El Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió ayer la Comunicación “A” 6958 por la cual ordenó la reapertura de bancos para la atención al público en general.
Para ello, estableció el otorgamiento de turnos previos, a fin de evitar una nueva concentración de personas como ocurrió con los jubilados y pensionados el pasado viernes. En caso de una alta demanda, el BCRA autorizó que la atención se extienda dos horas más del horario habitual.
La norma aplicará también a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, así como los proveedores de servicios no financieros de crédito inscriptos la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
No se habilitó expresamente el funcionamiento de las casas de cambio que continuarán operando de manera remota.
El día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma: el lunes los terminados en 0 y 1; martes en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9.
Las personas a ser atendidas deberán haber solicitado desde mañana, miércoles 8, un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (correo electrónico y/o call center), a fin de evitar la movilización de los clientes.
Según la normativa, las entidades deberán entregar a los inscriptos en los turnos, por vía electrónica, un comprobante día y horario acordado, indicando identificación (nombre completo y número DNI/CUIT), la ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse, el que servirá de permiso de circulación entre su domicilio y esa casa operativa, en caso de ser requerido en un control policial.
“Deberán disponer en sus páginas web en forma clara y sencilla la posibilidad de obtener el citado turno y las operaciones que se pueden efectuar, aclarando que no incluye operaciones por ventanilla”, consignó el Central.
“Estos clientes sólo podrán presentarse -en el día y casa operativa indicados- munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera”, indicó la Comunicación oficial
La atención a beneficiarios de haberes previsionales y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de provincias, será conforme al cronograma que la ANSeS o el ente administrador establezca, “no siendo necesaria la obtención de turno alguno”.
Finalmente, el directorio del Banco Central solicitó “continuar sujetándose a un estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de los clientes y trabajadores bancarios y no bancarios, garantizando la provisión a los trabajadores de todo elemento sanitario y de limpieza para poder desarrollar su tarea y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas por la autoridad sanitaria”.