“Vengo a recomendar que existen motivos suficientes para que se ordene el inmediato oficio de liberación”, resaltó un abogado miembro de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de la Cámara de Representantes de la Provincia en su escrito presentado en febrero pasado al Tribunal Penal 1 de la Primera Circunscripción Judicial para beneficiar a un hombre de 49 años que en junio de 2020 fue condenado a tres años de prisión efectiva por haber abusado sexualmente de varios de sus alumnos menores de edad a los que les enseñaba artes marciales.
De acuerdo a los datos exclusivos que recabó PRIMERA EDICIÓN, el martes 9 de junio del año pasado, los camaristas Eduardo D’Orsaneo, Carlos Jorge Giménez y Gregorio Augusto Busse (los dos últimos en condición de subrogantes) resolvieron condenar al encartado como autor penalmente responsable de los delitos “abuso sexual sin acceso carnal y corrupción de menores en concurso ideal” (artículos 118 y 125 del Código Penal Argentino) a la pena de tres años de prisión de cumplimiento y costas.
La condena actualmente está en ejecución y el proceso de evolución y resocialización del condenado por los delitos contra la integridad sexual no entró etapa de vencimientos e informes pertinentes.
Según las fuentes consultadas por este Diario, el pedido del abogado (40) integrante de la CPPT fue presentado el miércoles 10 de febrero de este año ante el presidente del Tribunal Penal 1, Ángel Dejesús Cardozo y trascendió los pasillos de las dependencias de calle La Rioja 1561 como una “inédita recomendación”, “insólita y apresurada” que cayó mal entre los referentes del fuero penal de la capital misionera.
El abogado solicitó en base a una reunión previa con tres hermanos del interno alojado en la Unidad Penal 2 “Oberá” del Servicio Penitenciario Provincial, que se encontraría a pocos meses de cumplirse el plazo de ejecución de pena, dos terceras partes, por lo que le correspondería “de inmediato” el beneficio de ingresar al régimen de libertad condicional.
Las altos funcionarios judiciales consultados por este medio se manifestaron sorprendidos y no pocos alarmados por la presentación, más aún cuando el proceso de resocialización del SPP no remitió conclusiones respecto a la salud mental del encartado, y menos aún su análisis de conducta general dentro del presidio que lo aloja.
“La condena no está cumplimentada y es el Tribunal el que tiene la facultad y obligación de ejecución de la condena, una recomendación como la que realizó la CPPT es peligrosa como antecedente y poco amigable como referencia hacia la relación de poderes”, señaló una voz calificada de la Justicia misionera.
49
años es la edad del condenado el 9 de junio de 2020 a tres años de prisión efectiva por abusar sexualmente de varios alumnos.