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Millonaria deuda de tabacalera daña la recaudación del FET

5 diciembre, 2021
Fondo cobertura de granizos y tormentas - Fondo Especial de Tabaco (FET)

BENEFICIO. Destacaron que el pago “trae alivio y respaldo a los productores tabacaleros”.

 

Pese a un mandato de la Corte Suprema, Tabacalera Sarandí sigue sin pagar los debidos impuestos. A poco más de 6 meses del fallo de la Corte, los productores de las siete provincias tabacaleras dejaron de percibir miles de millones de pesos en concepto del Fondo Especial del Tabaco (FET).

 

Misiones deja de percibir unos 100 millones de pesos al mes. La deuda con el Estado desde el 2018 a la fecha supera los 30.000 millones de pesos.

 

Hace más de seis meses, la Corte Suprema de Justicia puso fin a las medidas cautelares que les permitían a algunas tabacaleras, con Tabacalera Sarandí a la cabeza, eludir el pago del impuesto mínimo a los cigarrillos, mecanismo por el cual el Estado nacional ya dejó de percibir más de 100.000 millones de pesos desde 2016 a esta parte.

 

Tras el fallo del máximo Tribunal, de mediados de mayo de 2021, la AFIP está en condiciones de calcular la deuda exigible a la compañía tabacalera, monto que según la fiscalización del ente recaudador superaría los 30.000 millones de pesos desde el 2018.

 

El fallo de la Corte revocó una medida cautelar que beneficiaba a Tabacalera Sarandí al sostener por unanimidad, con abstención de Carlos Rosenkrantz, que la compañía no demostró un perjuicio concreto y que una norma del Poder Legislativo no puede suspenderse con una medida cautelar.

 

La carga impositiva a los cigarrillos alcanza aproximadamente el 80% del precio de venta, siendo el impuesto interno el que más pesa en la ecuación.

 

Tabacalera

 

El enojo de los tabacaleros

Más allá de la pérdida de recaudación para el Estado nacional, al no adecuar sus precios para pagar los debidos impuestos, estas tabacaleras pueden vender cigarrillos baratos, casi a un tercio del precio de sus pares, lo que alza la ira de los productores tabacaleros, que cobran el FET a partir de ingresos que se recaudan por un porcentaje del precio de venta.

 

Por el perjuicio que les genera la situación, la Federación que aglutina al sector productivo de las provincias denunció la falta de pago de estas empresas y demandó una mayor fiscalización y transparencia.

 

Según una carta remitida a AFIP por parte de la Federación Argentina de Productores de Tabaco, que lleva la firma de su presidente, Pedro Pascuttini, a más de seis meses del dictamen de la Corte, “las empresas mantienen sus listas (de precios) anteriores al fallo”.

 

Según explican los tabacaleros en el escrito, “el Impuesto Interno Mínimo actualmente tiene un valor de 118 pesos y en las listas publicadas en AFIP se pueden verificar precios de paquetes de cigarrillos a partir de 45 pesos.

 

Con esos precios no sólo no llegan a pagar el Impuesto Interno Mínimo, sino que agregando el Adicional de Emergencia (o FAS como comúnmente se lo denomina), el FET, el IVA y los Ingresos Brutos, es imposible que se fijen precios al público por debajo de los 150 pesos por paquete de 20 cigarrillos”, concluye la entidad.

 

 

Silencio “antitabaco”

El impuesto interno mínimo tiene la función de ponerle un piso al precio de los cigarrillos, por eso sorprende el silencio de las entidades antitabaco ante la falta de pago por parte de algunas empresas tabacaleras.

 

El origen de dicho impuesto se remonta al año 2004, cuando Néstor Kirchner, y su entonces jefe de Gabinete, Alberto Fernández, decretaron la creación del “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de cigarrillos”.

 

En 2008, la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto al Congreso para darle carácter de ley a la figura del impuesto mínimo, que fue aprobado mediante la Ley N°26.467.

 

Posteriormente, en 2017, la Reforma Tributaria impulsada por el gobierno de Mauricio Macri y aprobada por el Congreso (Ley 27.430) modificó la forma de cálculo del impuesto mínimo creado durante el gobierno de Cristina Kirchner. El nuevo cálculo determinaba un gravamen fijo ajustable por inflación.

 

 

A- Determinación judicial
Hace seis meses, la Corte Suprema de Justicia puso fin a las medidas cautelares que les permitían a algunas tabacaleras, con Tabacalera Sarandí a la cabeza, eludir el pago del impuesto mínimo a los cigarrillos

 

B- Denuncia
Por el perjuicio que les genera la situación, la Federación que aglutina al sector productivo de las provincias denunció la falta de pago de estas empresas y demandó una mayor fiscalización y transparencia.

 

C- Función del impuesto
El impuesto interno mínimo tiene la función de ponerle un piso al precio de los cigarrillos, por eso sorprende el silencio de las entidades antitabaco ante la falta de pago por parte de algunas empresas tabacaleras

Tags: DeudaFETTabacalera SarandíTabaco
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