En una medida publicada este jueves en el Diario Oficial de la Unión, el Gobierno establece la “restricción excepcional y temporal” de la entrada en el país de los extranjeros procedentes de Argentina, Bolivia, Colombia, Guayana Francesa, Guyana, Paraguay, Perú y Surinam.
La medida tendrá un plazo de 15 días y afecta a los extranjeros que pretendan ingresar en territorio brasileño por carreteras o medios terrestres.
La decisión fue tomada conjuntamente por los Ministerios de Defensa, Justicia y por la Casa Civil de la Presidencia de la República.
La norma fue lanzada después de reunión del comité de crisis creado por el Gobierno para abordar el impacto de avance del nuevo coronavirus en el país.
Según la misma, la medida no se aplicará a los brasileños, nacidos en territorio nacional y naturalizados. Además los extranjeros en las siguientes condiciones tampoco serán afectados: inmigrantes con permiso de residencia previa permanentemente en territorio brasileño, profesional extranjero en misión de servicio de un organismo internacional, siempre que esté debidamente identificado, y funcionario extranjero acreditado ante el gobierno brasileño, en caso de miembros del cuerpo diplomático de otros países, por ejemplo.
La ordenanza aclara además que la restricción no impedirá “tráfico libre de transporte de carga por carretera, ni la ejecución de acciones humanitarias transacciones transfronterizas previamente autorizadas por autoridades locales de salud; así como el tráfico de los residentes de la ciudad gemelos con línea fronteriza exclusivamente terrestre”.
En caso de incumplimiento, la ordenanza establece como castigos para responsabilidad civil, administrativa y penal y deportación inmediata,
más la descalificación de las solicitudes de asilo.
Fuente: Medios Digitales