Se viralizó desde hace varios meses un reclamo de un grupo de trabajadores del Parque del Conocimiento de Misiones, por las condiciones de contratación y el régimen de remuneraciones que se aplica en ese ámbito. El último posteo que se distribuyó en las redes sociales cuestionó que se había llegado a 2022 sin respuestas por parte del Gobierno provincial.
Entre los items solicitados figuraban “salario digno, escalas salariales, antigüedad, regimen de licencias y pago de horas extra”.
Uno de los planteos era que la mayoría no alcanzaba la remuneración mínima que fijó el gobernador Oscar Herrera Ahuad para la administración pública provincial. Y que, al no existir un convenio laboral, no había distinciones en los haberes según la función que se cumplía.
Pero, con fecha del lunes 7 de febrero, este miércoles se conoció la resolución 56 firmada por la presidenta del Parque, Claudia Gauto, donde se dio respuesta a los reclamos que se plantearon.
Desde el organismo aseguraron a PRIMERA EDICIÓN que “se venía trabajando desde hace varios meses pero se dio a publicidad hoy”.
En primer lugar se determinó que “el personal que preste servicios a la Sociedad del Conocimiento SAPEM quedará comprendido en: a) contrato de trabajo por tiempo indeterminado; b) contrato de trabajo a tiempo parcial; c) Contrato a plazo fijo; d) Contrato de trabajo por temporada e) Contrato de trabajo eventual y/o de locación de servicios eventuales. Conforme a las necesidades que el servicio y desarrollo de las específicas actividades científicas, artísticas y culturales demanden para el cumplimiento del objeto societario”.
A su vez, “la remuneración del personal no podrá ser inferior al salario mínimo vital y móvil. Los aumentos y actualizaciones coincidirán en oportunidad y porcentaje a los dispuestos por el Poder Ejecutivo para la Administración Pública Provincial”.
Antigüedad, vacaciones y duración de la jornada laboral
Se estableció “un adicional mensual en concepto de antigüedad por cada año de servicio cumplido en forma ininterrumpida que consistirá en el 1% de la remuneración”.
En la resolución firmada por Gauto se dispuso que “los trabajadores gozarán de una licencia anual ordinaria remunerada, conforme la siguiente antigüedad: a) de 14 dias corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de 5 años; b) de 21 dias corridos cuando siendo la antigüedad mayor de 5 años no exceda de 10 años; c) de 28 días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de 10 años no exceda de 20 años; d) de 35 días corridos cuando la antigüedad exceda de 20 años”.
Finalmente, sobre la jornada laboral de los trabajadores, el Parque del Conocimiento determinó que “la duración del trabajo será 48 horas semanales, distribuidas conforme a las necesidades del servicio, actividades de cada sector y modalidad de contratación que se trate con los límites de la legislación vigente”.
En particular, “la jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de siete horas, entendiéndose como tal la comprendida entre las 21 horas y las 6 horas. Entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra deberá mediar una pausa no inferior a 12 horas”.
Respecto a la distribución de las horas de trabajo, indicaron que “será facultad privativa del empleador y la diagramación de los horarios, sea por el sistema de turnos fijos o bajo el sistema rotativo del trabajo por equipos, no estará sujeta a la previa autorización administrativa, pero aquél deberá darlo conocer mediante anuncios colocados en lugares visibles del establecimiento para conocimiento público de los trabajadores”.
En el trabajo por equipos o turnos rotativos “regirá lo dispuesto por la Ley N° 11.544, sea que haya sido adoptado a fin de asegurar la continuidad de la explotación, por necesidad o conveniencia económica o por razones técnicas”.