“En caso de obras que demanden la ejecución de gran cantidad de personal se deberá establecer un mínimo de tres turnos para llevar a cabo las mismas”, señalaron.
Además, detallaron que se permitirá un trabajador por cada 16m2 de la construcción, cumpliendo con las normas de seguridad e higiene y manteniendo dicha distancia estipulada.
Para la circulación del personal, el propietario de la empresa y/o propietario particular deberá contar con la autorización de la autoridad competente.
La autorización constará de la ubicación de la obra y los horarios de trabajo. Cada trabajador deberá trasladarse al lugar de trabajo por sus propios medios, no podrá utilizar ningún medio de transporte público.
Sobre aquellos empleados que no tengan un medio propio para trasladarse, la empresa será la encargada del traslado, desde su domicilio al lugar de obra y viceversa.
La empresa y/o propietario de la obra deberá garantizar a cada trabajador los elementos de seguridad e higiene personal, y proveer de barbijos y alcohol en gel, debiendo realizar el control de temperatura corporal (a través del insumo certificado por el Ministerio de Salud Pública) al ingreso de cada empleado, en forma diaria, y asentando el registro en un legajo que deberá resguardarse en sede de la empresa y/o lugar de obra.
Cada trabajador deberá contar con un refrigerio que deberá llevarse a cabo en el obrador, manteniendo una distancia de 2m entre cada uno.
En caso de incumplimiento a dichas pautas, en obras privadas se impondrá una multa equivalente a un día del jornal de todos los trabajadores que estén afectados a dicha obra.
En caso de tratarse de obras públicas la multa será el equivalente a tres veces el jornal de todos los empleados que estén en dicha obra.