Fueron tres las comunidades de Misiones que recibieron la carpeta técnica de reconocimiento de posesión territorial ancestral: Kapií Yvaté, Paraje Mandarina y Yabotí Mirí, las cuales están ubicadas entre San Pedro y El Soberbio.
El acto de entrega se realizó en la Municipalidad de El Soberbio con la participación de autoridades provinciales, referentes del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y representantes de los pueblos mbya guaraní.
Sin embargo, desde el Equipo Misionero de la Pastoral Aborigen (EMiPA) denunciaron que las autoridades no garantizaron la presencia del Mburuvichá de Yabotí Mirí, Catalino Medina, quien debió trasladarse con ayuda de los jóvenes de la aldea y representantes del INAI.
La Pastoral Aborigen insiste en que esto no se debió a un simple error, sino que sucedió luego de las denuncias de “apeo ilegal en la zona de la Biósfera Yabotí”.
Al respecto, Francisco Medina, hijo del cacique de Yabotí Mirí, aclaró en comunicación con PRIMERA EDICIÓN que “hubo que organizarse para el traslado y recibir la carpeta técnica”.
En cuanto a lo sucedido con su padre, contó que “no es que no se lo invitó sino que no fueron a buscarlo. De ese tema se tenía que encargar el móvil de la Municipalidad pero nunca llegó. A pesar de eso nosotros logramos conseguir que llegue hasta la entrega gracias al equipo del INAI y la comunidad en general”.
En tanto, agregó que esta falta de organización para estar presente en el acto “es muy preocupante y es algo que no debió pasar porque no es que no se podía atravesar el camino, como pasa cuando hay lluvias, sino que directamente nunca fueron a buscar al cacique”.
Más allá de esta situación, consideró que el recibir la carpeta técnica “es un logro importante. Consideramos que las comunidades están desde siempre en estos territorios de Misiones y merecen recibir este reconocimiento”.
Las carpetas técnicas
Desde el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) aclaran que la Carpeta Técnica es una herramienta que, en conjunto con otros elementos y con una futura Ley de Propiedad Comunitaria, posibilitaría encaminar la regularización de las tierras.
Como trámite administrativo en toda Argentina, la entrega de las carpetas técnicas a los pueblos originarios se realiza luego del relevamiento territorial en base a la Ley 26.160 que establece la “Emergencia Territorial y Catastral de las Comunidades Indígenas”.
A través de la reforma del año 1994 se les reconoce la posesión y la propiedad comunitaria indígena.
Más allá de no ser un título de propiedad propiamente dicho, es un paso previo a esto y tiene prácticamente el mismo valor para las leyes del país. En este sentido, entra el juego el reconocimiento a un derecho a la propiedad que es ancestral y previo a la Constitución Nacional.
Al respecto, desde el Ministerio de Derechos Humanos de Misiones compartieron en un comunicado que estas acciones se realizan “en pos de avanzar a la definitiva reparación histórica de los pueblos originarios”.
El relevamiento en los pueblos
El Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (Re.Te.C.I.) fue creado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el año 2007, con participación de los representantes del Consejo de Participación Indígena (formado por dos representantes de cada pueblo originario de cada una de las provincias). Mediante esta medida se relevan las comunidades indígenas del país y se recorren las tierras ocupadas de forma actual, tradicional y pública.
La ejecución del programa en las comunidades que acrediten una ocupación con las características determinadas por la Ley 26.160, es un primer paso en el reconocimiento del Estado Federal sobre la ocupación que realizan las comunidades indígenas del país en las tierras de manera actual, tradicional y pública.