezamientos de baldíos, inmuebles destruidos o semidestruidos y casas abandonadas
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106. Impuesto al mayor valor del bien libre de mejoras
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108. Derechos de registro de conductor
109. Transporte público y remoción y estadía en general
110. Derecho de uso de instalaciones municipales
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112. Tasas y derechos prestados por la dirección hidráulica
113. Derechos de laboratorio de suelo, hormigón y asfalto
114. Derechos de explotación de minas de tercera categoría
115. Contribución que incide sobre el uso de playas y riberas
116. Contribución por servicios culturales
117. Contribución para servicios de justicia
118. Tasa por uso del vertedero municipal
119. Contribución de servicios prestados en el matadero municipal
120. Derecho por habilitación e inspección de vehículos
121. Tasa única aeroportuaria Municipal
122. Contribución transporte público de pasajeros
123. Tasa por los servicios adicionales de la policía de tránsito
124. Derecho especial de funcionamiento de remises, taxis y transportes escolares
125. Fondo municipal de promoción y asistencia a la comunidad y turismo
126. Tasa de salud
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128. Tasa por Alumbrado Público
129. Tributo por Plusvalía Urbanística
130. Contribución por los servicios adicionales municipales
131. Contribución que incide sobre los servicios de protección sanitaria
132. Derechos por control bromatológico y salubridad (Alimentos)
133. Tasa por servicio de inspección veterinaria
134. Tasa por búsqueda y rescate
135. Contribución que incide sobre los mercados
136. Contribución que incide sobre la instalación mecánica y sobre la instalación y suministro de energía eléctrica
137. Contribución especial sobre los consumos de gas natural
138. Contribución para la financiación del desarrollo de la infraestructura sanitaria y cloacal
139. Contribución ambiental por generación y transporte de restos de obras y demoliciones
140. Contribución que incide sobre evaluación y fiscalización impacto medio ambiental/riesgo ambiental
141. Contribución para financiación del desarrollo local y regional de obra de gas natural y otras de interés
142. Contribución para obras públicas
143. Impuesto inmobiliario
144. Tasa por juegos de azar
145. Derecho de registro inmobiliario y catastro
146. Tasa de deportes
147. Derechos de uso y servicios planta procesadora productos de mar
148. Contribución por servicios asistenciales
149. Contribuciones sobre la introducción de mercaderías a los mercados
150. Tasa de verificación
151. Tasa sobre el financiamiento otorgado por la Caja de Crédito Municipal a personas humanas o jurídicas
152. Tasa de visación de planos y mensuras, relevamiento
153. Tasa por vacunación antirrábica
154. Tasa por cobranzas y retenciones
155. Tasa por servicios de máquinas, equipos y otros de prestación municipal
156. Tasa por desagote de pozos ciegos y cámaras sépticas
157. Tasa por desinfección, desinsectación y desratización
158. Tasa por control de animales en la vía pública
159. Canon por la concesión de servicios públicos
160. Venta de impresos y publicaciones municipales
161. Tasas únicas industriales
162. Derechos relativos a las instalaciones eléctricas en viviendas y electromecánicas
163. Fondo de emergencia por COVID-19
164. Tasa especial y extraordinaria por COVID-19.

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El cierre del año estará marcado por lluvias, altas temperaturas y una elevada humedad en Posadas y gran parte de la provincia de Misiones. Así lo confirmó Favio Cabello, meteorólogo y jefe del Departamento de la Oficina de Prevención Ante Desastres Naturales (OPAD), quien brindó un detallado panorama del tiempo para el 31 de diciembre y los primeros días de enero.“Mañana va a llover durante el día. Las posibilidades son muy altas”, aseguró Cabello, al tiempo que aclaró que, a diferencia de la jornada diurna, “todo parece indicar que mañana por la noche no llueve”, aunque el ambiente se mantendrá nublado y muy húmedo.
Más de 20 trabajadores del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) fueron despedidos en las últimas horas en un hecho que generó fuerte preocupación gremial y que fue calificado como “cruel y despiadado” por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE). Desde el sindicato denuncian que se trató de cesantías sin previo aviso, sin explicaciones formales y que incluso alcanzaron a delegados gremiales con tutela sindical.“Son 21 despedidos. Lamentablemente de la forma más cruel y despiadada, pidiéndoles el documento como en la época del proceso, sin ningún tipo de explicaciones”, relató Miriam López, secretaria general de ATE Misiones. Según explicó, un escribano convocó a los trabajadores a una oficina y les solicitó el DNI “sin decirles ni para qué ni por qué”.
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Las playas San José y Mboika’e de Encarnación ya palpitan el inicio fuerte de la temporada de verano, con una nutrida agenda de eventos, mejoras en la infraestructura y grandes expectativas por la llegada de turistas, especialmente desde la Argentina. Así lo aseguró Laura Montiel, gerente de ambas playas, quien destacó que, pese a las inestabilidades climáticas de los últimos días, el panorama es alentador.“Por ahí falta que se despeje el cielo para vivir días lindos sin posibilidad de lluvia, porque eso impide que las playas tengan masividad y hace que la gente llegue como a cuentagotas”, explicó Montiel. No obstante, se mostró optimista: “Yo creo que en los próximos días el tiempo va a mejorar y se va a poder disfrutar plenamente de las playas”.
La presidenta de la Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines (FAIMA), Mercedes Omeñuka, realizó un balance del 2025 para el sector forestoindustrial y advirtió que se trató de “un año complejo para toda la cadena”, con fuerte impacto en la producción, el empleo y la situación financiera de las pymes. En ese marco, planteó los principales desafíos y reclamos de cara al 2026, con eje en el financiamiento, la carga impositiva y los costos logísticos.“El año 2025 para nuestro sector fue un año complejo, generalizado a toda la cadena forestoindustrial. Si bien algunos indicadores mostraron pequeñas mejoras, estamos terminando el año en un contexto difícil”, sostuvo Omeñuka
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Con la llegada del verano y el incremento del movimiento turístico, el Registro Provincial de las Personas de Misiones mantendrá la atención al público durante los meses de enero y febrero, aunque con horario reducido. Así lo confirmó su directora, Paula Echeverría, quien brindó detalles sobre cómo funcionarán las oficinas y cuáles son los trámites más solicitados en esta época del año.“Durante todo enero y febrero, que suele ser la feria administrativa, trabajamos normalmente para que la gente pueda acercarse a cualquier oficina del Registro”, explicó Echeverría. No obstante, aclaró que la atención será de lunes a viernes de 7 a 12, sin necesidad de solicitar turno previo. “Seguimos trabajando sin turno, como siempre, lo único que cambia es la reducción horaria”, remarcó.
A días de finalizar el 2025, la delegada regional de la CGT Misiones, Mirta Chemes, realizó un duro balance del año y advirtió sobre un panorama social, laboral y educativo “muy complicado” tanto a nivel nacional como provincial. En diálogo con El Aire de las Misiones, aseguró que el año que termina “deja muchas huellas y mucho daño a la familia trabajadora”.“Hace bastante que venimos en picada y este año es tremendo. El balance es totalmente negativo para los trabajadores y para quienes hoy dejaron de tener su fuente laboral y no tienen cómo llevar el sustento a sus casas”, afirmó Chemes. En ese sentido, sostuvo que el 2025 fue “un año nefasto que termina con trabajadores en situación de calle”.
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