
Nadie puede decir que sea un invento argentino, porque otros países también lo tienen. Pero sí puede decirse que en la Argentina se cobra más caro.
El impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias, conocido como Impuesto al Cheque, es la tercera herramienta de recaudación más importante del Estado, solo detrás del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias.
Los porcentajes que se cobran son del 0,6% por el depósito, y del 0,6% por el cobro. Es decir que cada vez que una persona física o jurídica recibe un pago por actividad comercial termina pagando 1,2% del mismo en concepto de impuesto al cheque.
Lo elevado de ese porcentaje ubica a la Argentina entre lo más altos de la región. Y abre un interrogante acerca de la verdadera intención de los gobiernos argentinos, tanto el actual como los anteriores, para incentivar la bancarización.
¿Qué hace un gobierno cuando quiere promover (o castigar) una determinada actividad? Por lo general, le suma (o le quita) algún impuesto. De ese modo, no hay peor desaliento para el uso de los medios de pago digitales y, con él, para la formalización de la economía, que gravar el dinero bancarizado, una verdadera invitación a manejarse en el mundo del “solo efectivo”.
En la Argentina, se implementó a partir de 2001 a través de la Ley de Competitividad 25.413 por el ministro de Economía Domingo Cavallo, como ministro de Economía de Fernando de la Rúa, con carácter de emergencia.
Inicialmente, el impuesto al cheque se formuló como una herramienta de recaudación transitoria debido a la ahogada situación fiscal que la Argentina atravesaba por esos años. Requiere una norma del Congreso cada año para ser renovado; desde entonces, cada gobierno, sin excepciones, dictó la norma necesaria para ello.
Su fin original fue que funcionara como un indicador que le permitiese al Estado anticiparse de fondos para luego autorizar el descuento del total abonado en los demás impuestos. Sin embargo esto nunca ocurrió.
En el intrincado esquema tributario argentino, tiene peso: según el informe de recaudación de julio, le aportó en el mes a la AFIP $67.200 millones, el 9,7% de lo percibido por la DGI, una proporción habitual en los últimos años.
“Este tipo de impuestos se aplicaron en contexto de crisis para poder aliviar la presión fiscal. No obstante, en muchos casos se continúan aplicando y en la práctica se han convertido de carácter permanente. En este sentido, La Argentina también es un ejemplo”, señaló un informe del Ieral, de la Fundación Mediterránea elaborado para los bancos privados extranjeros (nucleados en ABA) y nacionales (en Adeba).
El estudio analizó el peso de los impuestos en el crédito y las transacciones financieras, considerando que la Argentina tiene uno de los ratios préstamos/PBI más bajos del mundo.
Entre los principales atractivos que tienen los gobiernos para gravar las transacciones bancarias, según el estudio, se destacan tres: permiten recaudar mucho con alícuotas bajas; tienen un diseño simple, que hace fácil cobrarlos, y sus agentes de retención son los bancos, lo que facilita la supervisión de su cumplimiento.
En una Argentina en permanente déficit fiscal, aporta uno de cada 10 pesos recaudados.
Igualar hacia arriba
En la Argentina la alícuota del 0,6% es aplicada en todos los débitos y créditos en una cuenta corriente, sin importar el monto ni si la cuenta pertenece a una persona física o jurídica, si bien a lo largo del tiempo el impuesto fue ganando flexibilizaciones, sobre todo para quitarle carga tributaria a las pyme y monotributistas.
Tras 20 años de vida del impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias, conocido como Impuesto al Cheque, apareció en escena un nuevo actor: las fintech. Hubo una fuerte queja de los bancos, en el sentido de que las cuentas virtuales, como las de Mercado Pago o Ualá, no tenían el mismo tratamiento impositivo que las cuentas bancarias.
Este año, el Gobierno reparó esa situación igualando hacia arriba: gravó con el impuesto al cheque a las personas jurídicas cuando usan cuentas virtuales, del mismo modo que si fueran bancarias. A la vez, dispuso un alivio: eximió a los monotributistas del gravamen.
El informe destaca otras normas de aplicación: “Cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo, bajo cualquier forma, los débitos efectuados en las cuentas bancarias estarán sujetos al doble de la tasa vigente para cada caso (1,2%), quedando excluidas las cuentas cuyos titulares sean personas humanas o personas jurídicas que acrediten la condición de micro y pequeñas empresas” .
Asimismo, las empresas pueden computar el 33% de lo pagado como pago a cuenta del impuesto a las Ganancias, un beneficio que se extiende al 100% para las pequeñas empresas.
Salvo a México, la Argentina supera a todos los países
El estudio de Ieral comparó la implementación de tributos similares en América Latina. Entre los países que cobran el impuesto, el único que tiene una alícuota superior a la Argentina es México, que cobra un 3% pero con dos diferencias esenciales: lo hace únicamente para los depósitos en efectivo, lo que premia a quienes pagan por vía electrónica, y además tiene un mínimo no imponible, ya que se paga sobre los depósitos excedentes a $15.000 mexicanos (USD 756). En otros países, la alícuota es menor:
– Colombia aplica este impuesto “con una alícuota del 0,4% sobre transacciones financieras y no es posible deducirlo del impuesto a las ganancias. Se inició en 1998 como una medida temporal en el marco de la declaración del estado de emergencia económica y social, aunque continúa vigente en la actualidad”.
– Bolivia grava con una alícuota del 0,3% desde 2004 a las transacciones bancarias (depósito o transferencia de fondos).
– Perú tiene la alícuota más pequeña de la región entre los que aplican este tipo de impuesto, de solo el 0,005%: “Recae sobre todos los débitos y/o créditos de las cuentas bancarias de los contribuyentes. Rige como medida de emergencia desde 1989″.
– Otros países como Brasil y Ecuador no aplican ningún impuesto sobre las transacciones financieras pero sí lo hicieron en el pasado. Brasil aplicó con una alícuota del 0,38% “para determinadas operaciones financieras como préstamos, operaciones de cambio de divisas, seguros y valores, así como operaciones que utilizan al oro como activo financiero e instrumentos de cambio de divisas”. En 2007, durante el gobierno de Lula da Silva, el impuesto fue eliminado.
Fuente: infobae.com