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Revocaron el habeas corpus y ordenaron su retorno a prisión

12 marzo, 2021

 

Ovando salió en libertad el 23 de febrero

 

Nuevamente la situación judicial de María Ramona Ovando (46) en la discusión y polémica. De acuerdo a fuentes confiables y consultadas por PRIMERA EDICIÓN, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia revocó el recurso de habeas corpus que liberó a la misionera condenada el 28 de octubre de 2020 por el Tribunal Penal de Eldorado a la pena de 18 años de prisión por el abuso sexual de dos de sus hijas menores de edad.

De acuerdo a la decisión de la Sala 1 de la Cámara, Ovando debería retornar a la Unidad Penal V del Servicio Penitenciario Provincial en Posadas, ya que parcialmente hizo lugar al planteo recusatorio realizado por la fiscal del Juzgado Correccional y de Menores 2, María Laura Álvarez, ante la decisión del lunes 22 de febrero último firmada por el juez César Raúl Jiménez, que le concedió la libertad morigerada tras aceptar el habeas corpus colectivo presentado por los abogados Eduardo Paredes, Roxana Rivas y la integrante de Madres de Plaza de Mayo, Nora Cortiñas.

Apelaciones aceptó que por la ley de habeas corpus (ver encuadre legal) Jiménez tiene competencia para analizar el recurso, lo que no habría admitido es que el pedido debió hacerlo ante el STJ de Misiones.

De acuerdo a las mismas voces en contacto con este Diario, la decisión de Apelaciones apunta a que la excarcelación de Ovando debió solicitarse en Casación ante el Superior Tribunal de Justicia ya que tal planteo tras la condena del Tribunal Penal de Eldorado fue rechazado por los camaristas que juzgaron a la encartada.

Los abogados de Ovando sostienen que la condena no está firme porque fue apelada oportunamente y por consiguiente debería continuar en libertad, porque durante todo el proceso estuvo a derecho, no se profugó y manifestó conforme arraigo y concurrió a cada citación pertinente.

 

Pocos días, mucho movimiento

El viernes 4 de diciembre del año pasado fue presentado el habeas corpus pero este fue rechazado por la jueza de Menores 1, Marcela Leiva, decisión que la Cámara de Apelaciones anuló durante los primeros días de febrero y por inhibición de Leiva, recayó en el juez Jiménez quien realizó la audiencia de visu respectiva con la detenida, María Ovando, y con los letrados defensores, para que expongan los motivos del pedido de liberación.

Principalmente, detallaran las lesiones a los derechos de Ovando, como el principio de inocencia vulnerado al no estar firme su condena. Como también lo adelantó PRIMERA EDICIÓN, la posibilidad de que Ovando fuera excarcelada o se ordenara su prisión con restricciones, en este caso bajo caución y sin salir de su domicilio sin autorización judicial, saldría bajo los argumentos que imponen los tratados internacionales de derecho, la Constitución Nacional y la jurisprudencia al respecto.

En la resolución de 17 carillas del juez se destacó “que lo que estamos discutiendo aquí no es la instancia o circunstancias de ejecución de una pena – la que bien puede ser revertida por un nuevo pronunciamiento judicial – sino la eventual razonabilidad o arbitrariedad de la privación de la libertad de María Ovando mediante un instituto cautelar como es la prisión preventiva (…) Hablamos del encarcelamiento de un ser humano que no fue condenado de manera firme, o sea que ni siquiera sabemos si luego de la revisión y nuevo pronunciamiento deberá cumplir pena alguna”.

También remarcó que “uno de los principios básicos que rige el proceso penal es aquel por el cual toda persona se reputa inocente, hasta tanto una sentencia firme declare su culpabilidad. Surge expresamente del artículo 18 de la Constitución Nacional y en palabras de Julio Maier, “la ley fundamental impide que se trate como si fuera culpable a la persona a quien se le atribuye un hecho punible hasta tanto el Estado no pronuncie la sentencia penal firme que declare su culpabilidad y la someta a una pena”.

 

“Los tribunales deben ser y parecer”

Eduardo Paredes, penalista y docente universitario, integra el cuerpo de abogados que patrocinan los derechos de María Ramona Ovando. Ayer en diálogo con PRIMERA EDICIÓN resaltó su oposición a la trascendida decisión de la Cámara de Apelaciones de revocar la excarcelación. “No se puede informar un fallo sin notificar a las partes primero, sería preopinar, prejuzgar por parte de los jueces y eso viola el estado de derecho, los acuerdos constitucionales, la doctrina de la Convención Interamericana de Derechos Humanos”.

“Por ello recusamos, hasta anoche porque no se habían notificado ninguna de las partes del fallo” que indicaría que Ovando retorne a la UP-V de Posadas. Y por tal motivo para Paredes “con la recusación que presentamos hoy (por ayer) debería correrse el análisis a la Sala 2 de la Cámara (…) El efecto por ende es suspensivo, no puede notificarse mañana a las apuradas y ejecutarse lo que ya conforma un prejuzgamiento. Tienen que correr vista a la otra sala”.

También opinó que el “recurso de revisión del habeas corpus no puede ser negado porque apunta contra todo acto arbitrario y la Argentina ya fue sancionada por no respetar esta doctrina que desde 1994 avala con su reforma constitucional”.

 

Encuadre legal

Ley 23.098. De acuerdo a la ley de habeas corpus, vigente en Argentina desde 1984, “corresponderá el procedimiento cuando se denuncie un acto u omisión de autoridad pública que implique (…) Limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente y agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación”.

Auto de habeas corpus: “Cuando se tratare de la privación de la libertad de una persona, formulada la denuncia el juez ordenará inmediatamente que la autoridad requerida presente ante él al detenido con un informe circunstanciado del motivo que funda la medida, la forma y condiciones en que se cumple (…) La autoridad requerida cumplirá la orden de inmediato o en el plazo que el juez determine de acuerdo con las circunstancias del caso. Contra la decisión podrá interponerse recurso de apelación para ante la Cámara en plazo de 24 horas…”

Tags: #JudicialesHabeas corpusMaría Ovando
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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