Transcurrieron seis meses y medio del femicidio de Lorena Fabiola Barreto (32) en el barrio Itatí de Puerto Libertad y el único imputado por el hecho está a un paso del juicio oral y público.
El juez de Instrucción 3, Martín Brites, elevó la causa al Tribunal Penal 1 de Eldorado bajo la calificación de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y ser cometido con violencia de género”, hecho que prevé en el caso de una condena, la prisión perpetua.
El sábado 21 de marzo de este año alrededor de las 21.15, Lorena Fabiola Barreto fue asesinada de un puntazo en el pecho y esa herida en el hemitórax izquierdo le atravesó el ventrículo y corazón provocándole un shock hipovolémico a los pocos minutos. Su concubino, Roberto Rivero Medina (75) aguardó la llegada de la policía sentado en un sillón dentro la vivienda ubicada en la calle Tucumán del barrio Itatí de Puerto Libertad y prácticamente aceptó que fue el homicida.
Uno de los hijos de la pareja, de 16 años, dijo que sus padres discutieron como lo hacían casi todos los días y cuando su madre estaba recostada en el sofá-cama en la sala del inmueble, el hombre le asestó una certera puñalada en el pecho. La mujer caminó unos metros para pedir ayuda pero se desplomó en la vereda y pese al auxilio de vecinos y la rápida llegada de la ambulancia, llegó al hospital sin signos vitales.
Esa misma noche el hombre fue detenido y el 19 de mayo, el magistrado encargado de la investigación le dictó la prisión preventiva por “homicidio doblemente agravado por el vínculo y ser cometido con violencia de género”, calificación con la cual el sospechoso llegará al banquillo de los acusados.
La causa fue tramitada por el fiscal de Instrucción 3 de Puerto Iguazú, Horacio Paniagua quien el pasado 21 de septiembre realizó el requerimiento de elevación a juicio por considerar que en el expediente existen los suficientes elementos acusatorios.
La defensa del acusado no se opuso y de esta manera, en las últimas horas, Brites elevó la causa para el debate oral, que se realizará en el Tribunal Penal 1 de Eldorado.
El 25 de junio, el abogado defensor del detenido, tramitó el pedido de prisión domicilia por considerar que el hombre de 75 años, de oficio albañil y de nacionalidad paraguaya, se encontraba dentro del grupo de riesgo por la pandemia de COVID-19.
El mismo magistrado que elevó la causa a juicio entendió en ese momento que existían riesgos procesales como una posible fuga del hombre por tener familiares en Paraguay y que nunca acreditó con claridad el domicilio en donde seguiría cumpliendo la prisión preventiva.
Del hecho, pasaron exactamente 202 días y en principio, el debate sería durante el primer semestre del 2021 aunque la fecha exacta será fijada por el tribunal mencionado.
La pareja convivía con dos hijos (16 y 10) y anteriormente había estado envuelta en hechos de violencia ya que en el 2019, la mujer solicitó un orden de restricción para el hombre pero tras cumplimentar los seis meses de plazo, decidieron regresar para estar juntos aunque según vecinos y los propios hijos, los problemas y discusiones siguieron provocando hechos violentos.
Encuadre legal
La figura de “femicidio” encuadra en el artículo 80 del Código Penal Argentino dentro de los siguientes artículos:
Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:
1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
Artículo 2°.
11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.