Un changarín de 45 años irá al banquillo de los acusados a partir del próximo martes 16 de noviembre en el Tribunal Penal 1 de Eldorado imputado por “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, abuso sexual gravemente ultrajante también grado de tentativa y abuso sexual con acceso carnal reiterado”, con una sola víctima: su hija y desde que era una niña de 6 años.
La serie de abusos habría comenzado en 2012 cuando el encartado y la presunta víctima residían en Puerto Rico. La víctima, en ese entonces de 6 años, habría sufrido varios intentos de ultraje en los que el padre no llegó a penetrarla pero si manoseó sus genitales.
Fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN indicaron que los abusos se reiteraron dos años después cuando la familia completa se trasladó a Eldorado (2014). En ese momento la niña nunca tuvo la oportunidad de contar lo sucedido ya que habría sido amenazada de muerte por el presunto abusador.
Cuando la joven cumplió los 13 años, y supuestamente después de que la misma confesara en el seno familiar que tuvo su primera experiencia sexual con un adolescente, fue el detonante para que el padre la “castigara” y en la primera ausencia de su madre, la redujo, volvió a amenazar y la violó despiadadamente.
Siempre de acuerdo a las pruebas, evidencias y testimoniales obrantes en el expediente, la menor sufrió varios accesos posteriores por parte de su padre entre los 13 y 14 años y siempre por miedo a que le hiciera daño a su madre o a ella, guardaba silencio y no daba indicios de su sometimiento sexual.
Se quebró hace dos años
Recién en 2018 la adolescente rompió el silencio y se animó a denunciar los abusos con nombre y apellido. Cara a cara ante su madre confesó el tormento que sufrió desde la niñez.
Y fue menos de un año después, que el sujeto fue aprehendido y permanece con prisión preventiva en la Unidad Penal III de Eldorado.
Ahora será juzgado por los hechos antes mencionados y en caso de ser hallado culpable podría afrontar una condena de hasta 20 años de prisión, por reiterado y por el agravante del vínculo.
Encuadre legal
Artículo 119
De acuerdo al Código Penal Argentino “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
“La pena será de ocho a veinte años de prisión si resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima o el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda”.