La decisión se formalizó por medio del decreto 903/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial. Se trata de la segunda medida que el Poder Ejecutivo aplicó a este sector en 48 horas: el miércoles, había dispuesto la prórroga de la exención de la contribución patronal previsional a los sectores adheridos al Repro que incluía a las empresas de Salud en “situación crítica”.
Ahora, la extensión abarca a las obras sociales, empresas de medicina privada, seguros y mutuales de salud, hospitales, servicios de emergencias y traslados, prácticas de diagnóstico y tratamiento; servicios integrados de consulta, diagnóstico y tratamiento, atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos, Servicios relacionados con la salud humana y Servicios sociales con o sin alojamiento.
Se trata de la sexta prórroga desde este beneficio desde marzo de 2020, en el inicio de la pandemia y las medidas de aislamiento.
A través del decreto, el Gobierno sostuvo que “debido al riesgo sanitario que sigue atravesando nuestro país por la pandemia de COVID-19, deviene necesario establecer que continúen vigentes hasta el 30 de junio de 2022, tanto las disposiciones del decreto N° 300/20 como las previstas en el decreto N° 34/21”.
“En la lucha contra dicha pandemia se encuentran especialmente comprometidos los establecimientos e instituciones relacionados con la salud, a los que se debe dar un marcado y fuerte apoyo”, resaltó la Casa Rosada.
En el decreto 300/20 se estableció un tratamiento diferencial a los empleadores y a las empleadoras correspondientes a las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Fuente: Agencia de Noticias NA