Durante dos años, 2017 y 2019, entre sus 6 y 8 años de edad la víctima padeció los abusos de su progenitor. En ese lapso la niña calló por temor y fue su abuela materna quien pudo frenar el padecimiento, fue la mujer a quien decidió confesarle que sufría el horror que en la iglesia le repetían como el peor de los pecados.
Un trabajador cuentapropista de 29 años, con domicilio en el barrio Nuevo de Jardín América, fue condenado el martes a 16 años de prisión por el Tribunal Penal 2 de la Primera Circunscripción Judicial, por reiterados episodios de “abuso sexual simple y agravado con acceso carnal”.
Se necesitaron tres jornadas de debate oral ante los camaristas Carlos Jorge Giménez, César Antonio Yaya y Gregorio Augusto Busse, en los que testigos detallaron circunstancias de los delitos contra la integridad sexual.
El fiscal del TP-2, Vladimir Glinka, acusó al changarín por los hechos de violencia sexual contra la niña, quien en sus relatos de Cámara Gesell fue contundente y se remarcó que tampoco se hallaron detalles de haber sido inducida a mentir.
En marzo de 2019 la niña corrió a los brazos de su abuela materna y le señaló que su padre le hizo daño en sus genitales y que tales hechos contrastaban con las lecciones que escuchaban en familia en el templo evangélico al que asistían periódicamente.
De acuerdo a lo que trascendió del debate y datos a los que PRIMERA EDICIÓN pudo acceder, ya que las audiencias se realizaron sólo con la presencia de las partes pertinentes por tratarse de delitos contra la integridad sexual, la abuela de la menor contactó de inmediato a la madre y supo lo que la niña sufrió durante dos años y cuando ella se quedaba sola con su padre y un hermano más chico en la vivienda mientras ella se iba a trabajar.

De acuerdo a la denuncia “su papá hacía dormir al hijo menor y luego iba donde estaba la niña” para concretar los abusos. Cuando la niña cumplió 8 ya los ultrajes fueron agravados por acceso carnal, de los manoseos en los genitales que comenzaron cuando tenía 6 años, los abusos fueron extremos y quedaron registrados por los médicos que revisaron a la víctima.
El daño a la niña, según fuentes consultadas por este Diario, continúa aún ya que la menor remarcó en cada entrevista con las trabajadoras sociales que la asistieron tras la detención de su progenitor, que sentía temor por si lo liberaban.
Las peritos que realizaron las cámaras Gesell en la que la menor fue coincidente y contundente, también declararon en el juicio y los informes socioambientales enmarcaron los delitos. Al menos cinco casos quedaron claros y precisos y fueron cometidos en la vivienda del barrio Nuevo de Jardín América.
Tal vez se pueda remarcar, como evidencia de la efectividad acusatoria de Glinka, que la defensa del acusado durante su alegato no solicitó la absolución por el beneficio de la duda sino que instó a los jueces a una pena mínima por “abuso sexual simple” (artículo 119 del Código Penal).
El fallo fue condenatorio e incluyó el inciso B del mismo artículo y que podría haber elevado el monto hasta 20 años de prisión cuando “el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda”.